Eduardo Pérez Gorostegui, catedrático de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), ha sido absuelto por la Justicia después de probarse que propuso la contratación de sus dos hijos como colaboradores en varios cursos y que, además, solicitó el pago de una factura de casi 18.000 euros a su propia empresa. Los jueces de la Audiencia de Madrid entienden que su conducta es “reprochable” pero no un delito: asegura que todo era una “ficción” y lo que intentaba hacer, en realidad, era sortear los controles de la UNED y seguir percibiendo lo que cobraba por organizar esos cursos antes de que se extremase la vigilancia sobre los gastos.
Todo, según la sentencia a la que ha tenido acceso elDiario.es, ocurrió en el curso 2014/2015. Pérez Gorostegui, catedrático ligado a la UNED desde 1990, era entonces director de cursos de formación permanente y estaba habilitado para elegir a sus colaboradores y fijar sus condiciones laborales. En ese contexto decidió autorizar la contratación de sus dos hijos como docentes ocasionales en el curso de Gestión de Nóminas y los másteres de Administración de Empresas y Dirección de Recursos Humanos que él dirigía.
Ninguno tenía formación en ninguna de esas materias. Contaban 19 y 20 años respectivamente y uno de ellos estaba en el primer curso de de una ingeniería. Según el catedrático, tenían conocimientos informáticos y para eso les había requerido: para adaptar “el modelo de simulación INTOP del sistema operativo XP a Windows 8”. En otra ocasión también usó su puesto y su poder para ordenar el pago de una factura de 17.999 euros a una sociedad, Eudigobea SL, controlada por él mismo. Un euro por debajo del límite legal para tener que sacarlo a concurso.
Entre todos los pagos cuestionados por los investigadores, el catedrático propuso abonos de más de medio millón de euros a su propia empresa y sus dos hijos, aunque la gran mayoría no llegó a cobrarse después de que saltaran las alarmas en los mecanismos de control de la propia UNED. Ahora la Audiencia Provincial de Madrid ha decidido absolverlo al entender que no incurrió en delitos de falsedad documental, prevaricación o negociaciones prohibidas a los funcionarios.
Según los jueces todo fue un mecanismo para intentar engañar a la UNED y cobrar cantidades similares a las que percibía antes de que la universidad levantara métodos más efectivos de control sobre la Fundación de la UNED y sus cursos. Lo que hizo, según la Audiencia de Madrid, fue “arbitrar un sistema para cobrar lo que venía percibiendo en años anteriores” pero no el delito que le atribuían la Fiscalía y la propia universidad representada por la Abogacía del Estado. Fue “reprochable”, infringió la normativa de incompatibilidades, pero no fue un delito.
Este catedrático del área de organización de empresas de la UNED fue llevado ante la Justicia por la Fiscalía en el marco de una investigación a gran escala de desvío de fondos públicos de la universidad por parte de diversos profesores. Tal y como reveló El Confidencial en 2018 la Fiscalía acusó a varios docentes de derecho civil de desviar el dinero que ganaban con cursos de enfermería de la Fundación: el precio final superaba con creces el presupuesto inicial y gran parte de la diferencia iba a parar a sociedades de los profesores en vez de a la UNED.
En el caso de Eduardo Pérez, la conclusión a la que llegan los jueces es que creó “una ficción” con la contratación de sus hijos y de su propia empresa para poder sortear los mecanismos de control impuestos ese mismo año sobre los cursos de la Fundación de la UNED. Lo que hizo, según la sentencia, fue “arbitrar un sistema para cobrar lo que venía cobrando en años anteriores”, antes de que la Intervención General del Estado (IGAE) alertase sobre cómo muchas facturas y contratos relacionados con estos cursos iban a parar siempre a las mismas empresas.
“Es evidente que su conducta es reprochable”
El catedrático esquiva así la acusación que habían ejercido tanto la Fiscalía como la propia UNED representada por la Abogacía del Estado. El Ministerio Público había pedido 3 años y 9 meses de cárcel, 8 años de inhabilitación y multa de 43.200 euros por un delito de prevaricación y otro más de falsedad documental. La UNED había pedido una condena más alta de inhabilitación al añadir a la lista un delito de negociaciones prohibidas para los funcionarios públicos.
Los jueces abordan una argumentación compleja para rechazar los tres delitos. En el caso de la supuesta falsificación de la factura de 17.999 euros a su propia empresa, el tribunal explica que se trata de un justificante electrónico y que no han tenido acceso a la supuesta factura, nunca remitida al proceso. Entienden, además, que no hay pruebas de que no respondiera a un trabajo efectivamente realizado por el catedrático aunque lo facturase a través de una sociedad para pagar menos dinero a Hacienda.
Tampoco cometió un delito de prevaricación, según la Audiencia, al nombrar como colaboradores de cursos y másteres a sus propios hijos ni tampoco en las autorizaciones de cobro para que obtuvieran en torno a medio millón de euros. En cuanto a lo primero, los jueces establecen que incurrió en causa de incompatibilidad al proponer la contratación de sus propios hijos pero reprochan falta de pruebas en cuanto a que lo hiciera en calidad de “docentes de carácter ocasional sin formar parte del equipo docente”. Tampoco hay pruebas, dice el tribunal, de que hicieran efectivamente la revisión del material didáctico: “Se trata de unas autorizaciones ficticias” aunque le ayudaran a revisar efectivamente el material.
Lo mismo pasa con los pagos. Tenían la relación de trabajos realizados, sus datos e incluso la cuenta bancaria para realizar el pago pero para el tribunal eran, en realidad, “propuestas de pago, no un acto administrativo decisorio, pero en todo caso, autorizaciones que lógicamente tampoco eran reales, siendo ficticias como lo eran los nombramientos de sus hijos como personal colaborador”. Lo mismo sucede con la factura de 17.999 euros.
El resultado es que, para el tribunal, su conducta “es reprochable, pero no por los delitos de los que viene acusado” aunque deja la puerta abierta a que “los hechos pudieran ser constitutivos de otro tipo penal”. Esta es la segunda vez en que la Audiencia de Madrid sentencia y absuelve a este catedrático, después de que el Tribunal Superior de la Región obligase a repetir la primera sentencia por no haberse contemplado también la acusación de falsedad documental.
El descontrol de la UNED
La sentencia, según ha sabido este diario, ha sido recurrida al menos por la UNED a través de la Abogacía del Estado. La sentencia también deja claro que hasta el curso 2014/2015 no existió un control efectivo sobre estos cursos de la Fundación de la universidad y la gestión de sus directores. Se detectaron, dice la sentencia, “debilidades de control interno en dichas actividades” como cursos de formación permanente, proyectos con empresas e instituciones y congresos, jornadas y seminarios.
Entre otras, apunta a “falta de manuales de procedimientos donde se encuentre claramente expuestos por escrito de las normas y procedimiento operativos a la gestión de las distintas actividades” y señala que “en la justificación de los gastos es suficiente con la presentación de un formulario firmado por el director del curso”. Son conclusiones procedentes de un informe de la IGAE aportado al caso. Concluye la Audiencia que “el sistema que se venía utilizando en la Fundación de la UNED, para la organización de cursos, carecía de control”.
Fuentes de la UNED explican a este periódico que a raíz de la detección de estas irregularidades se cambiaron los protocolos y todo el sistema con este tipo de cursos y su gestión pasó a manos de la universidad y no de la Fundación, para tratar de situaciones como ésta. El caso, de todas maneras, todavía no ha sido zanjado en firme: al menos la UNED ha recurrido la absolución ante el Tribunal Superior de Justicia a través de la Abogacía del Estado.