La titular del Juzgado de lo Penal número 5 de Pamplona ha condenado a 21 meses de prisión a un hombre que maltrató psicológicamente a su pareja durante los seis años que convicieron. Según la sentencia, que puede ser recurrida ante la Audiencia de Navarra, el procesado, de 37 años, vecino de una localidad de la merindad de Sangüesa, no podrá acercarse a menos de 200 metros ni comunicarse durante tres años con la denunciante, a la que deberá indemnizar con 4.000 euros.
Segun ha comunicado el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, la pareja comenzó la relación sentimental aproximadamente entre 2015 y 2016. Inicialmente residieron en una localidad castellanomanchega y en 2018 se trasladaron a la casa de los padres de ella, en una localidad de la comarca de Pamplona. Ese año, tras contraer matrimonio, se fueron a vivir a una localidad de la merindad de Sangüesa. La ruptura se llevó a cabo en mayo de 2021.
La magistrada considera probado que desde el comienzo de la convivencia comenzaron “las primeras conductas de control” del acusado. De “manera frecuente” le “revisaba el móvil, le pedía explicaciones de conversaciones que tenía”. Con “todo tipo de excusas”, el hombre “conseguía hacerse con la clave del teléfono”. Estas conductas “se intensificaron” cuando la pareja se trasladó a la comarca de Pamplona. Cuando tenía alguna comida o cena del trabajo “o socializaba de cualquier manera”, el acusado “le hacía continuas llamadas o videollamadas”. La víctima “se veía obligada a dar toda clase de explicaciones”, incluso “tenía que enviarle la ubicación o alguna fotografía”.
Poco a poco, según consta en la sentencia, el procesado “fue aislándola de su entorno de amistades”. Mostraba con ella una actitud “despectiva y de superioridad”, haciéndole ver que “hacía las cosas mal, que no valía para nada”, que era “mala madre y mala esposa”, le gritaba continuamente. En público “le trataba como si no tuviera la suficiente inteligencia, despreciando en una ocasión delante de varias personas su forma de vestir”. Igualmente, “le acusaba de manera constante de serle infiel”.
Como consecuencia de estos hechos, la denunciante “ha tenido sentimientos de culpa, inutilidad, frustración, impotencia, tensión, miedo, angustia, ansiedad e inestabilidad emocional que han afectado tanto a su esfera personal como familiar, social y laboral, algunos de los cuales persisten en la actualidad”, por lo que continúa en tratamiento.
“Ha vivido una atmósfera moralmente irrespirable”
La juez no alberga duda alguna de que “la víctima ha vivido en un estado de agresión constante como consecuencia de la habitual violencia física, verbal o psicológica del agresor”, hasta tal punto de que, “debido a la permanente situación de intimidación, miedo y desprecio sistemático, la dignidad de la víctima y su derecho a no ser sometida a tratos inhumanos o degradantes se ha visto menoscabado”.
Una vez acreditadas la existencia de actuaciones violentas, la magistrada analiza si estas conductas son propias de maltrato psicológico. “Efectivamente se valora que así sucede en el caso de autos, al entender que no nos encontramos ante conflictos propios de una pareja igualitaria, sino que la suma de las conductas constatadas acreditan una sistemática y permanente reiteración de actos nimios de violencia por parte del acusado con la clara finalidad de dominar y doblegar a [la denunciante] a través de la intimidación y el miedo, y consolidar así su posición de poder, lo que ha determinado que [ella], singularmente desde finales del año 2018 hasta mayo de 2021, haya vivido en una atmósfera psicológica y moralmente irrespirable, viéndose obligada a mantener constantes conductas de cesión como única manera de evitar el conflicto”, recalca la juez.
Respecto a las pruebas de cargo, además de las testificales practicadas y los mensajes de móvil existentes, la magistrada destaca que la pericial del juzgado concluyó que la denunciante presenta “síntomas compatibles con haber sufrido maltrato psicológico”.