Las sinrazones de la ley Gallardón

Francisca García

Presidenta de ACAI (Asociación de Clínicas Acreditadas para la IVE) —

A veces, para poder desmontar el discurso del contrario se hace imprescindible entrar en sus argumentos. Dicen los populares que la “no disminución del número de abortos” y nuestra elevada tasa de interrupciones están entre las principales razones para promover la Ley de Aborto que presentan. Sin embargo, la obstinada realidad les desmiente, ya que el número de abortos ha descendido en 2012 un 5'1% en nuestro país. Por otra parte, nuestra tasa de aborto se sitúa en la media de la Europa Occidental, en torno al 12 por 1000, muy alejada de la tasa de aborto internacional, un 28 por mil. El 70% de esas interrupciones se realizan antes de la semana 8 por voluntad de la mujer y con total garantía sanitaria, por lo que no parece que ni los abortos tardíos ni la seguridad sanitaria y jurídica puedan ser otras de las razones esgrimidas como motores del cambio. Tampoco la tan manida “demanda social”, ya que el 85% de la sociedad civil opina que solo la mujer debe decidir sobre su maternidad.

ACAI considera que la reforma de los populares en contra de lo “pretendido” conseguirá el efecto contrario: el aumento del número de interrupciones, dado que la derogación de la actual regulación supone también la derogación de una normativa relativa a la educación sexual, prevención, anticoncepción... ;políticas que son las únicas que pueden contribuir al descenso en el número de abortos en nuestro país. Por otra parte, al no permitir el aborto en base a la grave enfermedad del feto y contemplar un plazo máximo de 22 semanas para abortar, se aumentarán los abortos preventivos.

Asimismo, y tal y como acreditan los principales organismos internacionales, a nadie debería pasar desapercibido que las leyes restrictivas como la que quiere aprobar el PP no solo no disminuyen el aborto sino que provocan éxodos abortivos e interrupciones clandestinas e inseguras.

Otra de las razones que sostiene el Partido Popular para apuntalar su anteproyecto es la estimación de que el nasciturus no está protegido al mismo nivel que la mujer y que tal circunstancia ha de ser subsanada. Y ciertamente así es, ya que es obvio que constitucionalmente la mujer, que es persona, no está ni puede estar al mismo nivel en derechos que el nasciturus, sino por encima de él, cuando se produce un conflicto. Y así lo avala la sentencia del T.C cuando afirma que “la vida del nasciturus no tiene el mismo rango de protección que el derecho a la vida, a la salud, a la integridad y a la privacidad de la mujer”

Dicen también los populares que es “necesario dar eficacia al asesoramiento, a la asistencia y a la información clínica proporcionada a la mujer embarazada”. Es decir, se afirma que se incumple la actual norma que obliga precisamente a dar ese asesoramiento a la mujer para que esta tome una decisión libre e informada. En este sentido, desde ACAI hemos requerido al promotor del anteproyecto que aclare sobre qué extremos se estima que no se informa a la mujer en la actualidad. En definitiva, qué vulneraciones de la norma, a su juicio, se están produciendo. Ante la ausencia de respuestas, nos tememos que lo que el PP busca en realidad es abrir la puerta a que el asesoramiento de la gestante se convierta en un desfile de personas, relacionadas o no con la mujer, ante las que esta tenga que exponer su intimidad. De hecho, el término “aceptación tácita” incluido en el texto en relación al asesoramiento, nos parece a los profesionales una invitación descarada a que puedan adentrarse en la intimidad de la mujer personas cuyo objetivo único sea combatir el aborto.

Dice también el Ministro de Justicia que con su anteproyecto buscan hacer partícipes a los progenitores, tutores o curadores en la toma de decisión de las menores o personas que necesitan de complemento para decidir sobre la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE). En este sentido, tenemos que afirmar que tres de cada cuatro mujeres de 16 y 17 años acuden acompañadas de uno de sus progenitores. La cuarta, la que acude sola, o está emancipada de hecho, casada, ya es madre...o no puede contar con ninguno de sus tutores porque por razones ideológicas, morales o religiosas, o por su propia seguridad física no puede hacer partícipe a sus padres de la situación.

En esta línea de pensamiento, el Gobierno pretende modificar la Ley de Enjuiciamiento Civil para crear un nuevo procedimiento urgente que, en caso de conflicto, complete la falta de capacidad de las menores. Este proceso “ad hoc” prevé un periodo de 15 días para tramitar todo el proceso. Creer que durante ese tiempo se tramitará un procedimiento judicial que agote la primera y segunda estancia y se celebrará una vista previa solicitud con el emplazamiento anterior de todos los interesados, es desconocer absolutamente la situación de los Juzgados y Tribunales españoles. Es configurar en definitiva un procedimiento innecesario, de imposible cumplimiento y de tal amplitud de interesados que casi se convierte en una broma la calificación del proceso de “actuaciones reservadas”

Dice el Partido Popular que quiere defender la libertad y la intimidad de la mujer. En este sentido quisiéramos señalar que para cualquier mujer abortar en nuestro país se convertirá en una carrera de obstáculos médicos, administrativos y jurídicos tendentes a limitar de forma clara las posibilidades de abortar, incluso en aquellos casos puntuales no penalizados por la norma. Un periplo médico y vital completamente tutelado y “público” que puede llegar a situar a la mujer en semanas de gestación que impidan en sí mismas el aborto por límite temporal. En definitiva, con esta carrera de obstáculos, el Estado español contravendrá la posición del Tribunal Europeo de Derechos Humanos “que recomienda a los países no estructurar su marco jurídico de tal forma que se limiten las posibilidades legales de obtener un aborto”.

La propuesta normativa no cuenta con el largo recorrido que le impone a la mujer que pretenda abortar en forma legal; ese recorrido impide la salvaguarda de la intimidad de la mujer y la protección eficaz que la norma pretende toda vez que los documentos que se generen (certificado de asesoramiento e información; los certificados de los especialistas, etc...) deben de ir de un sitio para otro y en cada lugar nuevo al que llegue la mujer, necesariamente deberá identificarse y demostrar que los documentos que le permiten justificar haber superado cada fase le corresponden a ella y no a otra mujer.

Esta norma que nos quieren imponer en contra de la opinión mayoritaria de la ciudadanía, este proyecto de ley contrario a la Resolución 1607 de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa que recomienda a los Estados apostar por despenalizar el aborto en los plazos de gestación razonables; este anteproyecto que es la única promesa de su programa electoral que han cumplido nos aleja de Europa, invisibiliza a nuestras mujeres y devuelve a la más absoluta inseguridad jurídica a los profesionales. Y esos sí son argumentos reales y de peso que invalidan la tendenciosidad moral con la que se pretende justificar esta reforma.