Hablemos de las prisiones

Magistrada de la Audiencia de Barcelona —
5 de abril de 2024 06:00 h

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El asesinato de una trabajadora de la cárcel de Mas d’Enric en Tarragona el pasado 13 de marzo ha sido el detonante de una ola de protestas por una parte de los funcionarios de prisiones que nos ha hecho volver la mirada a los centros penitenciarios y a lo que allí ocurre. 

La protesta, realizada al margen del derecho de huelga, y el seguimiento que la mayoría de los medios de comunicación ha hecho de lo ocurrido incide nuevamente en el discurso de la “mano dura”. Se critica el trato excesivamente “buenista” con las personas que han cometido delitos y que se encuentran ingresadas en los centros penitenciarios. Los funcionarios han reclamado mayores medidas de seguridad, la utilización de armas y de sprays de defensa y han exigido la dimisión de la consellera de Justicia, Gemma Ubasart, y del secretario de Medidas Penales, Reinserción y Atención a la Víctima, Amand Calderó.  

En el fondo, el discurso de la “mano dura” es un ejemplo más del punitivismo. En nombre de la seguridad ciudadana, se exige la imposición de más penas de prisión y durante más tiempo. Todo castigo ante el delito se tilda de insuficiente, como hemos visto en los últimos meses en los casos de violencia sexual. Ante cualquier problema se busca la ‘fácil’ solución de introducirlo en el Código Penal y sancionarlo con una pena de prisión porque el resto de penas no son castigo suficiente. 

Es punitivismo la creencia mágica de que cualquier problema de convivencia se soluciona de manera preferente aplicando el castigo. El incremento de penas y la ampliación de los tipos penales ha provocado que estemos entre los países de la UE con más personas privadas de libertad y donde más tiempo se permanece en prisión. Ello ha conducido, obviamente, a la masificación de los centros penitenciarios.

Ante el actual panorama de masificación y de aumento de los conflictos en el interior de las prisiones quizás debamos de una vez por todas afrontar algunas preguntas incómodas relacionadas con el sistema de justicia penal: 

¿Qué efectos tiene la pena de prisión como respuesta al delito?  La experiencia y los estudios criminológicos son coincidentes: la privación de libertad y el ingreso en un centro penitenciario de las personas que han cometido delitos tiene poco o ningún efecto positivo si no incidimos en aquellos déficits personales y sociales que han llevado a la persona a cometer el delito. Tiene, en cambio, unos efectos devastadores a nivel personal, familiar y social para el condenado, al margen de la estimagtización asociada. 

¿Qué perfil de personas tenemos ingresadas en nuestras prisiones? La población penitenciaria es diversa, pero una parte importante procede de las capas más desfavorecidas de nuestra sociedad. Junto a ellos, encontramos un elevado porcentaje de internos con problemas de salud mental, trastornos conductuales o patologías duales, a las que se suman las patologías psiquiátricas o el consumo de sustancias estupefacientes y alcohol. 

Muchos de ellos son población joven con una trayectoria vital problemática cuyas familias han aguantado estoicamente, y muchas veces en solitario, los intentos de encauzar sus vidas. Han fracasado los recursos a nivel asistencial, médico y comunitario y la comisión de delitos les ha llevado a prisión. 

La mera privación de libertad en esos casos y en muchos otros no sirve para la rehabilitación ni para la reintegración del individuo a la comunidad. Ambos son no solo los objetivos principales, sino los únicos que debería tener la imposición de una pena según nuestra Constitución.

En múltiples ocasiones, la opción de cumplimiento de las penas en medio abierto, en régimen de tercer grado penitenciario, tiene un mejor pronóstico. En caso de ingreso efectivo en prisión, la adecuación del programa de intervención penitenciaria a los déficits que presenta esa persona, la progresiva incorporación a la comunidad y la flexibilización en el cumplimiento de las penas de prisión con incidencia en sus necesidades mejora ese pronóstico de reinserción y facilita las posibilidades de reincorporación efectiva a la sociedad. Así lo han demostrado recientes estudios sobre la tasa de reincidencia en Catalunya.

De ahí que deba defender el modelo penitenciario catalán. Es un modelo establecido firmemente desde los años 80 del pasado siglo y que ha tenido continuidad y desarrollo por parte de los sucesivos gobiernos de distinto color político. En ese modelo no están solo implicados  los trabajadores de prisiones, sino todos los actores de la administración de justicia, ONG, víctimas de delitos y comunidad en general. Se han destinado muchos medios, seguramente insuficientes, por el incremento continuado del número de presos fruto del punitivismo y sobre todo por el incremento de las patologías antes referidas.

Esas son las bases de nuestro modelo penitenciario en cuya construcción ha participado durante toda su carrera profesional Amand Calderó, que merece por ello mi respeto y reconocimiento.

Existe margen de mejora en distintos aspectos de dicho modelo, uno de ellos es la implementación del paradigma restaurativo en el cumplimiento de la pena que vengo reivindicando: focalizar la atención en las personas, en las víctimas y en sus necesidades, pero también en los victimarios y en su responsabilización frente al daño causado. Una mirada restaurativa que ponga en el centro del conflicto a las personas y que nos permita generar modelos de diálogo, de escucha activa, de empatía y en la que los afectados y el resto de la comunidad participen activamente. Catalunya ha sido pionera en la Justicia Restaurativa y se han cumplido recientemente 25 años de la puesta en marcha de ese servicio. La extensión de esa mirada restaurativa en el cumplimiento de la pena dentro y fuera de prisión ya se ha puesto en marcha.

Por ello, no deja de resultar paradójico que se hayan alzado parte de los funcionarios de prisiones contra dicho modelo y contra los responsables de la conselleria de Justicia. El objetivo marcado de rebajar la población penitenciaria y de flexibilizar el cumplimiento de la pena tiene como beneficiarios no solo los propios internos, sino también los funcionarios. Menos internos y menos masificación equivale a menos conflictos derivados de ésta y más medios personales para atender a los presos. La política de “mano dura” que se reclama no evitaría esa conflictividad sino más bien la incrementaría.

Como hemos visto estas semanas, el debate sosegado que planteo relacionado con nuestro modelo de justicia penal resulta dificil en el marco de un terrible suceso. Pero un asesinato no determina el fracaso de todo el modelo, como pretenden los que han liderado la protesta. Es exigible una investigación sobre lo ocurrido y extraer conclusiones que nos permitan mejorar el abordaje de determinados perfiles criminógenos, pero olvidamos con frecuencia que debemos convivir con el riesgo, porque es parte de nuestra vida social como seres humanos. No es posible acabar con los delitos graves, pero sí que podemos aprender a convivir con ellos y transformarlos y, en la medida de lo posible, evitar futuras víctimas. De eso hablamos cuando reivindicamos la mirada restaurativa de la justicia.

Pese al dolor por lo ocurrido en Mas d’Enric y el respeto al derecho a la protesta y a la reivindicación de cualquier trabajador, no podemos olvidar que la privación de libertad supone ya una severa restricción de los derechos fundamentales. Son ciudadanos a los que hemos privado de aquellos derechos que dan sentido a la pena impuesta, pero continuan siendo ciudadanos con otros derechos y es deber de todos salvaguardarlos.

Toda mejora profesional puede ser reivindicada, pero no a costa de los derechos de las personas privadas de libertad que por su situación son extremadamente vulnerables. No solo se afecta a esas personas y a sus familiares sino al resto de la comunidad por que, en nuestro nombre, el Estado les ha impuesto la pena de prisión. Los funcionarios de prisiones son garantes del funcionamiento de un servicio público y no pueden negociar mejoras con los presos como moneda de cambio.

El derecho a la protesta en una sociedad democrática debe entenderse de una manera amplia, tal y como ha establecido la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. No obstante, tiene como límite el respeto a los derechos fundamentales del resto de la ciudadanía en una convivencia ordenada. No puede ejercerse limitando o perjudicando gravemente esos derechos fundamentales, confinando a esas personas en sus celdas, privándoles de las visitas de familiares o de los profesionales que ejercen su defensa. En esos casos, el ejercicio del derecho de protesta se convierte en ilegítimo y entran en juego las previsiones del código penal.

Las imágenes que hemos visto en nuestras prisiones y la forma en que se han conducido esas protestas no pueden ser toleradas ni pueden repetirse.

Si bien he defendido siempre la resolución pacífica de los conflictos a través del diálogo, el posicionamiento de un sector del funcionariado de prisiones hace imposible ese proceso de diálogo al poner precondiciones para empezar a hablar. La premisa debe ser el reconocimiento mutuo de ambas partes como interlocutores. La conselleria de Justicia es el único interlocutor posible en este caso.

La mediación es un método de resolución de conflictos que ha dado frutos en muchos ámbitos incluso en situaciones donde la escalada del conflicto había hecho inviable cualquier acercamiento. Pero la mediación, como otros métodos de solución de controversias, requiere la voluntad de diálogo y el reconocimiento de la otra parte como interlocutor. 

Tenemos excelentes mediadores en nuestro país que podrían facilitar la salida de la actual situación, pero para ello es necesario que se acepte el diálogo ofrecido por la conselleria de Justicia de forma reiterada. El relevo del director del Centro Penitenciario Mas d’Enric o la revisión de los puestos de trabajo y de los protocolos de seguridad son medidas que claramente van destinadas a evaluar lo ocurrido y a implementar mejoras. Son decisiones que ponen en evidencia el firme compromiso de los actuales responsables en la mejora del servicio público y en la voluntad de buscar soluciones consensuadas. 

Si una parte de funcionarios de prisiones no acepta el diálogo, ¿qué alternativa les queda? ¿Cómo salimos de este conflicto?