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La Fiscalía defiende que Puigdemont no se enriqueció “personalmente” y recurre la decisión de no amnistiarle

Imagen de archivo de la teniente fiscal del Tribunal Supremo, María Ángeles Sánchez Conde.

Elena Herrera

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La Fiscalía del Tribunal Supremo ha recurrido la decisión del juez instructor del procés, Pablo Llarena, de no aplicar la amnistía al expresident de la Generalitat Carles Puigdemont. En un escrito fechado este 5 de julio, el Ministerio Público sostiene que la decisión de Llarena de no amnistiar el delito de malversación “no es ajustada a Derecho” y va contra la “voluntad del legislador”.

El recurso considera que el Parlamento acordó “de manera indubitada” que quede borrada la malversación vinculada al procés y que la ley sólo excluye del perdón a quienes desviaran dinero público para incrementar “su fortuna personal”. Según la Fiscalía, los dirigentes del procés no obraron en ningún caso con “ánimo superpuesto y deliberado de enriquecerse personalmente”. 

El auto del juez sostiene que no es posible amnistiar la malversación dado que estos dirigentes se ahorraron su propio dinero al promover el referéndum con fondos de la Generalitat en lugar de pagarlo de su bolsillo. Y que, en consecuencia, sí hubo enriquecimiento personal.

Sin embargo, la Fiscalía alega que si los procesados hubieran pagado los gastos derivados del proceso hacia la independencia con su fortuna personal, “no existiría el delito de malversación por el que están encausados, por el que otras personas han resultado condenadas y no se estaría hablando de la posible amnistía de tales delitos”. El escrito va firmado por la teniente fiscal del Tribunal Supremo, María Ángeles Sanchez Conde, y el fiscal de Sala Jefe de lo Penal, Joaquín Sánchez-Covisa.

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