La Fiscalía de Madrid ha anunciado que recurrirá ante el Tribunal Supremo la condena a un año de cárcel por revelación de secretos contra el comisario jubilado Eugenio Pino, antiguo jefe operativo de la Policía con el PP y artífice de su brigada política. Pino fue condenado en el marco del caso conocido como ‘pendrive de los Pujol’, por el que mandos de la Policía intentaron inflar con información robada el caso de corrupción que se sigue en la Audiencia Nacional.
Eugenio Pino fue absuelto por la Audiencia Provincial de Madrid junto a uno de sus colaboradores, el inspector jefe Bonifacio Díaz Sevillano. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia revirtió esa decisión condenando a Pino, el primer fallo judicial contra la actuación del grupo de mandos policiales que atacó a la oposición durante la primera legislatura de Mariano Rajoy, con Jorge Fernández Díaz como ministro del Interior.
Las operaciones de la brigada política del PP se han visto afectadas recientemente por la imputación del presidente del Gobierno en aquel periodo, Mariano Rajoy, y otros miembros de su Gobierno, pero en un juzgado de Andorra. En España, ni la persecución a Podemos ni la Operación Catalunya han derivado en más causa judicial que la citada del pendrive de los Pujol en la que la Fiscalía pide la absolución de Pino. El ex director adjunto operativo, sus colaboradores policiales y la cúpula de aquel Ministerio del Interior sí están procesados por el espionaje a Luis Bárcenas con fondos reservados.
El Tribunal Superior de Justicia notificó la sentencia del pendrive de los Pujol el 25 de mayo a la Fiscalía y esta utilizó el plazo impuesto para anunciar 48 horas después que recurrirá en casación ante el Tribunal Supremo porque el fallo “no se ajusta a derecho”. Como es habitual antes de presentar el recurso, el Ministerio Público alude de forma genérica al artículo de la Ley del Poder Judicial que alude a “una infracción de principio constitucional” y otro de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que le habilita para hacerlo. La defensa de Pino también ha anunciado el recurso contra la condena a un año.
En el fallo que será recurrido, los magistrados del TSJM estimaban el recurso de apelación presentado por Pujol Ferrusola al entender, en contra del criterio de la Audiencia Provincial de Madrid, que Eugenio Pino, en el momento de los hechos director adjunto operativo del Cuerpo Nacional de Policía, sí incurrió en un ilícito penal cuando facilitó al CNI, a la UDEF y al juzgado de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional un pendrive con información de Jordi Pujol Ferrusola sin advertir “en ningún momento a la autoridad judicial del origen ilícito de la prueba”.
Los “atajos” del poder
Fue precisamente el instructor del caso Pujol en aquel momento, José de la Mata, quien había advertido de la maniobra que practicaban los policías que debían actuar a sus órdenes, aisló la información para no contaminar la causa, practicó varias diligencias y terminó remitiendo a los juzgados competentes los hechos por la comisión de los presuntos delitos de prevaricación, fraude procesal y falso testimonio.
El juicio por el ‘pendrive de los Pujol’ constituyó un catálogo de postales y protagonistas de la última guerra sucia. Los antiguos miembros de la brigada política se acusaron entre ellos del plan para intentar introducir el pendrive de los Pujol en la única causa de aquella época que ha sobrevivido en los tribunales, el caso que se sigue en la Audiencia Nacional contra la familia del expresident catalán.
Aquella confusión creada como estrategia de defensa por los mandos policiales acusados y también por los que comparecieron como testigos derivó en una sentencia absolutoria de Pino y Díaz Sevillano. En su fallo, la Audiencia Provincial reprochaba a Pino una conducta “alejada de un correcto actuar profesional”, lo que puso en serio riesgo de contaminación la investigación contra Jordi Pujol Ferrusola. Sin embargo, asumía que no se pudo descubrir “quién, cómo y cuándo se accedió a la totalidad de la ‘vida informática’ de Jordi Pujol Ferrusola”.
La Sección número 17 del Tribunal Superior de Justicia corrigió aquellas conclusiones e incluyó una afirmación en su sentencia, la misma que va a recurrir la Fiscalía, que podría extenderse a toda la actuación de la brigada política del PP: “El poder del Estado para la persecución y enjuiciamiento de hechos ilícitos no puede valerse de atajos”.
La Fiscalía mantiene así su criterio desde el comienzo del caso, cuando no apreció delito en ningún momento de Pino ni de Díaz Sevillano. Fue la acusación particular, ejercida por Pujol Ferrusola, y la popular, que representó Podemos, quien impulsó en todo momento el caso.