El Boletín Oficial de La Rioja (BOR) del pasado 6 de mayo publica la aprobación definitiva de la modificación puntual del Plan General Municipal del Ayuntamiento de Lardero para la reducción de la parcela mínima necesaria para la edificación de casetas de aperos de labranza en suelo no urbanizable.
De esta manera, la superficie necesaria pasa de los 2.000 metros cuadrados anteriormente establecidos, a los 1.000 metros cuadrados en los que queda establecida ahora.
Se trata de una iniciativa promovida por el propio Ayuntamiento larderano que, tras su aprobación, fue trasladada a la Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja cuyo pleno adoptó el citado acuerdo el pasado 29 de marzo de 2019.
En el anexo publicado igualmente en el BOR del 6 de mayo, se establecen también las normas urbanísticas correspondientes.
Así, se exige una parcela mínima de 1.000 metros cuadrados para una edificación cuya superficie máxima ocupada no puede exceder los 40 metros cuadrados y una altura máxima de cumbrera de 4 metros.
También queda prohibida la cimentación a excepción de la imprescindible para la estabilidad de la caseta de aperos.