La teniente fiscal del Tribunal Supremo, María Ángeles Sánchez Conde, ha presentado un recurso de apelación en el alto tribunal contra los registros efectuados el pasado miércoles en los despachos del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, y la fiscal jefe provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, informa Europa Press.
Durante más de diez horas, agentes de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil clonaron el contenido de sus teléfonos móviles y ordenadores en el marco de la causa abierta contra ambos por la supuesta filtración de un email relacionado con la investigación por fraude fiscal a Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso. En paralelo, la acusación que ejerce el empresario ha pedido que Sánchez Conde, que es la ‘número dos’ de la Fiscalía General del Estado, se aparte de este procedimiento.
A su juicio, existen hasta cuatro causas de abstención en Sánchez Conde: tener “amistad íntima” con cualquiera de las partes; haber participado “directa o indirectamente” en el asunto; haber “emitido dictamen” sobre el mismo; y “tener interés directo o indirecto” en el caso.
Así, detalla que Sánchez Conde redactó el informe del pasado 30 de septiembre donde la Fiscalía solicitaba que no abriera causa a García Ortiz, que estuvo presente en el citado registro o que participó en la Junta de Fiscales de Sala que acordó de forma mayoritaria que se pidiera inadmitir la querella de González Amador. También afirma que la actividad profesional y el cargo de Sánchez Conde están “directamente vinculados” a la permanencia de García Ortiz al frente de la Fiscalía General del Estado.
La petición de González Amador al Supremo llega el mismo día que la Fiscalía ha informado en una comunicación interna a la carrera fiscal de que García Ortiz ha extendido al alto tribunal la abstención que ya acordó para este caso cuando estaba en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) y en un juzgado de Madrid.
Esto supone que Sánchez Conde estará exenta de recibir órdenes de García Ortiz y de rendirle cuentas en lo relativo a este caso, garantizando así la independencia de la teniente fiscal en la toma de decisiones en este procedimiento judicial.