El Tribunal de Cuentas ha condenado a la exalcaldesa de Madrid Ana Botella y a otros siete altos cargos de su Gobierno a pagar 25,7 millones de euros por vender 1.860 viviendas públicas protegidas a dos sociedades del fondo buitre Blackstone a un precio por debajo de mercado.
La sentencia, a la que ha tenido acceso eldiario.es y ha avanzado la Cadena Ser, concluye que el núcleo duro del Gobierno de Botella, ocho de sus miembros empezando por la alcaldesa, “incurrieron en una negligencia grave” porque “no impidieron el perjuicio en el patrimonio público” a la hora de vender 5.315 inmuebles de titularidad municipal (entre ellos 18 bloques completos de pisos protegidos) al citado fondo de inversión por 128,5 millones, cuando según los cálculos del Tribunal de Cuentas el Ejecutivo de Botella podría haber ingresado más de 151 millones.
El Ayuntamiento de Madrid que gobierna actualmente Manuela Carmena demandó hace ahora un año a través de la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo (EMVS) a parte del Ejecutivo de Botella por lo que consideraba una sospechosa operación de venta de viviendas públicas. La operación había suscitado críticas muy duras por los inquilinos que se quejaban de los cambios de condiciones cuando pasaron a depender del fondo de inversión.
La sentencia dictada por el Tribunal de Cuentas este 27 de diciembre no solo determina que el precio al que se vendieron los pisos “dio lugar a un menoscabo injustificado en el patrimonio público”, también retrata una sucesión de chapuzas e ilegalidades que rebosan el expediente.
Según la argumentación del tribunal, es indefendible que el Ayuntamiento de Madrid no intentase sacar el máximo precio posible de la venta de esos bloques de edificios, no abriese un procedimiento con publicidad que fomentase las ofertas y no realizase una tasación fiable de los bloques de pisos que pretendía vender. El procedimiento de venta para sacar al mercado 1.800 viviendas duró 14 días. La sentencia deja claro que no es tiempo suficiente para preparar una operación de esas características y deja pistas evidentes de que determinados aspirantes, incluido el fondo que se quedó con esos lotes, jugaron con ventaja.
El fallo concluye que en el procedimiento de venta hubo información privilegiada al fondo Blackstone que se hizo con los 100 bloques de pisos, que el Gobierno de Botella se saltó todos los controles, e incluso que se pagaron dos millones de euros a una empresa, supuesta intermediaria, sin que se haya probado su participación en la compraventa.
“El precio de venta de todos estos inmuebles, que estaban sometidos a un régimen de protección pública por razón de función social, fue inferior al mínimo jurídicamente exigible, que no es otro que el valor máximo posible de venta de las viviendas calificadas como viviendas protegidas (151.211.518 euros), lo que dio lugar a un menoscabo injustificado en el patrimonio público que asciende a 22.711.518 euros”, concluye el tribunal.
El tribunal señala como principal culpable de la operación al entonces consejero delegado de la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid, Fermín Oslé, pero también condena por “responsabilidad contable” a la entonces alcaldesa, Ana Botella, a su mano derecha en el Gobierno municipal, Concepción Dancausa, delegada del Gobierno en Madrid hasta el pasado julio, y a otros cinco concejales que formaban el núcleo duro del Ejecutivo municipal: José Enrique Núñez Guijarro, Diego Sanjuanbenito Bonal, María de la Paz González García, Dolores Navarro Ruis y Pedro María Corral Corral. Varios de ellos continúan hoy en puestos de responsabilidad en distintas administraciones del PP.
Todos son condenados a responder solidariamente por un perjuicio contable de más de 22 millones de euros ocasionados a las arcas municipales en esa operación inmobiliaria. Es decir, tendrán que abonar el dinero de su bolsillo, salvo que se anule esta sentencia. Los condenados ya han anunciado un recurso.
De ese Gobierno y de su alcaldesa, dice el tribunal que no “realizaron la supervisión de la gestión contable ni presupuestaria que tenían encomendada tanto por la normativa mercantil como por el derecho público. Tampoco dieron instrucciones a los gestores de la sociedad [la empresa municipal de la vivienda] para corregir las actuaciones que se alejaran de los requisitos jurídicos propios de una buen gestión financiera.
“Procedimiento distinto al legalmente permitido”
La durísima sentencia del Tribunal de Cuentas da por hecho que esa operación inmobiliaria fue ilegal y “por un precio lesivo para el patrimonio público”. La venta de las viviendas públicas “supuso la infracción de diversas normas jurídicas”y “provocó que la compraventa se hiciera a través de un procedimiento distinto al legalmente permitido”.
En este sentido, el Tribunal de Cuentas detalla que la transacción “se articuló sin la elaboración de los oportunos pliegos administrativos, sin la preceptiva publicidad y concurrencia y, sobre todo, sin la previa fijación de un precio inicial de referencia basado en una tasación o en un estudio previo adecuado sobre el valor de los inmuebles enajenados”, detalla.
A lo largo de 90 folios en los que escudriñan el procedimiento y las alegaciones de los demandados, los jueces acaban cuestionándolo todo: la fórmula elegida para vender las casas, que el Ayuntamiento de Madrid hubiese decidido enajenar 18 bloques de pisos en un única operación y no por separado, que usase como precio para la venta un informe de una consultora que no justificó debidamente el valor de las viviendas. E incluso, que por el medio de la operación haya aparecido una sociedad, UTE ITACA DESARROLLOS URBANOS SL Y PROMOCIONES Y DESARROLLOS CREACIONA SL, que llegó a cobrar dos facturas por idéntica cantidad, 1.196.387.50 euros, el 10 de diciembre de 2013 y el 31 de enero de 2014, supuestamente por mediar en la compra-venta y de la que el tribunal dice que no hay constancia de sus gestiones, visto que el fondo Blackstone trataba directamente con la Empresa Municipal de la Vivienda y el Suelo.
El fallo del tribunal reprocha al Gobierno de Ana Botella que accediese a vender con una rebaja sustancial a un fondo buitre viviendas financiadas con dinero público para prestar servicio a colectivos vulnerables. Lo dice la sentencia con estas palabras: “Resultaría jurídicamente inviable y socialmente indefendible que pudiera cobrarse un determinado precio máximo por la compra de un inmueble a una persona amparada por un régimen de protección social derivado de su situación de escasez patrimonial y, sin embargo, pudiera cobrarse un precio inferior por ese mismo inmueble a personas físicas o jurídicas que no gozaran de esa protección social al ser su situación financiera sostenible”.
La condena da por hecho además que “la empresa municipal de la vivienda en Madrid no entró en una mala situación financiera por la crisis económica sino por su mala gestión” y recuerda que tanto la Intervención municipal como la Dirección General del Sector Público del Ayuntamiento ofrecieron “soluciones alternativas a la enajenación de las viviendas”.
La sentencia se detiene sobre otra decisión controvertida de la empresa pública dependiente del consistorio adoptada el 31 de octubre de 2013. Ese día el consejero delegado accedió a hacer una rebaja en el precio inicial de las 18 promociones de viviendas al fondo Blackstone de dos millones de euros. El argumento fueron las quejas del fondo buitre acerca de una serie de impagos y el aumento de la morosidad de algunos inquilinos. De las pruebas practicadas, el tribunal llega a la conclusión de que la rebaja se realizó “sin ningún informe técnico o documentación administrativa que justificase semejante medida”.