La portada de mañana
Acceder
Sánchez rearma la mayoría de Gobierno el día que Feijóo pide una moción de censura
Miguel esprinta para reabrir su inmobiliaria en Catarroja, Nacho cierra su panadería
Opinión - Cada día un Vietnam. Por Esther Palomera

La Junta Electoral valida las candidaturas de Toni Cantó y el exalcalde de Toledo en la lista del PP

La Junta Electoral Provincial de Madrid ha validado este lunes las candidaturas del exdirigente de Ciudadanos Toni Cantó y al exalcalde de Toledo Agustín Conde para las listas del PP en las elecciones anticipadas del próximo 4 de mayo. El Partido Popular ha anunciado que este jueves se publicarán en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid las listas definitivas, donde continuarán en sus puestos originales tanto Cantó como Conde: el primero en el quinto y el segundo en el 23. Previsiblemente ambos serán elegidos diputados de la Asamblea de Madrid según los resultados que las encuestas pronostican para el PP.

La resolución, firmada por el Presidente de la Junta Electoral, y comunicada a los pocos minutos de las 17 horas, establece que dicho organismo entiende que la Candidatura del Partido Popular cumple con todos los requisitos legales establecidos en la normativa electoral, habiendo subsanado las deficiencias en el periodo de subsanación.

El PSOE registró este viernes y este sábado una denuncia ante la Junta Electoral Provincial de Madrid en la que impugnaba la candidatura del Partido Popular para las elecciones madrileñas del próximo 4 de mayo por la inclusión en la misma del exdirigente de Ciudadanos Toni Cantó, que ocupa el puesto número cinco de la lista que encabeza la actual presidenta regional y candidata a la reelección, Isabel Díaz Ayuso, y también la candidatura del exalcalde de Toledo. En su recurso, los socialistas señalaron que ambos no cumplían “con los requisitos de elegibilidad” establecidos en la legislación vigente “por carecer de la condición de elector, residente, y de la vecindad civil en la Comunidad de Madrid a fecha 1 de enero de 2021”.

La resolución de la Junta Electoral estima que las denuncias formuladas por el representante del PSOE se presentaron antes de que concluyese el plazo de subsanación de “defectos encontrados en cada una de las candidaturas” y que el tribunal ha acordado “atenerse al acuerdo de subsanación presentado por el PP el 3 de abril, sin perjuicio del recurso contencioso administrativo que los socialistas puedan presentar contra la candidatura.