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La Fiscalía ve indicios de financiación ilegal en los cobros de Alvise Pérez

Fotografía de archivo de Alvise Pérez.

Elena Herrera / Alberto Pozas

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La Fiscalía General del Estado ha remitido en la mañana de este miércoles a la representación del Ministerio Público en el Tribunal Supremo el escrito en el que un empresario del sector de las criptomonedas asegura haber pagado 100.000 euros en efectivo a Alvise Pérez al constatar la existencia de indicios de delito en ese cobro en efectivo por parte del ahora eurodiputado, según confirman fuentes de la institución a elDiario.es. La Fiscalía del Tribunal Supremo es la competente para investigar si puede existir un delito de financiación ilegal, ya que Alvise es aforado por su condición de miembro del Parlamento Europeo.

El fundador de Madeira Invest Club (MIC), la oficina de inversión apadrinada por el agitador de extrema derecha y que cerró de forma sorpresiva la pasada semana, entregó el pasado 19 de septiembre un escrito en la Fiscalía General del Estado en el que aseguraba que había entregado 100.000 euros en metálico en plena campaña de las europeas al entonces candidato y ahora eurodiputado, según reveló elDiario.es. La confesión iba acompañada conversaciones en las que participa Alvise y que el empresario cripto aportó junto a un informe pericial que acredita su veracidad.

Según esa documentación aportada al Ministerio Público, los 100.000 euros fueron recibidos en mano en Madrid por Alvise el pasado 27 de mayo, días antes de las europeas en las que su agrupación Se Acabó la Fiesta (SALF) consiguió más de 800.000 votos. La entrega se produjo en las oficinas de Sentinel BQ, una empresa del mismo dueño de MIC que dispone de 5.000 cajas de seguridad fortificadas en el centro de Madrid y que permite hacer intercambios de dinero bajo una promesa de total confidencialidad: a espaldas de Hacienda y sorteando las medidas antifraude a las que están obligadas las entidades financieras.

La ley de financiación de partidos prohíbe las donaciones anónimas y establece que los partidos políticos no pueden aceptar o recibir directa o indirectamente donaciones procedentes de una misma persona superiores a 50.000 euros anuales, ni tampoco donaciones procedentes de personas jurídicas. Además, todas las donaciones superiores a 25.000 euros deben notificarse al Tribunal de Cuentas por el partido político en el plazo de tres meses desde su aceptación.

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