El Tribunal Constitucional está decidido a abordar el debate sobre el modo elegido por el Gobierno de Rajoy para aplicar el artículo 155. Este lunes, los magistrados tendrán sobre la mesa el recurso anunciado por Unidos Podemos, que pretende discutir la constitucionalidad de las decisiones adoptadas para cesar al Govern y convocar elecciones en Cataluña. Se trata de un recurso que el TC lleva semanas esperando y en el que ya se ha empezado a trabajar, consultando toda la doctrina constitucional sobre la materia y precedentes de jurisprudencia como la alemana o las dictadas durante el mandato de la Segunda República.
El recurso que presentará la marca catalana de Podemos no es el primero que el TC recibe planteando dudas sobre la constitucionalidad de la aplicación del 155. A principios de noviembre se desestimó otro escrito similar, planteado por la Generalitat. El motivo de no abordar aquella petición fue que que se cursó con anterioridad a que el Senado votase las medidas propuestas por el Gobierno para tomar el control de Cataluña. En esa ocasión, el TC decidió inadmitir el recurso por prematuro, pero empezaron a preparar el trabajo, ante la previsión de que no sería el primer escrito similar sobre el que se les iba a requerir un posicionamiento.
Fuentes del tribunal consultadas por eldiario.es dan por seguro que el recurso de Podemos sí será admitido a trámite, siempre y cuando no incurra en defectos de forma. Ese paso podría darse durante alguno de los plenos del TC convocados para la semana previa a Navidad. La sentencia llegaría mucho más tarde, y tras la puesta en funcionamiento del Govern que resulte de la consulta electoral convocada para el 21D.
En las últimas semanas los magistrados han estado analizando doctrina en la jurisprudencia española sobre la toma de control de una autonomía por parte del gobierno central. La literatura jurídica al respecto es escasa. También se han analizado precedentes en la jurisprudencia de otros países; es el caso de Alemania con leyes que recogen preceptos similares al contenido en el 155. Con respecto a la historia jurídica española, los magistrados han tenido que remontarse a los tiempos de la segunda república española para analizar las decisiones adoptadas por el Tribunal de Garantías Constitucionales que dictó una sentencia con motivo de la suspensión de la autonomía catalana, después del intento de secesión de 1934.
Los magistrados se preparan para redactar un “manual de instrucciones para el 155”. En la sentencia que se redacte, tras la previsible admisión del recurso, deberán aclarar cuáles son los límites de aplicación de uno de los artículos más indefinidos de la Constitución.
En el tribunal son conscientes de que la sentencia que se redacte se convertirá hacía el futuro en la guía de uso para la intervención de una autonomía. Rajoy se ha beneficiado de la falta de jurisprudencia al respecto y ha podido tomar sus decisiones sin límites marcados por ninguna sentencia previa.
El TC y Moncloa han mantenido contactos indirectos durante los momentos previos a la decisión de aplicar el 155. Fuentes conocedoras de esos contactos aseguran que al Gobierno se le hizo saber que no podría dar pasos como suspender totalmente las funciones del Parlament. Moncloa cumplió ese criterio, permitiendo que Carme Forcadell permaneciese en su cargo de presidenta, al frente de la Diputación Permanente del Parlament.
El recurso de Podemos va a facilitar que el TC se introduzca en el debate marcando límites al 155 para el futuro. Sin una reforma de la constitución a la vista, lo que se decida en esa sentencia se convertirá en la referencia obligada para cualquier futura intervención de una comunidad autónoma por parte del gobierno central.