El director de la Alta Inspección de Educación en La Rioja, Manuel Medrano, dio a conocer hoy una serie de resoluciones del Tribunal Supremo que desautorizan la objeción de conciencia en las asignaturas del Área de Educación para la Ciudadanía en esta comunidad.
Medrano ofreció una rueda de prensa en la que entendió que el “Estado de Derecho ha puesto las cosas en su sitio” y ha estimado que “no cabe ordenamiento jurídico para la objeción de conciencia” en el caso de las asignaturas de Educación para la Ciudadanía.
La sentencia del Supremo, con fecha de 11 de mayo, surge, recordó, después de que “una veintena” de padres obtuvieran una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja que les daba la razón para que sus hijos no asistieran a las clases de Educación para la Ciudadanía, acogiéndose a la objeción de conciencia.
Ahora, el Supremo ha resuelto una sentencia por cada uno de las resueltas favorablemente por el Superior de La Rioja y, en ellas, falla, “haber lugar a los recursos interpuestos por el Ministerio Fiscal y el Abogado del Estado” contra las sentencias del TSJ de La Rioja y anularlas.
El director de la Alta Inspección entendió, ante esto, que, aunque los padres podría recurrir a más altas instancias, como el Tribunal Constitucional, se ha visto que “no hay camino jurídico”.
Preguntado acerca de qué va a suceder con los estudiantes que no han acudido a clase explicó, en primer lugar, que “no hay sostén jurídico” para seguir faltando a la asignatura.
En segundo lugar, consideró que hay que esperar a ver qué decisión toma “la autoridad educativa competente” y apuntó al consejero de Educación, Luis Alegre.
A juicio de Medrano, la coincidencia en la argumentación de los recursos presentados por los padres hacer ver que no se trató de un acto “espontáneo” de ellos, sino de una “apuesta clarísima de ir en contra de esta asignatura”.