En los últimos meses se suceden los intentos por tomar la iniciativa de reformar la Ley de Seguridad Ciudadana, Ley Mordaza por excelencia, y apuntarse el presunto tanto de acabar con una ley que cuenta con el rechazo de más del 80% de la ciudadanía.
Desde la Plataforma No Somos Delito formada por más de 100 colectivos y organizaciones sociales, hemos estado siguiendo de cerca este proceso y nos preocupa que ninguno de los textos alternativos presentados por PSOE y PNV recojan una regulación garantista del ejercicio de los derechos fundamentales.
En definitiva, nos enfrentamos al riesgo de que se consume la trampa de cambiar algo para que todo siga igual, evitando además entrar en un debate sereno, profundo y articulado con todos los actores sobre el concepto de seguridad ciudadana y las necesidades reales de legislación
Para ayudar a que esto no suceda, queremos informar a la ciudadanía de las cuestiones que más nos preocupan sobre dichas propuestas de ley en este artículo, que es el resultado de un profundo trabajo de análisis de ambas reformas realizado por un grupo de más de 20 juristas y ciudadanía en general.
1. Justificación de las reformas
A pesar de que PSOE alude en su exposición de motivos a la amplia contestación social como el principal motivo de necesidad para reformar la ley vigente, sin embargo, su propuesta de derogación combina lo peor de la Ley Mordaza y de la Ley Corcuera, más conocida esta última como Ley de Patada en la Puerta (LO 1/1992). Y esto, sumado a que el texto presentado por el grupo socialista sigue abusando del uso de conceptos jurídicos indeterminados y genéricos, que dificultan la definición del ámbito de aplicación de esta ley, lo que nos dejaría de nuevo ante una situación de indefensión frente a la norma, una de las principales críticas sociales a la ley vigente.
Por su parte, el PNV anuncia en su exposición de motivos una ampliación del derecho de huelga y los derechos y libertades de los extranjeros en España (derogación de las devoluciones en caliente incluida). Pero, si continuamos la lectura del texto, descubrimos que ¡no se incluyen tales cambios!, ya que dichos conceptos no aparecen desarrollados en su articulado.
2. ¿Una ley de seguridad ciudadana para proteger los derechos de las personas?
Nos preocupa mucho la noción de seguridad ciudadana que manejan las reformas presentadas tanto por el PSOE como el PNV.
En el caso del PNV, se coloca en el mismo plano la protección de los derechos fundamentales y la de los bienes, entendiendo la esfera pública como un espacio de “uso y disfrute públicos” y no como un espacio para el libre ejercicio de derechos, concepción que se aleja mucho de lo que necesita la ciudadanía y de la defensa de los derechos fundamentales. Además de que esta reforma mantiene en su definición de seguridad ciudadana conceptos jurídicos indeterminados como “tranquilidad y convivencia ciudadanas”, que amplían el margen de discrecionalidad a la hora de aplicar dicha ley.
Por su lado, el PSOE mantiene el mismo prisma que el PP sobre seguridad ciudadana confundiendo este concepto con el mantenimiento del orden público; además, de que no introduce en el texto ninguna definición. La única definición posible que encontramos en el texto sobre la noción de seguridad ciudadana es la referente a la finalidad de aplicación de la ley destinada a “asegurar la convivencia ciudadana, la erradicación de la violencia y la utilización pacífica de las vías y espacios públicos, así como la de prevenir la comisión de delitos y faltas”. Definición que usa de nuevo conceptos jurídicos genéricos, volviendo a la inseguridad jurídica que esto supone para la ciudadanía.
3. Home Sweet Home: regitros domiciliarios.
En esta ocasión el PNV pierde una preciosa oportunidad para regular de manera más garantista este apartado de registros domiciliarios, ignorando de nuevo que, salvo casos de autorización u orden judicial, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado sólo deben intervenir en domicilios particulares en supuestos tasados.
Es aun peor en este punto la propuesta del PSOE, que, en el Capítulo 3, recoge la posibilidad de entrada y registro en domicilios en diferentes supuestos, algunos de los cuales son competencia municipal y podrían ser usados para facilitar desalojos ilegales. Se incluye, además, una potestad de entrada en edificios de entidades públicas sin necesidad de autorización previa que, nuevamente, puede ser utilizado como excusa general para desalojar actos de protesta. En este mismo capítulo, recupera la posibilidad de realizar controles en la vía pública o en carretera para “el descubrimiento y detención de los partícipes en un hecho delictivo causante de grave alarma social”, sin describir a qué supuestos se refiere.
4. Actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (FCSE)
Respecto a evitar arbitrariedad en las actuaciones de los funcionarios públicos en la propuesta registrada por el PNV, el texto no especifica los supuestos en los que está justificada esta intervención. Los criterios propuestos para delimitar su actuación van desde el amplio marco de los “indicios” de participación y el vago espectro de que “se considere razonablemente necesario”.
Tanto PNV como PSOE pierden la oportunidad de regular de manera más garantista los supuestos en los que se puede requerir la documentación a fin de evitar controles de identidad discriminatorios y la posibilidad de regular con rigor los derechos que asisten a la persona “retenida” para ser identificada. Respecto de los principios que deben regir la actuación de los poderes públicos en relación con la seguridad ciudadana, el PSOE destaca la “cooperación y la lealtad institucional”, omitiendo otros principios esenciales para la protección de nuestros derechos como la legalidad, la igualdad de trato y no discriminación, oportunidad, proporcionalidad y responsabilidad.
Procede señalar que ambas propuestas mantienen, además, el valor probatorio de las declaraciones de los agentes de la autoridad. Resulta preocupante comprobar cómo en un procedimiento tan poco garantista como es el sancionador se insiste en no revisar una previsión que supone, de facto, una pérdida de posibilidades del derecho a la defensa.
6. Mantienen o incrementan los supuestos de infracciones
La propuesta del PNV mantiene 3 de las 4 infracciones muy graves, eliminando la sanción por manifestaciones frente infraestructuras en las que se presten servicios básicos para la comunidad, salvo en el supuesto en que la intrusión en las mismas produzca “una interferencia grave en su funcionamiento”, un término ambiguo que no es precisamente exculpador. De las infracciones graves, el PNV mantiene 7 de las tipificadas en la actual Ley Mordaza. En el caso de las multas por obstrucción a la autoridad, como son las protestas por desahucios, el PNV, por un lado, elimina de este supuesto la figura de las autoridades judiciales, pero, por otro lado, mantiene la figura de las autoridades administrativas, con lo que se podrían seguir sancionado las protestas por desahucios de vivienda municipal y autonómica que ahora son particularmente frecuentes. Además mantiene 10 de las 17 infracciones leves, lo cual resulta preocupante, ,,entre ellas, la sanción por falta de respeto a agentes de las FCSE, responsable de miles de multas infundadas desde que entró en vigor la actual ley. .
En la proposición del PSOE se incrementan de 4 a 11 el número de infracciones muy graves y desaparece solo una infracción. En cuanto a las infracciones graves, el PSOE reproduce 11 de las infracciones existentes e introduce 7 nuevas en su mayoría relacionadas con el uso y gestión de establecimientos y locales. De las infracciones leves mantiene 6 e incorpora 5 nuevas infracciones además de numerosos conceptos jurídicos indeterminados, como la alteración seguridad colectiva, actividades con trascendencia para la seguridad, etc.
Por último, otra cuestión que preocupa mucho es el Registro Central de Infracciones contra la seguridad ciudadana, o listas negras de infractores, que quedaría derogado por parte del PSOE, pero sin especificar qué pasará con los datos ya existentes en el registro, y que se mantiene vigente en el caso del PNV.
7. Derecho a la protesta
El PSOE mantiene 3 infracciones muy graves referidas al ejercicio del derecho de reunión y rescata de la Ley Corcuera las sanciones por la provocación de reacciones en el público que alteren la seguridad ciudadana, extendiendo la responsabilidad del individuo a las reacciones de terceras personas. Además, añade otra infracción muy grave, como la de causar desórdenes graves en vías públicas y daños graves a los bienes públicos. Entre las leves, introducen 3 nuevas infracciones: la desobediencia a agente de la autoridad, la alteración de la seguridad colectiva u originar desórdenes en las vías públicas. Y mantiene además la infracción por la celebración de reuniones o manifestaciones en lugares de tránsito público (artículo 26 j), lo que nos llama poderosamente la atención ya que precisamente este fue uno de los artículos de la Ley Mordaza (37.1) que recurrieron ante el Tribunal Constitucional.
El PNV introduce una disposición final que modifica la Ley reguladora del derecho de reunión, posibilitando la celebración de manifestaciones espontáneas y pacíficas en supuestos de urgencia, una reivindicación ciudadana constante, así como una exigencia por parte de la jurisprudencia europea. Pero, respecto a la responsabilidad de los promotores u organizadores de manifestaciones o concentraciones, mantienen exactamente la misma regulación que la ley vigente.
8. Criminalización de la pobreza
Nos preocupa gravemente que la proposición de la Ley de Seguridad Ciudadana del PNV mantenga la aberración jurídica que suponen las devoluciones en caliente en la frontera sur vulnerando el derecho de asilo. En su texto se limitan a señalar la exigencia de una regulación en el plazo de 3 meses para poder llevar a cabo las devoluciones conforme a la legalidad internacional, algo que, de facto, es ilegal.
9. Lo (poco) que cambia a mejor
Caben señalar también cambios positivos, aunque poco significativos en comparación a todo aquello que nos preocupa. La propuesta del PSOE contempla una rebaja de la cuantía de las sanciones respecto de la ley vigente en dos de los tipos de infracciones, volviendo a Ley Corcuera (LO 1/1992). En su caso, el PNV, aunque mantiene las mismas cuantías, introduce que las sanciones impuestas no podrán ser superiores a la que corresponda por infracción penal y propone, además, eliminar las sanciones por el uso no autorizado de imágenes de Cuerpos y Fuerzas de seguridad del Estado, las perturbaciones graves de la seguridad ciudadana en manifestaciones ante Congreso y Senado y los desórdenes y obstaculización en la vía pública. Incorporan, además, una disposición que posibilita la celebración de manifestaciones espontáneas y pacíficas en supuestos de urgencia.
10. La respuesta ciudadana
En vista a que estas propuestas de reforma se están llevando a cabo sin contar con la sociedad civil e ignorando que han sido plataformas ciudadanas, entidades sociales, operadores jurídicos y órganos nacionales e internacionales de Derechos Humanos las que hemos conseguido, con nuestro trabajo reflexivo de análisis y denuncia, que esta norma tenga hoy un poco menos de repercusión negativa en los derechos de las personas, desde No Somos Delito hemos organizado un debate ciudadano que se celebrará el viernes 17 de marzo en la Nave de Terneras de Matadero Madrid para analizar algunas de las cuestiones más inquietantes recogidas tanto en la Ley Mordaza como en los proyectos alternativos presentados por los distintos grupos parlamentarios y proponer cómo debería ser una legislación respetuosa con los derechos humanos sobre esta materia.