El CERMI reclama que no se pueda ir montado en patinete eléctrico en las zonas peatonales

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El Comité de Entidades Representantes de Personas con Discapacidad de La Rioja (CERMI-La Rioja) ha valorado este lunes la Ordenanza de Vehículos de Movilidad Personal (VMP) que presentó el Ayuntamiento de Logroño hace días y que se prevé entre en vigor tras ser aprobada por el Pleno en el mes de febrero. Una Ordenanza que, de acuerdo con la prohibición a nivel estatal, saca de las aceras a los patinetes eléctricos.

El CERMI considera que “la prohibición de circular por las aceras” para los patinetes eléctricos “es un acierto”. Pero ha querido matizar el texto de la ordenanza, concretamente donde establece que “en zonas peatonales como bulevares, paseos, parques, calles peatonales o de preferencia peatonal el desplazamiento ha de ser a paso de peatón”. Para el CERMI, “que en zonas peatonales puedan circular a paso de peatón no es realista. Este tipo de vehículos no están diseñados para circular a una velocidad entre 3 y 4,5 km/h (paso normal de peatón) por lo que no va a cumplirse. Si la ordenanza establece esa velocidad, entendemos que el usuario de este tipo de vehículos debería bajarse del mismo e ir andando con él por las zonas peatonales”.

Asimismo, destacan que el carril bici sí es el lugar adecuado para deslazarse de este tipo de vehículos”.

En lo relativo a que cuando “los vehículos VPM que circulen de noche o en situaciones de escasa visibilidad deberán disponer de algún tipo de alumbrado y prendas o elementos reflectantes que permitan ser visto por el resto de los conductores”, que establece la Ordenanza, el CERMI ha querido puntualizar un “olvido” por parte del Consistorio: Sería preciso que los VMP emitieran algún tipo de señal acústica para ser oídos por personas con discapacidad visual”.

Finalmente, el CERMI alude nuevamente al texto de la ordenanza cuando establece que “solo regula a los VMP de una plaza que circulan entre 6 y 25 km/h” y recalca queesto contradice lo que el futuro reglamento indica sobre el paso del peatón, ya que establece la velocidad mínima en 6 km/h, velocidad superior a la de un peatón a paso normal”.

Sobre aquellos comportamientos indebidos y que son objeto de denuncia según el reglamento estatal o la Instrucción 2019/S-149 TV-108, el CERMI-La Rioja está “totalmente de acuerdo”, aunque matiza que será necesario un compromiso serio por parte del Ayuntamiento de Logroño por hacer cumplir la normativa y en caso contrario sancionar a aquellas personas que la infrinjan”.

“Está en juego la integridad física de los viandantes y la libertad de movimiento, derechos consagrados en la Declaración de los Derechos Humanos y en la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad”, concluye.