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Las claves de la decisión del Constitucional que ha paralizado su propia renovación

El presidente del Tribunal Constitucional, Pedro González-Trevijano, a 15 de diciembre de 2021

Marcos Pinheiro / Alberto Pozas

20 de diciembre de 2022 00:01 h

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El Tribunal Constitucional ha tomado una decisión insólita en democracia al paralizar la tramitación de una reforma legislativa. La norma que iba a forzar la renovación de los magistrados con el mandato caducado queda en suspenso entre el Congreso y el Senado: la cámara baja votó el texto el jueves pasado, pero la alta no tendrá opción de debatirlo en comisión ni de someterlo a votación en el pleno.

El trámite queda paralizado por los seis votos de los magistrados conservadores, que se han impuesto al bloque de los cinco progresistas. En la votación han participado los dos magistrados que, de haberse aprobado esta semana la reforma, habrían tenido que dejar su puesto en favor de los dos candidatos del Gobierno.

¿Por qué suspende la tramitación?

El tribunal ha aceptado las medidas cautelarísimas que le había solicitado el PP. El Grupo parlamentario había reclamado la paralización inmediata de la reforma para tratar de evitar que se aprobase en el Senado, argumentado que el trámite de urgencia por el que se estaba tramitando vulneraba sus derechos políticos.

El PP afirma que no se puede enmendar la Ley Orgánica del Poder Judicial mediante otra ley que no tiene conexión con esa norma. Se trata de una práctica habitual, empleada por todos los gobiernos, pero que el Constitucional ya ha censurado en otras ocasiones.

Una decisión inédita en democracia

Lo que confiere a la decisión del Constitucional el carácter inédito es que jamás este tribunal ha paralizado la tramitación de una ley en las Cortes Generales. Hasta ahora, el tribunal examinaba la vulneración de derechos políticos o la inconstitucionalidad de la norma una vez aprobada, nunca antes de su visto bueno definitivo.

El paso que ha dado el Constitucional supone sentar las bases para que en el futuro el tribunal pueda irrumpir en el proceso legislativo antes de que este concluya.

El tribunal ya tuvo que pronunciarse hace años sobre una situación parecida, en la que el PSOE denunciaba el uso de una ley para modificar otras sin conexión, como en esta ocasión. En aquel momento no paralizó la tramitación y tardó ocho años en alcanzar una decisión sobre el fondo del asunto.

¿Qué consecuencias tiene esto para el propio tribunal?

Cuatro de los 12 magistrados que componen el Constitucional tienen el mandato caducado desde junio. La reforma impulsada por el Gobierno obligaba a dar entrada a sus dos candidatos, una vez constatado que el Consejo General del Poder Judicial está bloqueando la elección de los dos que le corresponden. También facilitaba los trámites para que los conservadores del Poder Judicial no puedan bloquear más ese trámite.

Con la paralización, el Constitucional impide ambas renovaciones. Ni entrarán los candidatos del Gobierno –el exministro Juan Carlos Campo y la catedrática Laura Díez–, ni se desbloqueará la elección de los dos candidatos que tiene que proponer el CGPJ.

¿Qué argumenta el tribunal?

En un comunicado, el Constitucional explica que la mayoría conservadora ha entendido que la vulneración que alega el PP sobre derechos fundamentales por la tramitación de la enmienda no carece a primera vista “de verosimilitud”, teniendo en cuenta que en el pasado ya han dicho que una enmienda debe estar relacionada con la ley cuya modificación se tramita. También entiende que la cuestión planteada por el PP “tiene especial trascendencia constitucional” ya que el pleito “trasciende el caso concreto” al plantear una cuestión jurídica “de relevante y general repercusión social, que, además, tiene unas consecuencias políticas generales”. 

En cuanto a las medidas cautelares, la parte dispositiva de la resolución permite la personación del PP, de Unidas Podemos, del grupo del PSOE en el Congreso, el presidente de la Comisión de Justicia Felipe Sicilia y representantes de ambos grupos, pero inadmite sus recusaciones porque “carecen en este momento procesal de legitimación”. El auto da 10 días a la Fiscalía para que informe sobre si esta medida debe mantenerse o levantarse y da el mismo plazo al Congreso para que remita toda la documentación.

Una votación dividida

El pleno de este lunes se ha celebrado tras un primer encontronazo de los magistrados progresistas con el resto del tribunal. Los cinco se plantaron el jueves pasado, pidieron más tiempo para analizar la documentación y lograron suspender el pleno hasta este lunes.

A la reunión se llegaba con el ponente, Enrique Arnaldo, y algunos conservadores, decididos a paralizar la tramitación. Enfrente, el grupo de los cinco progresistas estaba convencido de que no había lugar, y que era necesario esperar a la aprobación de la reforma. Finalmente, los progresistas no han conseguido convencer a ningún magistrado conservador y estos han impuesto su mayoría.

Dos magistrados recusados que han decantado la votación

Primero Unidas Podemos y luego PSOE pidieron que dos magistrados no participasen en la deliberación de este lunes: Pedro González-Trevijano –presidente del Tribunal– y Antonio Narváez. El argumento es que ambos están directamente afectados por la reforma, es decir, si sale adelante serán inmediatamente sustituidos por los dos candidatos del Gobierno, el exministro Juan Carlos Campo y la catedrática Laura Díez.

Los dos han rechazado apartarse ante la decisión de si los dos partidos políticos incurren en falta de legitimación para pedir esa recusación. Es decir, con sus votos han contribuido a decantar la balanza contra, siquiera, entrar a debatir las recusaciones.

En los tribunales que forman parte del poder judicial, los jueces recusados nunca pueden formar parte de la votación sobre apartarse o no. En el Constitucional, solo se les permite votar si no hay quórum suficiente, algo que no ocurría hoy. Votar sobre la legitimación de los partidos para recusarles les ha permitido eludir esa situación.

¿Y ahora qué pasa con la reforma legislativa?

La Mesa del Senado ha acordado continuar con la tramitación exprés del Código Penal en lo que se refiere a la rebaja de las penas por sedición y malversación, pero paralizar la parte relativa a los cambios con los que PSOE y Unidas Podemos pretendían que se renovara el Tribunal Constitucional. Así lo han explicado fuentes de la Cámara Alta tras la reunión del órgano que pilota su actividad y en la que la decisión se ha tomado con los votos favorables de los tres representantes del PSOE y el del PNV y tres votos en contra del PP.

Tras conocerse la decisión del Tribunal Constitucional, los presidentes del Congreso y el Senado, Meritxell Batet y Ander Gil, aseguraron que acatarían el fallo contra el que se han revuelto los grupos que sostienen al Gobierno al entender que prohíbe la manifestación de la voluntad popular que está representada en las Cortes. En el caso de la Cámara Alta, la situación era más urgente ya que estaba previsto que este mismo martes la Comisión de Justicia abordara las reformas y que se aprobara en el Pleno el jueves.

Otro pleno clave el martes, ahora en el Poder Judicial

Un día después de que se haya reunido el Constitucional lo hará el Consejo General del Poder Judicial. En paralelo a la decisión de ese tribunal, los vocales conservadores del CGPJ han forzado un pleno extraordinario para tratar de imponer a sus candidatos al Constitucional, dejar fuera al propuestos por los progresistas, y sortear la reforma del Gobierno antes de que se apruebe.

Con la actual correlación de fuerzas, los conservadores solo necesitarían uno o dos votos del grupo contrario para sacar adelante las designaciones, lo que despierta ciertos temores en el sector de vocales elegidos a propuesta del PSOE e IU. No obstante, voces de este grupo insisten en que “no hay riesgo de fugas” y creen que, en este momento, no hay un peligro real de que algún tránsfuga de su bloque pueda llevar al Constitucional a los dos candidatos que proponen los conservadores.

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