El jurado ha declarado culpable a Óscar Pastor por el asesinato de Javier Ovejas en Entrena y tenencia ilícita de armas. Ha considerado al acusado culpable de haber ocasionado la muerte de Ovejas, de quien no se ha hallado el cadáver, por sorpresa y usando armas de fuego para las que no tenía licencia.
Es el dictamen del jurado que ha permanecido aislado desde el martes hasta alcanzar este veredicto, que se ha hecho público pasadas las 18.30 horas de este jueves.
Ha habido unanimidad por parte de los nueve miembros del tribunal popular en todos los puntos por lo que declaran al acusado culpable. La portavoz ha dado lectura el criterio del jurado que, además, incluye que no procede suspensión de la condena y no se incluya en la sentencia la posibilidad de que el acusado sea indultado.
La pena deberá ser impuesta ahora por el juez que, una vez conocido el veredicto del jurado, será quien dicte sentencia.
El veredicto
El jurado considera como un “elemento de convicción” que, en la tarde del 29 de julio O.P estaba “convencido” de que J.O le había sustraído, junto con su novia, parte de su colección de monedas. “Estando dolido”, añade, convocó a J.O para que fuera a su domicilio en Entrena para que le pagara, al menos, parte de una deuda, sin hablarle de las monedas.
El jurado, por unanimidad de sus miembros, ve probado que estaba convencido del robo y que causó, intencionadamente, la muerte de J.O mediante armas de fuego en el callejón tras el acceso por el portón de la asa de O.P.
Considera probado que O.P cogió su vehículo y fue a casa del acusado; dejó a su perro en el vehículo con la ventana ligeramente abierta y
entró voluntariamente en casa del acusado entre las 21:30 y 22:00 horas.
En ese periodo el jurado cree que está probado que O.P le estaba esperando y causó intencionalmente su muerte con armas de fuego. Para ello, se apoya en uno de los testigos que oyó un golpe y cómo alguien
metió algo en una furgoneta, y que el último grito fue desgarrador, asegurando que el sonido de los disparos le era “familiar” por el barrio en el que se había criado.
Otro testigo habló de petardos, un ruido más suave que un arma de caza, y ladridos de perros. Otra testigo escuchó llamar a la Guardia Civil. Se unen las pruebas periciales, con una reconstrucción
gráfica con la testificación de los testigos y que demuestran que es plausible la declaración de los testigos.
Además, se aportan manchas de sangre en la rampa y adn del perfil genético de J.O y una mancha de aceite que parece vertida junto a las manchas de sangre.
El jurado, por unanimidad, ve probado que ocasionó la muerte por sorpresa, puesto que lo había preparado y se aprovechó de la ventaja del arma de fuego, sin que J.O hubiera previsto lo que iba ocurrir.
Cree que resulta probado que preparó los hechos porque desde el 14 de julio estuvo recabando datos para corroborar la sustracción de las monedas. Ve como prueba de que preparó los hechos la breve franja horaria en la que se cometieron.
Por último, considerado probado que se deshizo del cuerpo y de los medios usados en un lugar indeterminado, que sigue siendo desconocido,
usando para ello la furgoneta.
Para ello, también, se apoya en los testigos, cómo uno vio como metía un bulto en la furgoneta y la ponía en marcha. Otro testigo también vio el movimiento de un coche al volver a trabajar; y una tercera testigo vio la furgoneta con la puerta abierta y como se movía.
Se unen las pruebas periciales, muestras de sangre en la puerta del conductor, en la alfombrilla y en la zona de carga. También, adn en el portón de la furgoneta. “Hoy la ubicación del cuerpo sigue siendo desconocida”, señala el jurado.
Ve probado que en el momento de los hechos carecía de licencia tanto del arma de fuego utilizada como para la que se encontraba en su domicilio.
Por último, considera que no procede la suspensión de ejecución de condena y no es favorable a que se proponga el indulto de la pena al Gobierno de la nación.
Peticiones de penas
El Fiscal, Santiago Herráiz, así como las acusaciones, han mantenido hoy su petición de pena de cárcel, de entre 23 años en el caso del primero y de 28 los segundos, para O.P una vez conocido el veredicto del jurado que, por unanimidad, le ha visto culpable.
En ese momento procesal, el fiscal ha mantenido su petición de 22 años de cárcel por el delito de asesinato y uno por la tenencia de armas. Penas que, ha visto, estaban en un marco “razonable”. Mantiene, además, la petición de 300.000 euros de indemnización para la novia del asesinado y su familia.
La acusación particular eleva la petición de pena (como ha hecho desde el principio) a 25 años por el asesinato y tres más por la tenencia de armas, un total de 28 años en los que ven un “plus de gravedad” porque no ha revelado dónde está el cuerpo. Cada uno de ellos piden 100.000 euros de indemnización, como responsabilidad civil, para sus defendidos, la novia de la víctima y el padre de éste.
La defensa de O.P, una vez declarado culpable, ha pedido que se aplique “la mínima pena de las posibles”, esto es, la que pide el fiscal. Por otro lado, se ha opuesto a la responsabilidad civil en atención al hecho de que con la novia tenía una relación de cinco meses, y no consta “informe del dolor”. Para la defensa, “la cantidad reclamada es excesiva” y, en cuanto a la familia, “consta en autos que fue expulsado de casa y no tenía contacto con la familia”, por lo que “no consta padecimiento”.
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