El informe de los servicios jurídicos del Parlament, nuevamente sin unanimidad, avala la reforma de la ley de la Presidència de la Generalitat, aunque se deja claro que no podría admitirse a trámite si la “finalidad instrumental” fuera investir a Carles Puigdemont y se descarta un procedimiento de urgencia.
El informe está firmado únicamente por el secretario general del Parlament, Xavier Muro, debido a que las diferencias internas en el seno de los servicios jurídicos de la Cámara han llevado a que el letrado mayor, Antoni Bayona, haya acabado desmarcándose del dictamen, informa EFE.
Según el informe, la proposición de ley de modificación de la ley de la Presidència impulsada por JxCat “no permite por sí misma apreciar ninguna causa de inadmisión”, si bien se apunta que “presenta algunos elementos fácticos asociados que permiten establecer presunciones sobre su finalidad instrumental”.
El pasado 9 de febrero, JxCat registró en solitario la reforma de ley de la Presidència para permitir una investidura a distancia de Carles Puigdemont. Tal y como avanzó eldiario.es, el grupo planeó esta modificación para esquivar el veto a la investidura a distancia impuesto por el Tribunal Constitucional. La petición reclamó ser tramitada por la vía exprés de la lectura única. Con todo, la retirada de Puigdemont y la propuesta del expresident para que Jordi Sànchez sea el nuevo candidato a la investidura hacen que la modificación de la ley de la Presidència de la Generalitat haya pasado a un segundo plano.
Los servicios jurídicos apuntan que si la finalidad es investir a Puigdemont, se podría “contravenir” el deber de cumplimiento de las resoluciones del Tribunal Constitucional, en el sentido de que la investidura “no se pueda hacer por medios telemáticos o por persona interpuesta”, o que “en caso de comparecer personalmente, tuviera que obtener autorización judicial”.
Por otro lado, se avisa que supone “un condicionante a tener en cuenta” el hecho de que no haya gobierno y, por lo tanto, no se hayan podido constituir las comisiones legislativas, lo que supone que cualquier iniciativa “se tenga que sustanciar por el procedimiento de lectura única”, lo que “ya de por sí supone una limitación de los derechos de los diputados”.