La Fiscalía recurre la absolución de Cifuentes por el caso Máster y pide la repetición del juicio

Elena Herrera

4 de marzo de 2021 11:31 h

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La Fiscalía ha recurrido la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que absolvió a Cristina Cifuentes del delito de falsedad en documento oficial por el caso Máster y pide repetir el juicio en un escrito que cuestiona la valoración de las pruebas que hizo el tribunal. El Ministerio Público, que solicitó tres años y tres meses de cárcel para la expresidenta de la Comunidad de Madrid, solicita que se anule esa resolución al entender que omite de manera “irracional” e “incongruente” los “múltiples indicios” que afloraron en las cinco sesiones del juicio. E insta a la celebración de una nueva vista oral ante la falta de “racionalidad y lógica” en la motivación que hace la sentencia sobre el papel que jugó la expresidenta regional en la falsificación del acta de su trabajo de fin de máster. 

El escrito en el que la fiscal Pilar Santos Echevarría anuncia el recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid argumenta que la valoración de las pruebas plasmada en la sentencia es “irracional, ilógica, arbitraria, incoherente e insuficiente” y reitera que hay un “déficit patente” en su motivación. Según el Ministerio Público, la “consistencia” de “múltiples indicios” acredita que Cifuentes “impulsó”, “sugirió” y “presionó” de una manera “eficaz e intencionada” para la falsificación del acta de defensa del Trabajo de Fin de Máster (TFM) con la que intentó justificar que había defendido ese trabajo tras la revelación de elDiario.es sobre su posgrado irregular

La Audiencia Provincial de Madrid, sin embargo, consideró que la expresidenta madrileña no tuvo ningún protagonismo en la elaboración de ese documento y la absolvió. “Nada se ha probado sobre que impulsara, sugiriera o presionara para la falsificación del documento”, dice la sentencia, que añade que las “sospechas legítimas” que pudieran existir no se han convertido en “prueba suficiente” para justificar su responsabilidad. Este caso acabó con la carrera política de Cifuentes, que se vio forzada a dimitir.

La fiscal reconoce la “ausencia de prueba directa” sobre la culpabilidad de Cifuentes, pero cree que, ante esta laguna, la Sala debería haber analizado “de manera exhaustiva” el material indiciario de cargo para descartar su participación en los hechos, máxime cuando la propia sentencia reconoce la existencia de las citadas “sospechas”.

“Cifuentes ocupaba un puesto de gran importancia, y, por lo tanto, su forma de proceder debía ser correcta de cara a los medios y a la ciudadanía; por ello, los indicios a valorar no son evidentes, ni burdos, sino velados y encubiertos, pero están ahí y descartarlos exige una motivación del Tribunal, que no se realiza”, sostiene el Ministerio Público, que insiste en la existencia de indicios “de notorio sentido incriminatorio” que fueron obviados, “siquiera para descartarlos” por la Sala y que, además, son “ciertos”. 

“Incompatible”

En este sentido, la fiscal Santos Echevarría considera que la absolución de Cifuentes es “incompatible” con los hechos que el tribunal sí dio por probados en el caso de la condenada María Teresa Feito —la asesora del Gobierno regional que presionó para conseguir una coartada que librase a Cifuentes del escándalo— y “rompe con la lógica de su forma de proceder”. La sentencia considera acreditado que la profesora Cecilia Rosado, la otra condenada en este juicio, falsificó el documento tras ser “requerida” por esta asesora, funcionaria en excedencia de la URJC, que fue quien le indicó debía hacer constar que Cifuentes “había defendido el TFM el día 2 de julio de 2012”. 

La “anómala” conducta de la asesora, condenada a tres años de cárcel, llama la atención de la fiscal, quien afirma que es “difícil” una “explicación alternativa” a su actuación que “no sea que el influjo para actuar de ésta [en alusión a Cifuentes] fue tan intenso que la llevó a cometer un delito”. 

Santos Echevarría también se refiere al “conocimiento exhaustivo” que Feito tenía de los datos docentes de Cifuentes. En concreto, de la fecha del acta del TFM. “Si dicha fecha fue proporcionada por Feito, sería lógico inferir que le fue suministrada bien por la propia Cifuentes o por su secretaria, a petición de aquélla”, dice la fiscal, quien a la vez subraya que no era posible dar cualquier fecha, vista la agenda de la entonces delegada del Gobierno en Madrid. “Si se facilita una fecha concreta, es porque se conocía y se asumía que se estaba confeccionando el documento pertinente para acreditar que hubo defensa del TFM”, recoge el escrito. 

La fiscal también afea al tribunal haber obviado una de las manifestaciones más contundentes que hizo la profesora Rosado en el juicio y que apuntan directamente a la expresidenta. Según la docente, en una de las llamadas con Feito el 21 de marzo de 2018, el día que elDiario.es destapó el escándalo del master falso, ésta le dijo expresamente “si esto no se soluciona Cifuentes os va a cortar la cabeza”. “Tampoco se explica por qué se descarta tal indicio, que implica, además, el dominio del hecho por parte de la acusada Cristina Cifuentes”, dice el recurso. 

Otro de los “indicios incriminatorios” contra Cifuentes, a juicio de la fiscal, es la constatación de que la expresidenta era la “única o principal beneficiada de la falsedad”, pues cuando estalló el escándalo no estaba en cuestión la reputación de la URJC, algo que ocurrió después en la fase de instrucción. A su juicio, el entonces consejero de Educación, Rafael Van Grieken, no se ajustó a la realidad cuando en el juicio manifestó que si efectuó llamadas e intervino activamente fue porque estaba en tela de juicio el prestigio de la Universidad ya que ni él como consejero hizo acto o declaración alguna para apoyar a la Universidad, ni Cifuentes en su video, hizo referencia alguna a la misma. “Todo tenía una única y exclusiva razón de ser: salvar, como fuere, la reputación de la presidenta”, dice Santos Echevarría.

Entre esos indicios “de notorio sentido incriminatorio” no valorados la fiscal se refiere también a la solicitud directa que Cifuentes hizo al rector de la URJC de la documentación acreditativa de haber cursado el máster o al interés de la expresidenta en obtener esa documentación “a sabiendas” de que era irregular. En este sentido la Fiscalía recuerda que no ha responsabilizado ni pedido la condena del “entorno” de Cifuentes. “¿Cómo hacerlo sin poder individualizar cada comportamiento?”, se pregunta. Sin embargo, “el hecho de que las llamadas y requerimientos reiterados se hicieren por la Consejería de Educación y desde el Gabinete de Presidencia, refuerza la relación de causalidad con quien necesitaba de aquello para salvar su carrera política: Cristina Cifuentes”.

La fiscal también critica que la sentencia obvie la “relación” que existía entre Cifuentes, Feito y Amalia Calonge, la funcionaria que en 2014 modificó “de forma irregular” dos notas en el expediente de la expresidenta a pesar de que no tenía competencias para acceder al sistema informático y hacer ese cambio. Santos Echevarría da relevancia a esta actuación y al hecho de que ambas acompañaran a Cifuentes cuando en 2017 fue a la URJC a recoger el título de su máster. “Si las dos funcionarias actuaron fue porque así se lo pidió Cifuentes, siendo esta, una vez más la única beneficiaria de tales irregularidades”, concluye la fiscal.

Como último aspecto no valorado, la fiscal menciona el vídeo que se grabó la expresidenta madrileña y que colgó en su cuenta de Twitter el citado 21 de marzo de 2018 donde exhibía toda la documentación que supuestamente justificaba que había obtenido ese titulo de forma regular. La Fiscalía parte de la idea de que Cifuentes pretendió obtener la documentación “de un hecho que no tuvo lugar” y de que el único cauce posible “era confeccionar aquello que fuere necesario para crear la apariencia de la regularidad, y ello supone falsear”.

En este apartado el recurso recoge que fue la propia Cifuentes quien exhibió un documento como prueba “más que evidente” de que el día 2 de julio de 2012 un tribunal compuesto por tres profesoras —Cecilia Rosado, Alicia López de los Mozos y Clara Suoto— calificaron su defensa pública con un notable. Sin embargo, la Fiscalía replica que tal afirmación “no se correspondía con la realidad” puesto que dicho tribunal nunca se reunió como “así lo manifestaron” en el juicio las tres docentes.