El portavoz del CSI-CSIF, Francisco Gallardo, ha anunciado el inicio de una campaña “pionera” en España sobre la jubilación parcial para funcionarios y estatutarios, a pesar de la “desaprobación verbal” inicial del INSS y de la Administración.
Indica que “estamos pidiendo la equiparación con los empleados públicos sujetos al régimen laboral y con el resto de trabajadores laborales de la empresa privada”.
Para ello han presentado las primeras 10 solicitudes de jubilación parcial para funcionarios y estatutarios de todas las administraciones públicas de La Rioja. Además, señaló que tienen “en la mesa” para iniciar la tramitación otras 20 y esperan que en los próximas semanas llegar a la centena, y en los próximos meses a las 500.
Recordó que desde el año 1984 que se reguló la jubilación parcial para los laborales, los funcionarios y estatutarios “hemos venido reclamando la equiparación”.
Al fin, después de casi 25 años, tanto el Estatuto Marco de Personal Sanitario en el 2003, como el EBEP en el 2007 reconocieron la jubilación parcial y anticipada de los funcionarios y estatutarios. Para ello, el artículo 47 del EBEP posibilitó la jornada parcial para los funcionarios y el 67 reconocía la jubilación parcial. No obstante el propio EBEP instaba a que el Gobierno Central presentara un proyecto de Ley que desarrollara los distintos regímenes de jubilaciones para los funcionarios.
El Gobierno Central, indicó Gallardo, “ha incumplido” tanto con el mandato del Parlamento en el EBEP (abril del 2007), como con las propias organizaciones sindicales en el Acuerdo firmado en mayo del 2007, ya que “no ha presentado el proyecto de ley”.
En cambio, “en vez de presentar el mencionado proyecto de ley, presentó otro a finales de diciembre, que ha endurecido las condiciones para todos los trabajadores que ha culminado con la publicación de la Ley 40/2007, de diciembre de modificación de la Ley General de Seguridad Social”.
MOVILIZACIONES
Ambos incumplimientos han llevado a que desde finales del 2007, CSIF y las organizaciones sindicales mayoritarias iniciasen manifestaciones, recogida de miles de firmas y denuncias públicas en todos los puntos de España.
Pero, paralelamente varios estatutarios y funcionarios lo fueron solicitando y “cuando se les denegaba lo impugnaron en los tribunales”. “Sorprendentemente para propios y extraños la mayoría de las sentencias tanto en primera como en segunda instancia les han estimado el derecho a la jubilación parcial”, apuntó Gallardo.
Actualmente, dijo que tienen más de 50 estatutarios y funcionarios que la están disfrutando en varios puntos de España: Andalucía, Castilla y León, Madrid, Baleares y Canarias.
En los fundamentos de derecho de la sentencia se destaca que una vez que el Estatuto Básico del Empleado Público ha entrado en vigor, “resulta de total e inmediata aplicación” y que basta la solicitud del funcionario y que reúna los requisitos y condiciones establecidos en el Régimen de la Seguridad Social que le es aplicable.
Además, asegura la resolución judicial, “la obligatoriedad de la norma, no está condicionada a desarrollo reglamentario alguno, debe ser cumplida por la Administración, que ha de disponer lo necesario para el reconocimiento y efectividad del derecho del recurrente a la jubilación parcial que tiene solicitada”.