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Las demoras en la inscripción de las parejas de hecho

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La salud y la educación son los derechos que ocupan mayor espacio en los medios de comunicación, en las tertulias e incluso en las barras de los bares (hablamos de derechos, no de fútbol o de valores o percepciones sociales). Los motivos no son discutibles y están íntimamente urdidos en la trama de la democracia. Curiosamente, la educación se configura constitucionalmente como un derecho fundamental, mientras el derecho a la salud se incluye, junto a otros como la salvaguarda de los derechos económicos y sociales de los trabajadores, el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado, el del disfrute de una vivienda digna y adecuada o el de la protección social, económica y jurídica de la familia, en los principios rectores de la política social y económica. Y decimos curiosamente porque el tratamiento que los poderes públicos otorgan a la educación y a la salud son similares aunque, habrá que decir también, decreciente en cantidad y calidad, mientras que el disfrute del resto de derechos enunciados son postergados y ninguneados con harta frecuencia.

Frente al prácticamente único modelo de familia que ha existido económica, social, cultural y legalmente en España, la futura Ley de Familias reconoce la existencia de la pluralidad de las mismas y equipara los derechos de las parejas de hecho a los de los matrimonios. El reconocimiento de tal pluralidad parece que se mantiene en la denominación de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad, de la que se ha caído el LGTBI de la antigua denominación. Incluso habrá que recordar que la equiparación de los derechos de las parejas de hecho y de los matrimonios está ya muy avanzada en las legislaciones autonómicas. Por ejemplo, el acogimiento de menores, el acceso a una vivienda pública, los permisos laborales, etc.

No obstante, para disfrutar de los derechos que se reconocen a las parejas de hecho, sus miembros deben expresar, de modo fehaciente, su voluntad de constituirse como pareja de hecho, tal como establece la Ley 7/2018, de 3 de julio, de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Tal voluntad se confirma mediante su inscripción en el Registro de Parejas de Hecho de la Región de Murcia. Y aquí comienzan los problemas para las parejas de hecho, es decir para la “unión estable, libre, pública y notoria en una relación de afectividad análoga a la conyugal, con independencia de su sexo, de dos personas mayores de edad o menores emancipadas”

En un reportaje del diario La Verdad de Murcia se informa que la demora para registrarse como pareja de hecho en la Región de Murcia varía entre los 6 y los 12 meses, contradiciendo lo establecido por la Ley 7/2018 que prevé que la inscripción se realizará en el plazo máximo de 3 meses desde la solicitud. ¿Motivo o motivos del incumplimiento de la ley? De acuerdo con el diario citado “el Gobierno Regional asegura que en los dos últimos años las solicitudes se dispararon un 170 por ciento y que el 60 por ciento de ellas son ciudadanos extracomunitarios”. Se podría pensar que la acumulación de expedientes sin resolver obedece a que no es prioridad del Gobierno Regional reconocer los derechos a ciudadanos no pertenecientes a la Unión Europea, si no fuera porque las demoras administrativas, y también las sanitarias, se dan en gran parte de la Administración Regional: desde el reconocimiento de familias numerosas hasta los expedientes de impacto ambiental, de implantación de nuevos actores económicos o las citas con los médicos especialistas.

El Gobierno de López Miras no parece interpelado cuando la ciudadanía demanda mayor celeridad en el reconocimiento de sus derechos subjetivos, siendo la percepción general que cuando se trata de exigirle deberes no es tan acomodaticio. La circunstancia de que las parejas de hecho tengan que esperar meses y meses para poder solicitar determinados derechos o servicios incumpliéndose la ley, no parece tener importancia. Todo lo cual erosiona la confianza en la política, en los políticos y en las personas que tienen que cumplir y hacer cumplir la ley sirviendo al interés general.

Llegado a este punto habrá que decir que el incumplimiento en la aplicación de una ley puede ser por muchos motivos, los más significativos la falta de voluntad política al constatar que esa no es su ley, que no se cree en esa ley, que esa ley no tiene rédito electoral o que no se asignan los recursos necesarios para que su cumplimiento sea efectivo. Desgraciadamente, este último motivo es el que predomina en la política regional actual, dejando aparte la fijación política que se tiene con el Consejo de la Transparencia. Es lo que ocurre con la inaplicada Ley de Servicios Sociales de la Región de Murcia o con las leyes de protección de la naturaleza: que no hay personal, que no se tiene interés en que lo haya y que se quiere que todo fluya dentro de la más ilustre retórica reaccionaria tan magistralmente descrita por Albert Hirschman.

Habrá que concluir este artículo recordando el principio de parsimonia de Ockham: “en igualdad de condiciones, la explicación más simple suele ser la más probable”. Y añadir que la explicación más probable es la que siempre negará la instancia política rebuscando en teorías cada una más descabellada. La adhesión del Gobierno López Miras a una política neoliberal sin matices, aquella que demoniza el déficit público y que se refleja en las privatizaciones de servicios públicos y discontinuas campañas de desprestigio de los empleados públicos, está provocando que los derechos subjetivos de la ciudadanía no sean reconocidos o se reconozcan con retrasos insoportables. La economía surgida del Consenso de Washington es incompatible, al menos en su versión más radical, la que ahora pregona el Gobierno Regional, con la satisfacción de determinados derechos de la ciudadanos plasmados en la Constitución y en sus normativas de desarrollo. Va siendo hora de cambiar de discurso o de constitución. Las cosas son terriblemente sencillas.

 Lo dicho.

La salud y la educación son los derechos que ocupan mayor espacio en los medios de comunicación, en las tertulias e incluso en las barras de los bares (hablamos de derechos, no de fútbol o de valores o percepciones sociales). Los motivos no son discutibles y están íntimamente urdidos en la trama de la democracia. Curiosamente, la educación se configura constitucionalmente como un derecho fundamental, mientras el derecho a la salud se incluye, junto a otros como la salvaguarda de los derechos económicos y sociales de los trabajadores, el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado, el del disfrute de una vivienda digna y adecuada o el de la protección social, económica y jurídica de la familia, en los principios rectores de la política social y económica. Y decimos curiosamente porque el tratamiento que los poderes públicos otorgan a la educación y a la salud son similares aunque, habrá que decir también, decreciente en cantidad y calidad, mientras que el disfrute del resto de derechos enunciados son postergados y ninguneados con harta frecuencia.

Frente al prácticamente único modelo de familia que ha existido económica, social, cultural y legalmente en España, la futura Ley de Familias reconoce la existencia de la pluralidad de las mismas y equipara los derechos de las parejas de hecho a los de los matrimonios. El reconocimiento de tal pluralidad parece que se mantiene en la denominación de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad, de la que se ha caído el LGTBI de la antigua denominación. Incluso habrá que recordar que la equiparación de los derechos de las parejas de hecho y de los matrimonios está ya muy avanzada en las legislaciones autonómicas. Por ejemplo, el acogimiento de menores, el acceso a una vivienda pública, los permisos laborales, etc.