Un juzgado de Pamplona anula por abusiva la cláusula suelo de una hipoteca
El Juzgado de Primera Instancia número 7 de Pamplona ha anulado la cláusula suelo contenida en un préstamo hipotecario al considerarla abusiva y condena a la entidad bancaria a devolver las cantidades cobradas indebidamente en aplicación de dicha cláusula.
La sentencia mantiene la vigencia de la hipoteca, pero eliminando la aplicación del límite del suelo del 3% y del techo del 12%, dando la razón así a una cliente que había demandado a Caja España. Contra la sentencia cabe interponer un recurso de apelación.
El juez considera que la entidad bancaria “no ha cumplido con el doble control de transparencia” a la hora de garantizar la comprensión y información suficiente para el consumidor.
Así, señala que, “independientemente de que la cláusula en su redacción estricta sea relativamente sencilla (eso sí, incluida dentro de toda la complejidad y tecnicismo con el que se define el interés variable de la operación, sin resaltarlo específicamente en ningún momento)”, no se justifica “en modo alguno por la entidad bancaria demandada haber cumplido el deber correcto de información para con la parte demandante, el cual ni indiciariamente aparece”.
Además, el juez cita un documento aportado por la cliente en el que la entidad “no habla de límite mínimo” en la hipoteca y “no ofrece información mínimamente clara de la existencia del suelo aplicable”.