G20, trato o truco (fiscal)

Susana Ruiz

Responsable de Justicia Fiscal de Oxfam Internacional —
31 de octubre de 2021 00:03 h

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Los jefes de Estado del G20 darán respaldo hoy domingo a la propuesta de reforma del sistema fiscal internacional. Un acuerdo que se ha querido decir histórico, porque introduce dos elementos que rompen con el statu quo del diseño conocido en las casi diez décadas desde que se diseñó.  Por un lado, rompe con la idea de que las bases tributarias de mega corporaciones globales tan sólo pueden ser consideradas como nacionales, para empezar a redistribuir una parte (pequeña, del 25%) de los super beneficios globales por encima del 10% de rentabilidad a los mercados de destino. Así, se da la vuelta a la imposibilidad de gravar a grandes operadores que con la digitalización de la economía y los medios pueden operar desde fuera del territorio, pero manteniendo una total ausencia de presencia fiscal. El “truco”, es que es un acuerdo medido por lo que la Cámara de Representantes podrá aceptar, aplicándose a menos de 100 mega corporaciones de todo el planeta y apenas generando ingresos adicionales a los países en desarrollo. Oxfam ha calculado, junto con la consultora Oxford Economics, que los 52 países más pobres del planeta apenas ganarán unas migajas, un 0,002% del PIB en ingresos adicionales, para algunos países un 1 millón de euros más. 

La contrapartida en cambio es altísima, porque obliga a los países firmantes a no implementar medidas unilaterales tipo la “tasa Google” a partir de octubre de este año. España junto con otros 4 países (Reino Unido, Italia, Austria y Francia) han acordado un plan de transición con los Estados Unidos que levantará las sanciones comerciales a cambio de la retirada de este tipo de impuestos a diversos servicios digitales de aquí a fin de 2023. Una limitación severa a la soberanía nacional que también deja en el aire la propuesta de la Comisión Europea que aspiraba a plantear una iniciativa de impuesto digital (o “digital levy”) antes de fin de año como vía para generar recursos para dotar de fondos propios el presupuesto comunitario. La CE tiene ahora un elegante ejercicio de innovación y creatividad para cumplir sus objetivos, algo que nunca ha sido fácil por la regla que obliga a la unanimidad en la toma de dediciones fiscales en el marco europeo. 

El segundo elemento, es quizás del que más se ha hablado, la idea de fijar un mínimo del 15% en la tributación empresarial. Sin duda una mala noticia para los paraísos fiscales más agresivos, los del 0% (aún existen 13 territorios en el planeta con nula imposición en la tributación empresarial), pero una concesión del resto de países a países fiscalmente tan agresivos como Irlanda o Singapur. Porque realmente, el escaso nivel de ambición aquí alcanzado ha sido dictado por los intereses de Irlanda que amenazaba con no validar el acuerdo de la OCDE y el G20 y por tanto también torpedear cualquier posibilidad de consenso europeo futuro. ¿Por qué no es tan histórico tampoco en esta dimensión? De hecho, es esencialmente injusto en su diseño. Dos terceras partes de lo que potencialmente pueda recaudarse por este mínimo global irá a los países ricos, G7 y UE, porque sólo los países donde está la matriz de las grandes corporaciones podrán activar ese 15% de tipo mínimo. Si una gran empresa española cuenta con una filial en Argentina pero controlada desde otra filial en Irlanda a la que desvía gran parte de sus beneficios, sólo la AEAT española podrá reclamar la diferencia entre el tipo efectivo pagado en Irlanda para igualarlo con el 15%. A Argentina, no le quedará ningún beneficio directo, sino que cruzar los dedos esperando que en el futuro la empresa española no tenga más incentivos para seguir utilizando el puente de Irlanda. 

Según el Observatorio Europeo de la Fiscalidad dirigido por Gabriel Zucman, este mínimo global al 15% podría aportar 5.200 millones de euros a España. No son 5.200 millones de euros adicionales, sino ingresos que dejaríamos de perder porque ahora, las debilidades de los marcos internacionales hacen que los controles resulten inefectivos para retener esas bases tributarias. 

Pero en realidad, pueden quedarse en mucho menos. Otra de los grandes agujeros del acuerdo es la definición de la base sobre se va a aplicar este 15% de tipo mínimo, permitiendo hasta 10 años de periodo de transición en el que se pueden aplicar exclusiones considerables en tratamientos fiscales ad-hoc que podrían dejar el 15% de mínimo global reducido en un 30% en términos netos. En palabras mismas del director de asuntos fiscales de la CE, Benjamin Angel, el 90% de las discusiones de los socios europeos en el proceso se han centrado en amplificar al máximo la posibilidad de aplicar estas exclusiones. De hecho, España parece ser el país que más recaudación podría perder en términos relativos de los países OCDE

A nadie se le escapaba que el tratamiento fiscal de grandes corporaciones, en sus operaciones globales, hacía aguas hasta ahora y que la digitalización acelerada de la economía lo convirtió en absoluto sinsentido. Alcanzar un acuerdo era sin duda una urgencia en términos incluso de honestidad fiscal si eso pudiera considerarse. Pero este no es ese acuerdo que después de ocho años de negociaciones deberíamos haber alcanzado. El que han impuesto Irlanda y los Estados Unidos. El que el sector financiero, que se queda fuera, ha logrado negociar. Trato y truco.