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La jueza desiste de investigar el caso Máster pese a haber reunido “indicios racionales de criminalidad”

Pablo Casado, durante una rueda de prensa sobre su máster.

Marcos Pinheiro

El pasado 6 de agosto, la jueza del caso Máster envió un documento de 54 páginas al Tribunal Supremo donde resumía su investigación de tres meses tanto contra Cristina Cifuentes como contra Pablo Casado, para concluir que este último debía ser imputado. Menos de dos meses después, este lunes ha archivado casi toda esa investigación. Entre medias, la Fiscalía del Supremo cargó duramente contra su forma de actuar y los magistrados del alto tribunal consideraron innecesario investigar al líder del PP, en un polémico auto en el que sí reconocían “indicios de trato de favor”. El único respaldo a la magistrada en este tiempo ha venido de la Audiencia Provincial de Madrid, que puede tener la última palabra sobre la causa.

En el auto de este lunes, la jueza Carmen Rodríguez-Medel cierra el caso en lo referente a la existencia de un grupo de alumnos VIP: los que aprobaron el máster de la Universidad Rey Juan Carlos sin hacer mérito académico alguno gracias al trato de favor dispensado por los profesores del Instituto de Derecho Público (IDP). La causa queda ahora reducida a una investigación contra algunos de esos docentes por la falsificación del acta del Trabajo de Fin de Máster (TFM) de Cristina Cifuentes, el documento que usó para defenderse de las primeras informaciones.

El Supremo decidió el pasado viernes no imputar a Casado y la jueza ha empleado solo unas horas, tras el fin de semana, en hacer extensivo ese criterio al resto de implicados. Los jueces tomaron esa decisión después de recibir la exposición razonada de la jueza, el documento en el que resumía la investigación y exponía sus argumentos para investigar al presidente del PP. Rodríguez-Medel sugería a los magistrados que le reclamasen los supuestos trabajos -de los que no hay prueba documental- con los que dijo haber aprobado el máster y el ordenador donde los elaboró. El propio Casado dijo en un primer momento que lo conservaba aunque su partido matizó pronto que sería difícil dar con él.

La jueza tomaba esa decisión porque, dijo, ella ya había agotado toda la investigación. Relataba la multitud de diligencias que había ordenado y las conclusiones que había obtenido de ellas. Por ejemplo, que los alumnos VIP -a los que denominó “grupo escogido”- no habían hecho nada para aprobar. También subrayó que se beneficiaron de una ventaja, el reconocimiento masivo de créditos, que no tuvieron el resto de alumnos.

“Sólo se benefició a alumnos con una posición relevante en el ámbito político, institucional”, dijo la jueza. Una alumna era estrecha colaboradora de Enrique Álvarez Conde. Otra era alto cargo de la Generalitat valenciana y una tercera era hija de María Teresa Feito, vinculada a la Universidad y asesora del Gobierno de Cifuentes. El cuarto era Casado, diputado regional cuando cursó el posgrado en 2009.

Con ello, la jueza afirmó que Casado había recibido el máster -que le habilitaba para hacer el doctorado- “a modo de prebenda” por su “relevancia política”. En definitiva, 54 páginas de un escrito que también afectaba a Cifuentes y que, según la magistrada, reunía los “indicios racionales de criminalidad” como para imputar a Casado.

La Fiscalía criticó la investigación de la jueza

Esa conclusión sufrió un primer revés con el informe del fiscal del Tribunal Supremo Luis Navajas. En ocho páginas despachó la exposición razonada diciendo que el delito de cohecho estaba prescrito y que no había pruebas suficientes del delito prevaricación. “No existe dato alguno que avale, ni siquiera de forma indiciaria” que Pablo Casado se concertara con Álvarez Conde. Es más, el fiscal tachó la investigación de “prospectiva” -al no existir “indicios incontestables de la existencia de responsabilidad penal”- y añadió que la jueza desconocía la doctrina del Supremo en este aspecto.

El viernes pasado se dieron dos resoluciones, en sentido contrario, que afectaban al caso. La primera fue de la Audiencia Provincial de Madrid, que rechazó que la jueza se hubiese extralimitado en la investigación y respaldó sus decisiones para determinar si el instituto de Álvarez Conde había beneficiado a alumnos privilegiados. Solo unas horas más tarde llegaba la decisión del Supremo tumbando la pretensión de la jueza de investigar a Casado, que ha visto cómo se cierra la investigación sin tener que responder a una sola pregunta en los tribunales.

Los jueces del Supremo, como la Fiscalía, no vieron razones para imputarle por cohecho. Y sobre el delito de prevaricación, respondieron a la jueza que no podía atribuírselo a Casado porque no había datos suficientes que indicaran que se había concertado con sus profesores para sacarse el curso sin hacer nada. El Supremo sí admitió que el hoy líder del PP no hizo nada: asumieron que no había ido a clase y añadieron la “inexistencia de datos que avalen la presentación de trabajos”.

Los jueces no consideraron delictivo que Casado hubiese recibido el título sin hacer mérito académico alguno, pero sí que vieron “indicios de que se ha dispensado un trato de favor al aforado”. Sin embargo, consideraron que era responsabilidad de los profesores, quienes, según el Supremo, habían decidido aprobar al líder del PP con sobresaliente sin haberse puesto de acuerdo con él.

Tampoco investigará a los profesores

Ese auto marcaba el camino de la jueza: no investigar a los alumnos, pero sí a los profesores. Rodríguez-Medel ha archivado la investigación para todos, a pesar de haber desentrañado durante meses un sistema dentro del IDP que regalaba títulos a personas con relevancia política e institucional. El caso había incorporado recientemente las pesquisas sobre la exministra de Sanidad, Carmen Montón, que previsiblemente seguirán el mismo camino.

La jueza argumenta que no puede aplicar la decisión del Supremo solo a Casado, porque la argumentación que sirve para exonerar al presidente del PP sirve también para dejar de investigar al resto de alumnos. Y eso, a pesar de las numerosas pruebas recogidas, que la jueza expone en su auto y dice que no han sido consideradas relevantes por parte del Supremo.

Por ejemplo, la confesión de María Dolores Cancio, alumna del máster que admitió que Álvarez Conde le dijo que no tenía que hacer nada para aprobar. Así lo hizo y acabó con un expediente calcado al de Casado. La jueza dice que sus manifestaciones no han sido tenidas en cuenta por la Fiscalía ni por los jueces: “De otro modo, de haber entendido relevante jurídicamente la confesión de una investigada por revelar una mecánica delictiva, la pieza a buen seguro no habría sido archivada”.

Así, la jueza sostiene que si el Supremo cree que no debe imputarse a Casado, lo mismo debe aplicarse al resto de alumnas investigadas “por aplicación de un principio básico constitucional de igualdad de trato”.

En cuanto a continuar la investigación contra los profesores, Rodríguez-Medel dice que si el Supremo no cree necesario comprobar los méritos académicos por parte de los alumnos investigados, no puede haber prevaricación por parte de los docentes. Que los jueces hayan considerado “innecesario acreditar indiciariamente la existencia o no de actividad académica del aforado lógicamente tiene que afectar también a la posible prevaricación imputable a los profesores”.

A pesar de la cantidad de indicios -a través de documentos y declaraciones- reunidos durante estos meses, la jueza indica que el Supremo le obliga a que sean “incontestables”, elevando “notablemente las exigencias habituales de la jurisprudencia para abrir una instrucción penal”. Por tanto, no procede continuar con la investigación, salvo en lo relativo a la falsificación del acta.

Ahora cabe recurso. Primero ante la propia jueza en tres días, luego ante la Audiencia Pronvicial, el tribunal que avaló la investigación. Por ahora, ni las acusaciones -la profesora que denunció el caso, la Universidad Rey Juan Carlos y el sindicato ACAIP-, ni la Fiscalía han anunciado si recurrirán la decisión.

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