De este modo, de manera definitiva, ninguna de estas dos formaciones participará en los comicios autonómicos del próximo 1 de marzo, cuya campaña electoral se iniciará a partir de las 00.00, justo el momento el que expiraba el plazo para decidir esta cuestión. Se trata de la primera vez que la izquierda radical abertzale no estará presente en unas elecciones en el País Vasco.
En referencia a Askatasuna, el TC deniega el amparo solicitado por esta formación. En relación a D3M, el alto tribunal en la primera de sus dos sentencias notificadas -de 51 folios- considera acreditada “la efectiva voluntad” de esta formación “de defraudar pronunciamientos judiciales firmes mediante la instrumentalización de determinadas candidaturas electorales al servicio de partidos políticos ilegalizados”.
El TC ha rechazado las demandas de amparo presentadas por ambos partidos contra los argumentos defendidos por el Tribunal Supremo que, en relación con D3M defendió, “sin sombra alguna de duda”, que el proyecto de esta agrupación electoral ha sido “dirigido, preparado, organizado, dinamizado, controlado y animado por Batasuna”.
Por su parte, en relación con Askatasuna, la Sala del 61 del Tribunal Supremo fundamentó su anulación de candidaturas en las “intensas relaciones” con ETA-Batasuna de 9 de los 12 promotores del partido. Los magistrados estimaron además como pruebas esenciales la identidad entre los estatutos de este partido y los de los ilegalizados EH y Batasuna para concluir que este partido es un mero “eslabón más en la cadena de entidades que ETA-Batasuna viene utilizando”.