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Si eres extranjero, puedes votar en las elecciones de mayo

Hoy, 1 de diciembre, se ha abierto el plazo para que todos los extracomunitarios residentes en el distrito cuyos países mantengan acuerdos bilaterales puedan votar en las próximas elecciones municipales de mayo de 2011. Los ciudadanos de la UE ya podían hacerlo desde anteriores elecciones.

Los que quieran elegir al que será su alcalde durante los próximos cuatro años tienen que inscribirse antes en el Censo Electoral, siempre que cumplan los siguientes requisitos:

  • Ser nacional de Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador, Islandia, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay o Perú.
  • Ser mayor de dieciocho años y no estar privado del derecho de sufragio activo.
  • Estar inscrito en el Padrón Municipal.
  • Estar en posesión de la autorización de residencia en España.
  • Haber residido legal e ininterrumpidamente en España el tiempo exigido en el correspondiente Acuerdo (cinco años en el momento de la solicitud o tres años el día de la votación para los nacionales de Noruega).

Si cumples estos requisitos y quieres votar, tienes que acudir a los siguientes lugares para cumplir el trámite:

En las solicitudes presenciales ante las

se deberán presentar los siguientes documentos:

-Original y fotocopia de la Tarjeta de identidad en vigor. Los

  • ciudadanos de Islandia y Noruega podrán acreditar su identidad además de con la tarjeta de identidad de extranjero, con el documento nacional de identidad o Pasaporte de su país de origen.
  • Certificado de residencia legal en España expedido por la Comisaría de Policía (este documento no será necesario si el solicitante presenta tarjeta de identidad de extranjero permanente o de larga duración en vigor).
  • Firmar el impreso de solcitud facilitado por la Oficina de Atención al Ciudadano de Línea Madrid.

Para más información, puedes consultar la página web del Ayuntamiento de Madrid.