La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas, ha conseguido que el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja (TSJLR) dicte un fallo favorable a una opositora que fue eliminada en el segundo ejercicio de las oposiciones a las que se presentó en 2016, debido a un cambio en el criterio de puntuación que no figuraba en las bases de su convocatoria.
En concreto, la aspirante defendida por CSIF se presentó en octubre de 2016 a las pruebas selectivas para la provisión de plazas vacantes del Cuerpo de Ayudantes Facultativos de Administración Especial (Educación Infantil) que constaba de tres ejercicios que había que superar sucesivamente para conseguir una de las plazas.
Dicha opositora fue eliminada en el segundo ejercicio donde se estableció un criterio de puntuación que no figuraba en las bases de la oposición. Este es el argumento que planteó CSIF en un primer momento ante el Juzgado no2 de lo Contencioso- administrativo de Logroño que desestimó el recurso interpuesto por su defendida contra la resolución del Tribunal Calificador de revisión en un primer recurso de alzada.
Ahora el TSJLR da la razón a la opositora defendida por CSIF y revoca el fallo del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo No2 de Logroño, “acordando la retroacción de actuaciones al momento de valoración del segundo ejercicio”. Es decir, esta aspirante tendrá derecho a realizar el tercer ejercicio de su oposición y, en caso de superar la prueba, conseguir una de las plazas a las que optaba.
En cualquier caso, según determina el propio fallo del TSJ, “la ejecución de esta sentencia no supondrá en ningún caso, la privación de su condición a aquellos aspirantes que fueron nombrados en su día funcionarios, como resultado del proceso selectivo objeto del presente recurso”.
La sentencia no es firme y es susceptible de recurso de casación.