La Fiscalía de Murcia se plantea pedir prisión para las proxenetas cuya pena se rebajó en el caso de violación de menores

Elisa M. Almagro

Murcia —

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Salieron del juzgado tapándose la cara con las manos, con una carpeta, uno incluso en andador, pero no irán a la cárcel. Los pederastas confesos que abusaron de una docena de menores en la Región de Murcia no irán a prisión a cambio de reconocer los hechos. El acuerdo al que llegaron defensa y Fiscalía rebajó las penas de todos los acusados, pero permanece en el aire el destino de las proxenetas y cooperadores de esta trama de explotación sexual. Si van a prisión dependerá de unas vistas que tendrán lugar los próximos 7 y 8 de octubre en la Audiencia Provincial de Murcia.

El Fiscal Superior de la Región, José Luis Díaz Manzanera, convocará una junta de fiscales para debatir si se pide cárcel para los cabecillas de la trama: “Nuestra postura no es vinculante para el tribunal, aunque normalmente coincidimos. Pero la decisión es del tribunal”, reconoce el fiscal.

Las proxenetas se enfrentan a penas que suman los 16 años en algunos casos, pero como a cada uno de los delitos individuales le corresponde una pena de dos años de prisión, la Audiencia tiene discrecionalidad para decidir si irán a la cárcel.

Con respecto a los atrasos que han hecho que el proceso dure una década y ha librado al grueso de los implicados de ir a prisión, Díaz Manzanera apunta a la falta de personal: “Aquí me faltan 20 fiscales, y necesitaría aún más. Y solo estamos hablando de Fiscalía, pero hace falta un aumento de plantilla a todos los niveles y una fijación de objetivos”, denuncia.

Los atrasos, señala el fiscal jefe de la Región, son generalizados en el grueso del sistema judicial murciano, lo que provoca que se aplique con regularidad el atenuante de dilación indebida: “La dilación indebida ha sido clave en este caso. Pero en este y en otros muchos casos, está siendo el pan nuestro de cada día”, lamenta Díaz Manzanera.

Recordemos que las dilaciones indebidas son un tipo de atenuante que permite una reducción de la condena cuando la tramitación de un procedimiento penal ha durado un tiempo excesivo e innecesario, siempre que esa demora no haya sido por culpa del reo y la excesiva duración del procedimiento no esté justificada por la complejidad de éste. 

Sin normativa sobre la aplicación de la dilación indebida

El fiscal señala que no hay una temporalidad fija para establecer el atenuante de dilación indebida: “No está fijado por ley, ¿cuándo se considera a la dilación indebida normal o muy cualificada? Para decidir tenemos que ir a la jurisprudencia, basarnos en otras sentencias del Supremo u otras audiencias provinciales. Pero este atenuante se ha admitido en los más variados supuestos”.

La Fiscalía General del Estado anunció en 2022 que elaborarían una circular para poner coto a los acuerdos de conformidad basados en el atenuante de dilaciones indebidas en los delitos contra la libertad sexual. El documento aún no se ha publicado, aunque se prevé que esté listo para finales de este año: “Imagino que es complicado, no es fácil una circular destinada a todos los fiscales de España”, observa Díaz Manzanera. El fiscal señala que las protecciones deberían ir más allá y que “deberíamos plantear darle prioridad a los casos con menores involucrados en los señalamientos”.