Las acusaciones populares han presentado ya sus respectivos recursos a la decisión de la Audiencia Nacional de cambiar por sorpresa la composición del tribunal que juzgará el caso de la financiación irregular del Partido Popular. En sus escritos, a los que ha tenido acceso eldiario.es, se alude al hecho de que la jueza que ha posibilitado tal cambio, la presidenta de la Sala de lo Penal, Concepción Espejel, fue apartada con anterioridad de éste y del tribunal de Gürtel por su proximidad al partido de Mariano Rajoy.
Espejel fue recusada en cinco causas de otras tantas piezas del caso Gürtel la Sala de lo Penal admitió dichas recusaciones. En otras dos fue ella la que se apartó. Por aquel entonces, Concepción Espejel era presidenta de la Sección Segunda. A pesar de ello, el pasado mayo fue ascendida por la mayoría conservadora del Consejo General del Poder Judicial a presidenta de la Sala de lo Penal, puesto desde el que ha trasladado a la Sala de Gobierno el cambio en el tribunal de la caja B, previa propuesta de su sustituta en la Sección Segunda.
Los abogados de la acción popular recogen varias irregularidades que detectan en la decisión de cambiar al tribunal y acabar con la mayoría en su seno que posibilitó, entre otras medidas, citar a Mariano Rajoy como testigo en Gürtel. Todos coinciden en que se está vulnerando el derecho al juez natural, esto es, a que juzgue el magistrado a quien señala la ley.
“Entendemos que la decisión de remover la composición de los magistrados de la Sección que deben acordar la admisión de pruebas pertinentes y dictar sentencia presente una evidente apariencia de irracionalidad e imparcialidad, vulnerando el derecho fundamental al juez predeterminado por la ley”, escribe Izquierda Unida en su recurso de reforma. Adade, que ha optado por un recurso de súplica, advierte incluso de que esas irregularidades pueden provocar la nulidad de la causa.
La nueva presidenta a la Sección Segunda, María Jesús Rodríguez Duplá, ha decidido ejercer su prerrogativa de presidir cuantas vistas considere y eso ha obligado a cambiar la composición de los tribunales de las mismas. Dos de los jueces de Gürtel, que también iban a juzgar la caja B, presentaron un escrito en el que apelaban a la “especial sensibilidad” del caso de la financiación irregular del partido en el Gobierno, pero su pretensión fue desestimada.
De esta forma, el tribunal de Gürtel ya no será el que juzgue la caja B. Solo permanecerá el magistrado progresista José Ricardo de Prada, quien había formado mayoría con el conservador Enrique de Diego para citar a la plana mayor de Aznar o al propio Rajoy al juicio de la conocida como Pieza Principal. De Diego y Ángel Hurtado serán sustituido por Rodríguez Duplá y Juan Pablo González, un magistrado que fue vocal del GCPJ a propuesta del PP y que participó en un curso de FAES con un imputado en Gürtel. Las acusaciones populares ya preparan también los escritos de recusación de González.
Por otra parte, Adade denuncia haya sido la propia sala quien haya modificado por sí misma la composición del tribunal orillando a la Letrada de la Administración de Justicia, a quien compete aplicar las normas de reparto que configuran los tribunales, según establece la Ley Orgánica del Poder Judicial. La Audiencia Nacional tampoco ha respetado la forma en que debía dictarse, según Adade, la resolución. Estima la acusación popular que se debía haber dictado un auto (resolución razonada) y no una simple providencia.
Los abogados de Adade denuncian además “la más absoluta indefensión” por el hecho de no haber sido publicadas las normas de reparto para 2018, según las cuales se ha procedido a cambiar la composición del tribunal de la caja B.
“Especial sensibilidad” del caso
Esa “especial sensibilidad” del caso es recuperada en el recurso de reforma de Observatori Desc. “No entendemos que este asunto de especial sensibilidad, por las consecuencias que ello llva para la credibilidad de los tribunales de justicia, deba estar sometido a tantos vaivenes procesales de dudosa apariencia legal. Sin duda alguna, hechos tan graves como los que se enjuiciarán merecen un juicio de apariencia legal, sin fisuras y sin lógicas deudas acerca de quénes comprondrán la sala de enjuiciamiento”, dice esta acción popular.
Por su parte, Adade advierte: “El cambio de las normas de reparto con efectos retroactivos, como es el recogido por la providencia recurrida, encaja perfectamente en el concepto de designación ex post facto, es decir, una vez conocidas las causas y su relevancia mediática y para el Partido Popular en el Gobierno, lo que anularía la decisión, sin lugar a dudas y podría dar lugar a la nulidad de la cuasa”. Al respecto, Izquierda Unida añade: “Debemos recordar que en el proceso penal rige, de forma imperativa, con rango constitucional, el principio de irretroactividad”.