La diputada del PP Cayetana Álvarez de Toledo ha advertido este miércoles de que la intervención del correo electrónico y el teléfono móvil del Fiscal General, Álvaro García Ortiz, ordenada por el Tribunal Supremo en el marco de la investigación por la supuesta filtración de los datos personales de la pareja de Isabel Díaz Ayuso puede derivar en otra investigación sobre asuntos que no están relacionados con la materia. Así lo ha explicitado en su pregunta parlamentaria al ministro de la Presidencia, Félix Bolaños.
“Usted tiene miedo por otras cosas que pueden aparecer en el móvil del fiscal general”, le ha dicho, para especificar: “Correos, conversaciones comprometedoras, incluso nuevos delitos de García Ortiz o de otros que la Guardia Civil tendrá que investigar”. “Es la doctrina del hallazgo casual”, ha explicado la portavoz adjunta del PP. “Quédese con ese sintagma, perdonavidas, hallazgo casual”, ha espetado a Bolaños.
Álvarez de Toledo ha anticipado incluso sobre qué asuntos debería buscar información la Guardia Civil y el Tribunal Supremo en las comunicaciones del fiscal general. “¿No se le habrá ocurrido a usted maniobrar contra el novio de Ayuso o a favor de Begoña Gómez o en beneficio de Puigdemont contra el criterio de los fiscales, verdad?”, ha dicho.
Aunque la causa por la que se han intervenido las comunicaciones tiene que ver con Alberto González Amador y Ayuso, la diputada del PP ha propuesto desviar la investigación hacia otros asuntos: “Los correos y conversaciones incautados coinciden con la fecha de la aprobación de la ley de amnistía y de los primero pasos de la Justicia contra en entorno político y familiar del presidente del Gobierno. ¿Sabe quién sale en las portadas del día 8 [de marzo de este año, fecha inicial de la incautación de la información]? Usted, felicitándose por la ley de amnistía”.
El juez Ángel Hurtado habilitó a la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil a copiar y llevarse todos los correos electrónicos y mensajes de móvil del fiscal general desde marzo hasta la actualidad. Siete meses de comunicaciones profesionales y privadas de Álvaro García Ortiz que, según ha denunciado la Abogacía del Estado por escrito ante el juez, incluyen “información que puede comprometer la seguridad del Estado”.
Aunque el clonado de información fue global e indiscriminado, desde el principio el juez Hurtado ha explicado que solo se deberá recopilar los mensajes relacionados con el caso: la supuesta filtración a la prensa de información sobre el caso de fraude fiscal de Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso. Pero en el mismo auto también dejó abierta la puerta a que la UCO extrajera cualquier cosa que, según su criterio, pudiera parecer un delito.
“En el caso de la aparición de un hallazgo casual”, dijo el juez, el funcionario del Supremo tenía el encargo de dejar constancia y recoger el material identificado, en referencia al momento mismo del registro. Si ese día la Guardia Civil incautó algo al margen de lo que pedía el juez por considerar que podía ser una prueba de otro delito no relacionado con Alberto González Amador, sería necesario una nueva autorización judicial.
Una búsqueda acotada
La propuesta de Cayetana Álvarez de Toledo para que el Supremo coja todo el material incautado y busque si hay algo más choca, en principio, con las órdenes de Ángel Hurtado: el análisis pericial de los correos y mensajes, dijo en un auto del pasado ocho de noviembre, “queda acotado a las fechas que abarcan” unos cuantos días de marzo de 2024. Y todos sus autos han especificado solo debe analizarse material relacionado con la causa.
La doctrina del hallazgo casual de la que habla la diputada del PP ha sido matizada y limada por el Tribunal Supremo y la Fiscalía en el último lustro. “Los poderes públicos no pueden inmiscuirse en la intimidad de los sospechosos, interceptando sus comunicaciones, con el exclusivo propósito u objeto de indagar a ciegas su conducta”, ha dicho en una ocasión el Supremo.
No es imposible abrir una nueva causa cuando durante un registro o una intervención telefónica se obtengan indicios de otro tipo de delito. Pero a lo largo de las últimas dos décadas España ha sido condenada en varias ocasiones precisamente por irregularidades en la obtención de este tipo de pruebas. “Será preciso valorar y fundamentar que el hallazgo casual no se ha obtenido fraudulentamente, es decir, acordando medidas que -bajo el amparo de la averiguación de otro delito- realmente perseguían el descubrimiento de infracciones para cuya investigación no había fundamento”, estableció la Fiscalía en una circular de 2019.