La Justicia confirma la condena en costas al PP por la “temeridad” en la acusación contra Mato y Mayer en el Open de Tenis

Fátima Caballero

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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha confirmado la condena en costas al PP de Madrid por su denuncia contra Carlos Sánchez Mato y Celia Mayer en el conocido como caso Open de tenis, en el que los exconcejales de Ahora Madrid fueron absueltos. El PP había recurrido las costas correspondientes a los tres acusados que se impusieron desde la Audiencia Provincial de Madrid al PP de José Luis Martínez Almeida –actual alcalde de Madrid– y mantiene que los 'populares' actuaron con “temeridad”. El TSJM no obstante estima parcialmente el recurso del PP y les exime de haber actuado de “mala fe” al entender que para que ello tendría que demostrarse que el PP mantuvo la acusación con objeto de perseguir a los acusados, sentándolos en el banquillo, a pesar de que conoce que no han cometido delito alguno.

El tribunal considera “probados” los hechos declarados en la sentencia de la audiencia provincial que absolvió a Sánchez Mato y Mayer tales como que su comportamiento fue de “escrupulosidad y responsabilidad en el desempeño de las funciones públicas para las que habían sido nombrados”. Los magistrados mantienen de esta el PP actuó con “temeridad” y defiende que tuvieron “un empecinamiento ilógico” pese a la “inconsistencia de las supuestas pruebas de cargo, no prestando atención a datos relevantes que excluían la relevancia penal de aquellos”.

Los hechos probados de la Audiencia Provincial establecieron que los exediles actuaron porque existían “fundadas y razonables dudas” de la legalidad de estos contratos, y que actuaron “con la única finalidad de proteger los intereses públicos”. Una resolución de 106 páginas que calificó de “sincera y convincente” la declaración de los tres acusados frente a las acusaciones del Partido Popular. Una acusación que, en el caso de Celia Mayer, fue tan “generalista” que causó “indefensión” a la hoy asesora.

La causa judicial investigó los informes jurídicos externos que ambos encargaron en calidad de altos cargos de Madrid Destino y que sustentaron una denuncia ante la Fiscalía Anticorrupción contra el Consistorio de Alberto Ruiz-Gallardón por los contratos que firmó con Madrid Trophy Promotion (MTP). Según la denuncia del PP, desestimada de plano, hubo delito en el encargo de dos informes externos para denunciar las citadas presuntas irregularidades penales en el convenio firmado por el Ayuntamiento de Madrid en la época de Gallardón.

Tanto de la decisión de elaborar informes sobre estos contratos con la empresa MTP como la contratación de asesorías jurídicas externas por la que el PP acusó de delitos de prevaricación y malversación, la Audiencia de Madrid consideró que estuvieron justificadas por la dimensión económica del asunto. No hacer nada como defendía el PP en su querella, dicen los jueces, hubiera supuesto “ponerse de espaldas y aceptar sumisamente la corrección de todo el proceso”.

El Tribunal Superior ratifica ahora todos hechos probados y por ello mantiene las costas de los tres acusados (los exconcejales y también Ana Varela, la entonces consejera delegada de la empresa municipal Madrid Destino). Exime al PP, no obstante de la mala fe procesal.