El plazo de solicitud para las ayudas al alquiler de vivienda generales y para jóvenes permanece abierto hasta el próximo 30 de noviembre.
La convocatoria para 2021 de las ayudas al alquiler de vivienda en La Rioja es de un importe total de 3.412.000 euros, de los que 1.812.000 corresponde al programa de ayudas al alquiler de vivienda habitual y permanente para los jóvenes y 1.600.000 al programa general de ayuda al alquiler de vivienda. Ambos programas están cofinanciados por el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.
Las ayudas, según destaca el Gobierno regional en una nota, “fomentan el alquiler a precios asequibles para facilitar el acceso a la vivienda de las familias con menos recursos y que, por lo tanto, tienen más dificultades para acceder a una vivienda a precios de mercado. Asimismo, tienen como objetivo ayudar a la emancipación de los jóvenes”.
Las solicitudes están disponibles en Logroño en la Dirección General de Política Territorial, Urbanismo y Vivienda (C/ Marqués de Murrieta, 76), en el Servicio de Atención al Ciudadano (C/Beti Jai, 1) y en la sede electrónica del Gobierno de La Rioja en la Oficina Virtual en el apartado de Vivienda (https://www.larioja.org/larioja-client/cm/oficina-electronica?web=000&area=VIVIENDA).
La presentación de la solicitud, junto con la documentación requerida, se realiza telemáticamente a través de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja en el apartado de Oficina Electrónica o en la Dirección General de Política Territorial, Urbanismo y Vivienda.
Las ayudas se abonan cada dos meses por el importe concedido, previa justificación del pago del alquiler de las mensualidades correspondientes. Las ayudas se percibirán con efecto desde el 1 de enero de 2021.
Tienen como potenciales beneficiarios a todos los grupos que necesiten la ayuda, sobre la base del criterio universal y objetivo de la renta. Son, además, colectivos preferentes dependientes, afectados por desahucios, víctimas de violencia de género, perceptores de prestaciones sociales por riesgo de exclusión social, mujeres embarazadas en situación de desprotección y/o riesgo de exclusión social y personas procedentes de infraviviendas.
Las ayudas se calculan en función de los ingresos de la unidad de convivencia y se subvenciona una proporción del alquiler. La vivienda objeto del contrato de arrendamiento debe serlo por una renta igual o inferior a 475 euros mensuales y el esfuerzo económico de la unidad de convivencia para el pago del alquiler debe suponer destinar más del 25 por ciento de sus ingresos a tal fin.
A los beneficiarios se concede una ayuda de hasta el 40 por ciento de la renta anual que deban satisfacer por el alquiler de su vivienda habitual y permanente con un máximo de 2.280 euros anuales por vivienda. En el supuesto de beneficiarios que en la fecha de solicitud de la ayuda tengan más de 65 años de edad, esta ayuda podrá ser de hasta el 50 por ciento de la renta mensual que deban satisfacer por el alquiler de su vivienda habitual y permanente, con un máximo de 2.850 euros anuales por vivienda.
En el programa de ayudas a jóvenes para el alquiler de vivienda habitual y permanente, se concede a los beneficiarios una ayuda de hasta el 50 por ciento de la renta mensual que deban satisfacer por el alquiler de su vivienda habitual y permanente con un máximo de 2.850 euros anuales por vivienda.