La concejal de Transparencia, Hacienda y Administración Pública, Mar San Martín, ha informado esta mañana de la gestión del impuesto de plusvalías en el Ayuntamiento de Logroño, que había quedado pendiente en los casos que se demostrará que la venta había sido con pérdidas, tras la sentencia de 9 de julio del Tribunal Supremo relacionada con el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, tributo conocido como plusvalía.
Una vez conocida la sentencia, las Unidades Municipales empezaron a resolver las liquidaciones pendientes el pasado mes de septiembre -en torno a 1.500- basándose en la documentación que haya aportado el contribuyente y siguiendo el criterio marcado por la sentencia, que marcaba la obligación de tributar para los contribuyentes que vendan un inmueble o terreno, pero establecía la posibilidad de exención si se justificaba que la venta se produjo con pérdidas.
Desde septiembre hasta ahora se han resuelto 50 casos en los que el contribuyente ha sido eximido del pago de este impuesto: 5 de empresas relacionados con transmisión de terrenos, que hubieran supuesto unos 200.000 euros, y 45 por compra-venta de viviendas, con una tributación de unos 330.000 euros. En estos casos se procede a la anulación del impuesto o a su devolución si ya se hubiera pagado por parte del contribuyente.
Es decir, el Ayuntamiento de Logroño dejará de ingresar más de medio millón de euros sólo estos 50 casos que sí debían tributar hasta la aprobación de la citada sentencia.
Mar San Martín ha señalado que “estábamos preparados gracias a la buena gestión y a la buena salud financiera del Ayuntamiento de Logroño”. De hecho, los presupuestos municipales ya contemplaban el descenso de ingresos vía impositiva ante la posibilidad de que se produjera una sentencia en este sentido.
La concejal ha insistido en que la sentencia “ha avalado en todo momento las actuaciones que venía realizando el Ayuntamiento de Logroño, dejando clara la vigencia del Impuesto de Plusvalías, pero estableciendo que no se cobrase en casos de venta a pérdidas”. Una sentencia que -ha recordado- “marca el criterio a la hora de liquidar el impuesto de plusvalías y ofrece seguridad jurídica tanto para los ciudadanos como para los ayuntamientos”.
Facilidades a los contribuyentes
Desde que se conoció la sentencia, el Ayuntamiento de Logroño ha dado todo tipo de facilidades a los contribuyentes para una correcta tramitación del impuesto y quien no tenga que pagarlo quede exento.
Para ello, el Ayuntamiento se está comunicando directamente con los contribuyentes para que aportaran la documentación que justifique que no ha existido una plusvalía real y el Ayuntamiento pudiera comprobar este hecho, además de reunirse con todos los notarios de Logroño para que aporten toda la documentación de cada caso.
En los casos que no quede claro si hubo ganancia, serán sometidos a una peritación o informe técnico que determinará la situación.
En tercer lugar, y por último, quedarán los casos procedentes de una herencia, en los que habrá que esperar a que se siente jurisprudencia.