Cinco jueces y no tres revisarán la sentencia de 'la manada' por su “complejidad” e “importancia”

La contestación social a la sentencia dictada contra 'la manada' provoca las primeras reacciones en la Judicatura. Los recursos de apelación interpuestos por la Fiscalía, la acusación particular y las dos acciones populares -Ayuntamiento de Pamplona y Gobierno de Navarra-, así como por los dos abogados defensores, contra la sentencia dictada por la Audiencia de Navarra en el denominado caso de 'la manada' serán resueltos por el Pleno de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN), compuesta por cinco magistrados.

La importancia de los votos particulares en el recorrido judicial de 'la manada' podría estar detrás de la decisión: primero fue el magistrado Ricardo González al pedir su puesta en libertad provisional antes de que se conociera la sentencia; después, más importante, al descolgarse de sus compañeros Francisco Cobos y Raquel Fernandino de la Sección Segunda al dictar sentencia; y, finalmente, con el voto particular emitido por el presidente del tribunal que les juzgó en primera instancia, el propio Francisco Cobos, en contra de la decisión de Fernandino y González de conceder la libertad provisional tras la sentencia.

Fuentes del TSJN explican que la decisión de que sean cinco jueces y no tres -como suele suceder habitualmente- los que aborden el recurso es potestad del presidente, Joaquín Galve. Al parecer, tanto la “complejidad” de las cuestiones legales que se dirimen en la sentencia como la “importancia” y relevancia social del caso han llevado al magistrado a tomar la decisión, que fuentes judiciales consideran encaminada a lograr una “mayor garantía” en la decisión.

Le acompañarán en el análisis de la sentencia los magistrados Francisco Javier Fernández Urzainqui, Alfonso Otero, Miguel Ángel Abárzuza y José Antonio Álvarez Caperochipi. Todos ellos hombres.

La potestad de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal es absoluta a la hora de abordar la revisión de la sentencia dictada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, por lo que podrían desde absolver a los miembros de 'la manada', como piden las defensas; aumentarles la pena por considerar los hechos una agresión sexual y no un abuso con prevalimiento, como piden las acusaciones; o bien dejarla como está.

Fuentes judiciales calculan que su decisión estará lista para finales del mes de septiembre. Y decidan lo que decidan, el recorrido judicial de la sentencia se limitaría a partir de entonces al Tribunal Supremo, ante el que las partes podrían volver a recurrir de no estar conformes con la nueva decisión. Dadas la “complejidad” y visibilidad social del caso, las mismas fuentes dan por sentado que será el Supremo el encargado de fijar finalmente la sentencia, y con ella la jurisprudencia futura en casos similares.

Cabe destacar que pese a los anuncios del Ejecutivo de abordar una reforma legal para que el consentimiento tenga que ser expreso o de lo contrario se juzgará el caso directamente como una agresión sexual, esa hipotética reforma no afectaría a los recursos de la sentencia de 'la manada', ya que las reformas no pueden aplicarse con efectos retroactivos

La providencia (resolución judicial) de la Sala de lo Civil y Penal de abordar en pleno el recurso puede ser recurrida, si bien parece poco probable debido a “las circunstancias concurrentes” en el asunto. Según los artículos 196 y 197 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en los casos en que la ley no disponga otra cosa bastarán tres magistrados para formar Sala. No obstante, “podrán ser llamados, para formar Sala, todos los magistrados que la componen, aunque la ley no lo exija, cuando el presidente, o la mayoría de aquéllos, lo estime necesario para la administración de justicia”.

El 26 de abril, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial condenó a 9 años de prisión por un delito continuado de abuso sexual con prevalimiento a los cinco acusados de violar a una joven de 18 años el 7 de julio de 2016 en Pamplona.