Las permanencias telefónicas, las devoluciones de productos o el plazo de devolución de los recibos son algunas de las cuestiones que más preguntan en la asociación los consumidores, según ha informado Irache en una nota.
Entre otras cuestiones, aborda la legalidad de las cláusulas de permanencia y asegura que “son legales, pero para que puedan aplicarse deben cumplirse unos requisitos”.
Así, indica que “el consumidor debe haber sido informado expresamente de su existencia antes de la contratación, la compañía ha debido cumplir con todas sus obligaciones contractuales, la cantidad a pagar debe ser proporcional al número de días no efectivos del compromiso de permanencia acordados, y la compensación en favor de la compañía debe corresponderse con daños efectivamente causados por la marcha del consumidor a otra compañía”.
Asimismo, el tríptico indica que no se le puede cobrar al consumidor por enviar la factura en papel a su domicilio. Así, destaca que “tiene derecho a recibir una factura en papel y este derecho no puede quedar condicionado al pago de cantidad económica alguna”.
En cuanto al plazo de garantía de los productos de consumo, Irache explica que “el vendedor responde de los defectos que se manifiesten en el producto durante un plazo de dos años desde la entrega”. En los productos de segunda mano, añade, “el vendedor y el consumidor y usuario podrán pactar un plazo menor, que no podrá ser inferior a un año desde la entrega”.
Por otro lado, informa de que “llevar a cabo una revisión ordinaria o un cambio de aceite del coche en un taller independiente no es razón para que el fabricante considere anulada la garantía del vehículo”.
Además, la asociación indica que el bono social de electricidad es “un descuento especial en la factura de electricidad aplicable a pensionistas con 60 o más años que perciban la pensión mínima por jubilación, incapacidad permanente y viudedad, a familias numerosas, a familias con todos sus miembros en situación de desempleo, y a consumidores con potencia contratada inferior a 3 kilowatios”. “Excepto en este último caso, en el que se aplica automáticamente, en los demás supuestos debe ser el consumidor el que lo solicite”, precisa.
Entre otras cuestiones, Irache responde en su tríptico a “cómo solicitar la baja de un seguro; qué plazo tiene un establecimiento para entregar los productos adquiridos; qué plazo tiene para contestar a una reclamación; y qué plazo tiene el consumidor para devolver un recibo”.