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La Justicia pide tomar declaración a los responsables del protocolo que impidió derivar ancianos de residencias en Madrid

Reabren la causa por la muerte de ancianos en varias residencias de Madrid. EFE/EPA/JAGADEESH NV/Archivo

Laura Galaup

26 de enero de 2022 16:44 h

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La Audiencia Provincial de Madrid ha reabierto la causa por los fallecimientos en cuatro residencias de Leganés (Madrid) durante la primera ola de la pandemia. Los magistrados de la Sección número 23 sostienen que para tomar “una decisión más fundamentada” es necesario tomar declaración a los “responsables de implementar los protocolos de actuación frente al Covid-19 en cada una de las residencias”. Además, abogan por que comparezcan en “calidad de testigos” los responsables médicos de cada uno de los centros de mayores denunciados y los responsables del servicio de geriatría del Hospital Universitario Severo Ochoa, que era el centro sanitario de referencia, para abordar el funcionamiento de las derivaciones.

El pasado mes de julio, un juzgado de instrucción archivó la causa impulsada por familiares de residentes de varias centros —DomusVi, Vitalia, Amavir y Aralia— del municipio madrileño, su defensa recurrió el sobreseimiento y la Audiencia ha estimado parcialmente esta petición, en un auto emitido el 11 de enero, al que ha accedido elDiario.es.

Los familiares de los residentes fallecidos iniciaron la causa contra los directores de los centros de mayores alegando un “trato inadecuado” a los mayores durante los primeros meses de la pandemia. Según la demanda presentada, esta situación “habría propiciado que un número importante de residentes se contagiaran de COVID 19 en las propias residencias muriendo muchos de ellos por no haber recibido asistencia sanitaria adecuada, bien por no haber sido trasladados a los centros hospitalarios o haberlo sido con retardo y, en consecuencia, sin haberse podido hacer nada por su vida”. Para los denunciantes estos hechos “pueden ser constitutivos” de varios delitos, entre ellos, homicidio imprudente, omisión del deber de socorro, trato degradante y prevaricación.

Los demandantes recurrieron el archivo al “echar en falta” la práctica de “más diligencias de investigación para aclarar los hechos”. Aunque la Audiencia Provincial defiende la labor realizada por el juzgado de instrucción, estima parcialmente el recurso presentado y continúa adelante con la causa “para adoptar una decisión jurídicamente fundamentada sobre conocimientos médicos y que esclarezca los hechos que son objeto de las querellas”.

“Vaya por delante que a la vista de las diligencias practicadas, tal y como resulta de las actuaciones, es difícil advertir que en el caso concreto no se hiciera lo posible por parte del personal que prestaba sus servicios en las residencias implicadas, todas ellas de la localidad de Leganés, para tratar de evitar contagios por COVID así como de prestar la asistencia sanitaria que requerían los residentes. En cualquier caso, la actuación ha de ser valorada siempre desde una perspectiva 'ex ante', es decir, conforme a las condiciones existentes en ese momento; momento en el que se podría hablar de colapso del sistema sanitario”, continúan los magistrados de la Audiencia Provincial.

Además, el auto recoge que hay “dos riesgos diferentes a los que se debe dar respuesta independiente” en la instrucción judicial. “Por una parte se trataría de verificar las conductas creadoras del riesgo de contagio del virus COVID 19”, apuntan los jueces. Y por otra: “Sería preciso verificar si hubo conductas incrementadoras de riesgo para la vida una vez producida la infección o con sospecha de infección por no prestación de la atención sanitaria adecuada pudiendo hacerlo”.

“Para una decisión más fundamentada y para despejar toda duda sobre la actuación de los querellados —continúa la Audiencia Provincial— se considera necesario: tomar declaración a los responsables de implementar los protocolos de actuación frente al COVID 19 en cada una de las residencias a los efectos de que expliquen los informes ya remitidos en cuanto a los protocolos seguidos para evitar los contagios en relación a los medios disponibles”, continúan los magistrados.

Asimismo, promueven dos diligencias más. La primera consiste en “tomar declaración en calidad de testigos a los responsables médicos de cada una de las residencias” para que “ilustren” sobre “la situación médica de cada uno de sus pacientes a los que se refieren las querellas presentadas”, “así como al seguimiento de los protocolos para la derivación hospitalaria e informen de los medios disponibles en cada una de las residencias en esos momentos para prestar atención médica a los residentes enfermos que no fueron derivados al hospital de referencia”.

Los responsables del servicio de geriatría del hospital de referencia del municipio, el Severo Ochoa, también comparecerán como testigos para aportar información “sobre los criterios adoptados” en las fechas investigadas “para el traslado de los enfermos desde las residencias implicadas” al centro sanitario. Estos facultativos serán cuestionados por “la decisión de no derivación hospitalaria de algunos de los residentes”. “Todo ello a los efectos de establecer la relación con el fatal desenlace”, añaden los magistrados.

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