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El Constitucional suspende el decreto andaluz contra los desahucios

EFE

Madrid —

El pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha suspendido hoy de forma cautelar el decreto andaluz sobre desahucios, que autoriza la expropiación temporal de inmuebles en procedimientos de desalojo instados por entidades financieras, sus filiales inmobiliarias o entidades de gestión de activos.

La suspensión ha sido adoptada por el tribunal al admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado contra esta medida por el Gobierno central.

Desde que el decreto de la función pública de la vivienda entró en vigor el 12 de abril, y que ha sido recurrido por el Gobierno ante el Constitucional, la Junta de Andalucía ha iniciado los expedientes de expropiación temporal de diez viviendas a los bancos: cuatro para familias de Málaga, dos de Granada, dos de Huelva y uno de Sevilla y de Cádiz, según la Consejería de Fomento y Vivienda.

En su recurso, como adelantó eldiario.es/andalucia, la Abogacía del Estado invocó el artículo 161.2 de la Constitución (“El Gobierno podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las Comunidades Autónomas. La impugnación producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida, pero el Tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses”), por lo que la admisión a trámite tendrá como inmediata consecuencia la suspensión de la norma cuestionada desde el pasado martes, fecha en que quedó registrada la impugnación en este Tribunal.