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Los expertos ven inconstitucional cambiar “las reglas del juego” para publicar los nombres de la amnistía fiscal

El PSOE ha chocado en el Gobierno contra una de sus promesas estrella en la oposición: la publicación de la lista de quienes se acogieron a la amnistía fiscal del PP. La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, reconoció el pasado viernes que no iban a sacar a la luz a los cientos de españoles que habían usado el mecanismo para aflorar su dinero oculto con el pago de un pequeño peaje. La mayoría de los expertos creen que el PSOE no tiene margen de maniobra para publicar esos nombres aun cambiando la Ley General Tributaria porque el Tribunal Constitucional lo impediría.

La amnistía fiscal se aprobó en 2012, al poco de la llegada de Mariano Rajoy al poder. Todo aquel ciudadano español con dinero negro u oculto en paraísos fiscales podía regularizarlo pagando únicamente un 10% de la cantidad aflorada. Ni sanciones, ni recargos, ni intereses. El Ejecutivo del PP calculó que recaudaría 2.500 millones, pero la Hacienda pública ingresó finalmente menos de la mitad.

El debate sobre la publicación de quiénes se aprovecharon de esa medida nació a la par que su anuncio. Apenas se conoce un 0,19% de los 31.484 beneficiados y ha sido gracias a sumarios judiciales e investigaciones periodísticas, que han revelado nombres como el de Rodrigo Rato, dos hijos de Jordi Pujol, la mujer del exministro Miguel Arias Cañete o unos cuantos miembros de la familia Borbón. Según Corinna Zu-Wittegenstein, supuesta amante de Juan Carlos I, el rey emérito también se acogió a la amnistía fiscal.

Pedro Sánchez prometió publicar los nombres de la “lista de la vergüenza” cuando llegase al poder, pero el Gobierno admitió el pasado viernes que no tiene “capacidad jurídica para hacerlo”. El ministro de Fomento, José Luis Ábalos, ha anunciado este lunes que Sánchez anunciará alguna “iniciativa en ese sentido” en su comparecencia en el Congreso este martes, pero sin concretar más.

Los nombres están protegidos por la Ley General Tributaria, que en su artículo 95 da “carácter reservado” a esa información, con algunas excepciones. Es esa norma la que habría que cambiar en el Congreso para publicar los beneficiaros de la amnistía, pero Jesús Rodríguez, exdirector del Instituto de Estudios Fiscales, cree que el efecto retroactivo de la medida la hace inviable: “El problema es el alcance temporal: de cara a futuro sin lugar a dudas, para situaciones previas lo veo difícil, es inconstitucional”.

El Estado no puede cambiar “las reglas del juego”

“El Estado no puede invitarte a una amnistía fiscal con un marco normativo que te protege y años después y retroactivamente cambiarte las reglas del juego”, sostiene, y añade que la información que saldría a la luz sería muy perjudicial para los afectados. Estarían, por tanto, amparados por el artículo 9.3 de la Constitución, que garantiza la “seguridad jurídica” e impide la retroactividad de “las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales”. “El problema está en la propia amnistía fiscal, que son muy perjudiciales, no en la publicación de los nombres”, añade.

Samuel Parra, abogado especialista en privacidad y protección de datos, se expresa en los mismos términos. “No es una sanción administrativa, pero es un aspecto perjudicial, nocivo para el afectado. Es un escarnio público, eso desde luego”, opina. Cree que no hay dudas sobre que la Constitución lo prohíbe porque “la gente se acogió con unas condiciones que ahora no se pueden cambiar”.

Desde el Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda, su presidente Carlos Cruzado ve factible modificar la ley tributaria, pero para futuras amnistías y no con carácter retroactivo: “Entendemos que habría muchas posibilidades de que no fuera constitucional”. “Es probable que hubiera tacha de inconstitucionalidad por tratarse de un acto no favorable y el tribunal acabara anulándolo, no se podría publicar”, añade.

Para Cruzado, tampoco sirve que ahora se anuncie que en futuras amnistías se publicarán los nombres, sino que apuesta por exigir al Gobierno una ley que impida repetir estos procesos de regularización de dinero negro. Recuerda que, con la sentencia del Constitucional que anuló la amnistía del PP, hay base para prohibirlas de cara a futuro.

Una solución: publicar los nombres más relevantes

Ignacio Ruiz Jarabo tiene una opinión distinta. Fue director del Departamento de Recaudación del Ministerio de Hacienda y director de la Agencia Tributaria entre 1998 y 2001, bajo el Gobierno de José María Aznar. Ahora trabaja como asesor fiscal y sostiene que hay una vía para cambiar la ley y publicar los nombres, porque no se trata de una sanción: “publicar una lista no tiene un carácter sancionador, luego la irretroactividad no juega porque no es una medida sancionadora”.

Sugiere que se publiquen los nombres de aquellas personas con una mayor exposición pública, que tengan o hayan ostentado un cargo institucional, como diputados, senadores o el jefe del Estado. Es decir, lo que la Unión Europea considera Personas Políticamente Expuestas (PEP), de los que hay unos 700 en la lista de la amnistía fiscal.

“Esa gente tiene que presentar una declaración pública de bienes y renta cada año, no sería una cosa radicalmente extraña. Es una medida para garantizar que gestores de dinero público no han hecho cosas que no debieran” cree Ruiz Jarabo, que añade que los afectados “no podrían quejarse” porque es una medida para controlar posibles casos de corrupción.

En su opinión, no deberían publicarse todos los nombres y pone un ejemplo para argumentarlo: “Un cliente viene a mi despacho, le digo las condiciones de la amnistía y que no se preocupe, que no se puede hacer público. Luego le cambian la norma y ahora sí se hace público, falla la confianza en la relación Estado-ciudadano”.

¿Por qué sí conocemos la lista de morosos?

No conocemos a los beneficiarios de la amnistía fiscal, pero desde hace unos años el Gobierno publica una lista de morosos que incluye a quienes tienen una deuda de más de un millón de euros con Hacienda no satisfecha en el plazo de pago voluntario. ¿Por qué podemos saber sus nombres si están igualmente protegidos?

La respuesta es que el Gobierno, en ese caso, sí modificó la ley para poder publicar esos nombres. “Primero se modificó la normativa y luego se procedió a publicación, la gente ya sabía que si eras moroso ibas a aparecer en la lista”, indica Parra.

Ruiz Jarabo señala que la lista de morosos es mucho más perjudicial para los ciudadanos de a pie que los nombres de la amnistía fiscal. “Es sangrante, te publican como moroso aunque hayas recurrido la deuda y estes pendiente de que te respondan, lo razonable es que lo publiquen cuando ya la deuda es firme”, añade.

Señala que también se publica el nombre de aquellas personas que han pedido un aplazamiento en el pago de la deuda y Hacienda no les ha contestado, y añade que la mitad de las sociedades que aparecen están en concurso de acreedores. “Es una barbaridad, se hizo para calmar la aspiración de conocer los nombres de la lista de la amnistía”, concluye.