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El Tribunal Supremo anula el nombramiento de Miguel Pascual como presidente del TSJ de Murcia

Miguel Pascual de Riquelme, magistrado del TSJ

Rafa López

Murcia —

El Tribunal Supremo ha decidido anular la proclamación de Miguel Pascual del Riquelme como presidente del Tribunal Superior de Justicia de Murcia. El Consejo General del Poder Judicial tendrá que remitir un comunicado explicando los motivos de la anulación. En principio podría deberse a la polémica que generó el nombramiento en el mes de enero, ya que la magistrada María Pilar Alonso Saura está situada en el escalafón de la carrera judicial 1.160 puestos por encima de Miguel Pascual de Riquelme. Según siete vocales críticos con dicha decisión, el órgano de gobierno de los jueces la discriminó por ser mujer.

Los vocales críticos consideraron que situarlo al frente del TSJ de Murcia “bordea la arbitrariedad”. En el escrito contrario al nombramiento, Careaga señala que la decisión “no respeta los principios de mérito y capacidad, incumple los requisitos anunciados en la convocatoria” y constituye una “desviación de poder”.

El recurso estimado ha sido presentado por la propia Pilar Alonso, quien solicitaba que el pleno la designara para el puesto si lo estimaban. Esta petición ha sido rechazada por 28 votos frente a 5 magistrados que han apoyado dicha petición.

El presidente muestra “disponibilidad plena”

El presidente muestra “disponibilidad plena”El propio Pascual del Riquelme ha querido “aceptar con normalidad” la anulación y ha mostrado “su disponibilidad plena para seguir aceptando las responsabilidades de su cargo si vuelve a tener la confianza de los magistrados”. Asimismo, ha confirmado que seguirá ejerciendo labores de presidencia hasta que el Tribunal Supremo notifique la decisión tomada al Consejo General del Poder Judicial.

El nombramiento de Pascual del Riquelme ya suscitó polémica, y llevó incluso a la propia magistrada, junto a su portavoz Clara Martínez de Careaga, a realizar un escrito contrario a la decisión del TSJ de Murcia. En el escrito, Careaga señala que la decisión “no respeta los principios de mérito y capacidad, incumple los requisitos anunciados en la convocatoria” y constituye una “desviación de poder”.

Dicha manifestación recuerda que el primer criterio fijado por las bases de la convocatoria para el nombramiento era el tiempo de servicio activo, y que en ese sentido, la aspirante femenina “es una de las más antiguas en la carrera judicial” y supera en casi diez años en este aspecto a del Riquelme.

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