Una de las polémicas recientes de el tópico agosto sin noticias fue la excarcelación de Josu Uribetxeberria Bolinaga, preso desde hace años por crímenes como el secuestro de José María Ortega Lara o el asesinato de tres guardias civiles. Agentes, por cierto, de los que nadie parece querer recordar su nombre.
El citado recluso padece un tumor maligno. La enfermedad debe de estar algo más que en sus inicios, por cuanto se habla de unas posibilidades del 50% de supervivencia en el plazo de un año. A partir de ahí, ha empezado el baile habitual: a un lado de la pista, los que lo consideran poco menos que un mártir, y al Estado un cruel ogro dispuesto a arrebatarle a un pobre viejo la posibilidad de pasar los últimos días con los suyos y morir en paz; al otro lado, los que recuerdan que eso mismo es lo que el susodicho le preparaba al tristemente célebre funcionario de prisiones, y le desean una larga agonía entre rejas.
La cuestión es ¿qué dice el Derecho sobre esta cuestión? Porque, por supuesto, ni unos ni otros van a decidir la cuestión, afortunadamente. La penúltima palabra sobre esto la ha tenido un juez, en este caso, el titular del Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria. La última, en caso de recurso de cualquiera de las partes, la tendrá la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional... Y hasta ahí. El Tribunal Supremo no va a pintar nada en esta cuestión, porque las decisiones de un juez unipersonal son recurribles en apelación ante una Audiencia, pero ya no cabe ulterior recurso. more
Pero no nos desviemos de la cuestión. Si han consultado alguna fuente bien informada, habrán visto que tanto el Reglamento Penitenciario como el Código Penal hablan de abrir la verja de la prisión en caso de “enfermedad muy grave con padecimientos incurables”. Sí, exactamente la misma frase. El “copia y pega” ha hecho mucho daño en la calidad de redacción de nuestras leyes.
¿Y qué entienden los Tribunales de Justicia por “enfermedad muy grave con padecimientos incurables”? Pues habría que saber de qué tipo de tumor estamos hablando, por supuesto. No tienen las mismas tasas de mortalidad uno de próstata que uno de páncreas de los malos (el que se llevó a Steve Jobs no, el otro). Tampoco es lo mismo un estadio I que un IV, que así se llaman los grados de desarrollo y extensión de los tumores.
Así que nos faltan bastantes datos. La cuestión es compleja, y va a depender mucho de lo razonados y documentados que resulten los informes de unos y otros peritos. De primeras, los médicos del Hospital Donostia, haciendo honor a su profesión, se han curado en salud: un informe firmado por una “comisión médica”, sin nombres. Ignoro por qué han tomado semejante decisión. Quizás se han contagiado del espíritu asambleario del 15M. O quizás ninguno quería comerse el “marrón” de firmar en solitario y asumir la responsabilidad. Que luego el presunto moribundo se te da a la fuga, y va la Justicia y te busca las cosquillas.
Tampoco han adjuntado la historia clínica del paciente, con lo que flaco favor le hacen al mismo. Porque, de repente, parece que quieren ocultarle datos relevantes a su señoría. Y así, el médico forense, que no es precisamente un oncólogo, va y les saca los colores, diciendo que el preso no está en riesgo de muerte y puede ser tratado perfectamente en la prisión.
La Fiscalía de la Audiencia Nacional, por supuesto, también tiene su propia opinión al respecto. Recuerden que ante un juez suelen ir dos partes. Una está clara, es el penado, que busca lo mejor para sus intereses. La otra, en asuntos penales, es el fiscal. Por inercia del oficio, el Ministerio Público tiende a desconfiar de los peritos ajenos a la maquinaria judicial. Y por las razones antes expuestas, en este caso tiene motivos para andar con la mosca detrás de la oreja. Así que, a la vista del informe del forense, ha dicho que nones. ¿Y eso significa que no va a salir? Pues no exactamente. Como les dije al principio, el preso pide una cosa, el fiscal pide otra, pero el que tiene la última palabra es el señor de la toga con puñetas y escudo bordado que se sienta en el centro de los estrados. De momento, el Juez Central de Vigilancia Penitenciaria ha dicho que sí a la concesión de libertad condicional. Veremos que opina la Audiencia Nacional ante el previsible recurso de la Fiscalía
Pero, ¿no hay precedentes por los que guiarnos? Pues claro que sí, hombre. Enfermos de cáncer salen de las cárceles frecuentemente, y nadie pone el grito en el cielo. Recuerdo un caso que vi de cerca. Llamémosle Rufino. Rufino era un pájaro de cuidado. Tenía por costumbre dar palizas a su mujer y a su hija de corta edad. Hasta que la niña cumplió los 12 años y empezó a desarrollarse, momento en el que empezó a pegarla menos y violarla más. La convirtió en su esclava sexual hasta los 16 años, momento en que la niña se emancipó y voló del nido, con su vida arruinada.
Como su mujer también le abandonó, Rufino pasó unos años de soledad, en los que se dedicó a reunir una considerable colección de pornografía infantil, afición que debió de tomar de cuando grababa con la videocámara casera las agresiones sexuales a su hija. Y así siguió hasta que conoció a una mujer divorciada, con una niña de cinco años, que lo ignoraba todo de su pasado. Pero en un descuido de la madre, las antiguas costumbres volvieron y agredió sexualmente a la niña.
En esta ocasión fue descubierto, cayó sobre él la Justicia, se descubrió su terrible pasado y acabó con sus huesos en prisión. Allí pasó dos años como preventivo, hasta que llegó el juicio y le impusieron 28 de los 35 años de prisión que pedía la Fiscalía. Menos de un año después de la firmeza de la sentencia, el juez de Vigilancia Penitenciaria le dejó en libertad.
¿Adivinan la razón? Exacto. Había desarrollado un tumor, uno pequeñito, de los que se pueden tratar con quimioterapia, pero su señoría entendió que era intolerable que un enfermo oncológico tuviera que ser tratado en prisión.
Así pues, no se trata de una decisión condicionada por lo horrendo del crimen, pues ya me dirán si existen delitos más abyectos que los de Rufino. Por otro lado, les aseguro que sigue vivo, o al menos lo estaba hasta hace poco, y eso que ha pasado bastante más de un año. Es decir, su tumor no era tan mortal.
Entonces, ¿cuál es el problema? Si existen precedentes de excarcelaciones por motivos de salud en casos de delitos terribles, sin necesidad de que el reo esté exactamente a las puertas mismas de la muerte... ¿qué ha cambiado para que ahora estemos con todos estos dimes y diretes? Quizá sea la repercusión mediática que tienen los presos de ETA, sobre todo cuando han perpetrado crímenes tan grabados en la memoria colectiva. Si es así, si todo depende de que seas un monstruo famoso o uno anónimo, la verdad es que empieza a dar todo bastante asco.
A mí me hubiera gustado que Rufino hubiera tenido un contrainforme pericial, como el del forense de la Audiencia Nacional; que se hubiera llegado hasta el fondo sobre si podía recibir tratamiento en la cárcel o no, y que en caso afirmativo, se quedase en su celda, purgando todos y cada uno de los días que le restaban hasta cumplir su condena. Pero ese es otro debate. El de las cosas que se debieron hacer en su momento, antes de que nos pillara el toro. El que nunca parecer ser de actualidad en este país.