El ministro de Hacienda, el Sr. Montoro, es un maestro de la mentira. Sacó el ventilador para escurrir el bulto y no asumir su reprobación–dimisión acordada por el Congreso esta semana, a instancias del PSOE, ante la chapuza de una amnistía fiscal pensada para defraudadores y declarada inconstitucional. Era su respuesta a los diputados socialistas que presentamos, el 25 de junio de 2012 al Tribunal Constitucional, un recurso pidiendo que se declarara la inconstitucionalidad de la amnistiÌa fiscal por la ruptura de varios principios tributarios.
Los socialistas no vamos a consentir la chulesca amenaza de Montoro al PSOE, realizada a la prensa de modo cobarde en los pasillos del Congreso, no en el Pleno, al señalar que “hay más socialistas que del PP acogidos a la amnistía fiscal y que están ante los tribunales”.
La respuesta de Pedro Sánchez no ha sido otra que la de exigir, por tercera vez en cuatro años, que el Gobierno de la corrupción publique la lista de todos los que se acogieron a la amnistía fiscal de 2012. Y como quiera que el PP justifica su negativa a esta petición de transparencia fiscal en que la ley no lo contempla, hemos hecho lo mismo que en 2013 y 2015: presentar de nuevo una Proposición de Ley para modificar de inmediato el artículo 95 de la Ley General Tributaria.
En las ocasiones anteriores, Montoro y Rajoy rechazaron en la votación del Congreso, gracias a su mayoría absoluta, esta medida básica para quienes entendemos la transparencia como principio de la regeneración democrática. Sin miedo, reclamamos a Montoro que dé sin perder un minuto los nombres de los supuestos socialistas que se habrían acogido a la amnistía fiscal –si los hay– y gestione desde ahora el apoyo a la iniciativa socialista de publicar la lista de todos los evasores y defraudadores a la Hacienda Pública.
El origen del enfrentamiento está en el Real Decreto–ley 12/2012, de 30 de marzo, por el que Montoro introducía diversas medidas tributarias y administrativas dirigidas a la reduccioÌn del deÌficit puÌblico, aprobando un procedimiento extraordinario de regularizacioÌn tributaria o “amnistiÌa fiscal”. Está claro que un procedimiento de esta naturaleza tiene graves consecuencias econoÌmicas y eÌticas tanto para la sociedad en su conjunto como para la Hacienda PuÌblica. La injusticia de esta medida y el secretismo en relacioÌn a sus beneficiarios, provocaron desde el principio un rechazo generalizado en la ciudadaniÌa.
La amnistiÌa/amnesia de Montoro concedió un tratamiento fiscal mucho maÌs favorable para quien habiÌa incumplido sus obligaciones tributarias que para el contribuyente cumplidor que paga sus impuestos. Y garantizaba la impunidad a delincuentes y defraudadores fiscales, permitieÌndoles blanquear dinero negro, incluso en metaÌlico o el proveniente de la comisioÌn de delitos, ya que ni siquiera se les ha preguntado sobre el origen de los fondos aflorados y regularizados. A posteriori, las inspecciones practicadas sobre los treinta mil acogidos han sido ridículas.
La amnistiÌa fiscal dificulta la lucha contra el fraude, ataca la conciencia fiscal de la ciudadanía y perjudica la lucha contra la corrupcioÌn. El ejemplo lo tenemos en Bárcenas, la familia Pujol, Rato y otros “pececillos”, en expresión frívola de Montoro.
El Tribunal Constitucional, que ha tardado cinco años en dar la razón al recurso socialista, ha declarado por unanimidad la inconstitucionalidad de aquella medida, con una dura sentencia en la que expresa que: “el Real Decreto Ley supone adopcioÌn de medidas que, en lugar de servir a la lucha contra el fraude fiscal, se aprovechan del mismo so pretexto de la obtencioÌn de unos ingresos que se consideran imprescindibles ante un escenario de grave crisis econoÌmica”.
Para el alto Tribunal, “supone la abdicacioÌn del Estado ante su obligacioÌn de hacer efectivo el deber de todos de concurrir al sostenimiento de los gastos puÌblicos (art. 31.1 CE). Viene asiÌ a legitimar como una opcioÌn vaÌlida la conducta de quienes, de forma insolidaria, incumplieron su deber de tributar de acuerdo con su capacidad econoÌmica, colocaÌndolos finalmente en una situacioÌn maÌs favorable que la de aquellos que cumplieron voluntariamente y en plazo su obligacioÌn de contribuir”.
Más adelante señala: “el objetivo de conseguir una recaudacioÌn que se considera imprescindible no puede ser, por siÌ solo, causa suficiente que legitime la quiebra del objetivo de justicia al que debe tender, en todo caso, el sistema tributario y las concretas medidas que lo integran; también ha afectado a la esencia del deber de contribuir al sostenimiento de los gastos puÌblicos que enuncia el art. 31.1 CE, alterando sustancialmente el modo de reparto de la carga tributaria que debe levantar la generalidad de los contribuyentes en nuestro sistema tributario, seguÌn los criterios de capacidad econoÌmica, igualdad y progresividad”.
Como denunció en la reciente comparecencia de Montoro en Comisión el portavoz de Hacienda del PSOE, Julian López, la alarma social provocada por estos acontecimientos y la loÌgica indignacioÌn de la ciudadaniÌa hacen imprescindible que se den a conocer los nombres de los beneficiados por la amnistiÌa fiscal. La publicacioÌn de estos datos es ademaÌs indispensable para asegurar la transparencia de los poderes puÌblicos y la eficacia en la lucha contra el fraude fiscal y el blanqueo de capitales.
En conclusión, pedimos en la Proposición de Ley al Gobierno que, en el plazo máximo de quince días desde su aprobación, adopte las medidas necesarias para dar a conocer la identidad de las personas, sociedades y demás entidades con personalidad jurídica que se han acogido al proceso de regularización de bienes o derechos derivados de rentas no declaradas o declaración tributaria especial y gravamen especial sobre dividendos y rentas de fuente extranjera, previsto en el Real Decreto–ley de 2012; así como el importe individualizado de las bases imponibles y cuotas declaradas.