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Sobre este blog

Contrapunto es el blog de opinión de eldiario.es/navarra. En este espacio caben las opiniones y noticias de todos los ángulos y prismas de la sociedad navarra. Opinión, bien diferenciada de la información, para conocer las claves de un presente que está en continua transformación.

El convenio, visto para sentencia

Patxi Zabaleta y Adolfo Araiz.

Abogados —

El balance o el conjunto de balances de UPN en Navarra después de 30 años de preponderancia en el poder político es profundamente negativo: El balance de pacificación, convivencia, democracia y lucha contra la corrupción está por debajo de cero y se representa en el “régimen de exclusión”; el balance de políticas sociales se simboliza en la gran tijera; el de políticas económicas, investigación, empleo, etc se reflejan en los 50.000 parados y 4.000 millones de deuda; el balance de la cultura, en educación, cultura, euskara, etc.

¿Qué queda en positivo de la gestión de UPN? ¿Podría quedar la defensa de la identidad de Navarra, de sus fueros y de sus competencias? Pues quizá lo más negativo del balance esté en esta materia. Hay un pecado original o deque esencia; quién no defienda el euskara, parte esencial de la seña de identidad de Navarra, ¿cómo va a defender la identidad navarra en otros ámbitos? Bajo la responsabilidad de UPN se han perdido las competencias en materia económica, funcionarial, fiscal, de agua, de subsuelo… ¿Asunción de competencias? ¡Ninguna en los últimos 12 años!

Pues bien; en materia de competencia y de fuero también es profundamente negativo el balance de la gestión de UPN.

Lo peor es que UPN (y por desgracia el PNV) no solo no ha tenido capacidad política para defender el fuero, sino que ahora no tiene ni siquiera el eco político imprescindible para que Navarra sea tomada en consideración y sea respetada, evitándose así no solo la judicialización más común, sino el escándalo de que cualquier politicastro celtibérico en dificultades (Fabra, Navarro, Ignacio González, etc) recurra a meterse con el Convenio navarro y el Concierto vasco. Siempre nos atacan junto y la úncia defensa efectiva sería la unión.

Ahora, por providencia de 19-12-2014 la Sección 6ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha señalado para el día 13-1-2015 la votación y fallo del Procedimiento Ordinario Nº 438/2012, que el 10-12-2014 declaró concluso.

En este juicio, que fue promovido por el partido ultra-centralista UPyD ha estado en debate el “Acta 1/2012 de la Comisión Coordinadora. Se trata de nada más ni menos que aquel acuerdo de 7-5-2012, adoptado con toda precipitación entre Navarra y el Ministerio de Hacienda, cuando la empresa Volkswagen cambió la comercialización de sus vehículos, como consecuencia del Acta de Infracción levantada por la Inspección de la Agencia Tributaria Central.

La reclamación de “retrasos” dimanante de dicha acta se está viendo en el Procedimiento 469/2014 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, Sección 2ª, que aunque formalmente debate una resolución de conflicto negativo de 15-5-2014 de la Junta Arbitral del Convenio, en el fondo se discute una reclamación de 1.513 millones de euros por los “retrasos hasta 2012”.

Es decir, lo que en la Audiencia Nacional se debate la cuestión de 2012 en adelante, mientras que en el Tribunal Supremo se debaten los retrasos del periodo no prescrito hasta 2012. Las decisiones van a ser decisorias, pero el planteamiento político debió haber sido el de evitar la judicialización de esta cuestión.

El poder fiscal de Navarra, -que es originario, propio y preconstitucional- ha sido laminado y guillotinado por la judicialización en un tribunal político –por designación y composición- como es el Tribunal Constitucional con sus sucesivas STC Nº 20/2012, 110/2014 y recientemente la de 23-10-2014.

¿Se le ocurriría a alguien en su sano juicio llevar a los tribunales un acuerdo entre España y Francia? ¿O entre España y Malta, que es demográficamente menor que Navarra? ¿Se le ocurriría a nadie mínimamente sensato el judicializar las relaciones Londres-Edimburgo, si los escoceses pueden decidir?

El grupo parlamentario ARALAR-NABAI se ha personado en estos procedimientos del TS y de la AN. Inmediatamente atacaron esta personación como lobos; el abogado del Estado en ambos casos; el abogado del Gobierno de Navarra en la Audiencia Nacional, la cual ha desestimado sus recursos.

La principal argumentación –casi única del Abogado del Estado- ha sido la de la falta de legitimación de UPyD. Las 13 conclusiones (mal numeradas) del abogado del Gobierno de Navarra, abundan en las cuestiones definitorias y de naturaleza –a su juicio paccionada- de los acuerdos de la Comisión Coordinadora del Art. 67 del Convenio Económico. Ha de observarse con preocupación que el único “informe pericial” obrante en el procedimiento, que data de antes de nuestra personación es el efectuado a iniciativa de UPyD y su conclusión carente de rigor y de respeto político es contraria a los intereses de Navarra.

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