Una Junta Electoral dividida multa a Sánchez con 500 euros por una entrevista en Moncloa durante la campaña del 10N
La Junta Electoral Central ha decidido este jueves multar al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, con una multa de 500 euros, por una entrevista que ofreció a La Sexta durante la campaña del 10N que tuvo lugar en el Palacio de la Moncloa. El organismo encargado de velar por la limpieza de los procesos electorales se ha mostrado en todo caso dividida ante este caso denunciado por el PP y seis de sus miembros –son trece integrantes– han anunciado la presentación de votos particulares al entender que la denuncia debe archivarse.
En su resolución, la Junta Electoral establece que Sánchez, “en el ejercicio de sus responsabilidades como Presidente del Gobierno en funciones, incurrió en la infracción tipificada en el artículo 153.1 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, por la realización y difusión de la entrevista de referencia, aprovechando los medios públicos de que disponía, en su condición de Presidente del Gobierno en funciones”.
En opinión del máximo órgano electoral, esa actitud provocó “el consiguiente quebrantamiento del principio de neutralidad que todo poder público debe respetar durante el proceso electoral, en aplicación del art. 50.2 de la LOREG, y la consiguiente merma del principio de igualdad de armas entre las formaciones políticas contendientes en las elecciones, que dimana del artículo 8.1 de la LOREG”.
Por eso decide imponer al actual jefe del Ejecutivo una sanción de multa de 500 euros. Los Vocales doña Ana Ferrer García, don Antonio Vicente Sempere Navarro, don José Luis Seoane Spiegelberg, doña Inés Olaizola Nogales, doña Consuelo Ramón Chornet y don Juan Montabes Pereira han anunciado la presentación de un voto particular “por entender que procedía el archivo del expediente”.
La Junta ya abrió en octubre expediente a Sánchez por utilizar el Palacio de la Moncloa como escenario para la entrevista en el programa Al Rojo Vivo, de La Sexta, por vertir “declaraciones electoralistas” y por colgar dicha entrevista en la página web oficial de la Presidencia del Ejecutivo.
El organismo también abrió expediente a la ministra portavoz, Isabel Celaá, por hacer “electoralismo” desde la sala de prensa del Consejo de Ministros al presentar los datos de la Encuesta de Población Activa (EPA).
Ahora, la Junta considera que como Ministra Portavoz del Gobierno en funciones, Caláa incurrió en la infracción tipificada en el artículo 153.1 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, “por la realización de manifestaciones con contenido valorativo y electoralista, aprovechando los medios públicos de que disponía, en su condición de Ministra Portavoz del Gobierno en funciones, con motivo de la rueda de prensa convocada el viernes 30 de octubre de 2019 para dar cuenta de los acuerdos del Consejo de Ministros celebrado ese día.
Ello provocó, según dicho organismo, “el consiguiente quebrantamiento del principio de neutralidad que todo poder público debe respetar durante el proceso electoral, en aplicación del art. 50.2 de la LOREG, y la consiguiente merma del principio de igualdad de armas entre las formaciones políticas contendientes en las elecciones, que dimana del artículo 8.1 de la LOREG”. Por ello le sanciona con una multa de 2.200 euros.
La primera reacción del Gobierno a la decisión de la Junta Electoral Central de multar con 500 euros a Pedro Sánchez por el uso “electoralista” del Palacio de la Moncloa durante la campaña electoral al celebrar allí entrevistas ha sido no hacer comentarios. “No hacemos comentarios”, dicen fuentes gubernamentales preguntadas por ese asunto.
Lo que recuerdan es que la resolución de la Junta Electoral, que se ha dividido respecto a la decisión puesto que seis de sus trece miembros han emitido votos particulares, “es una resolución recurrible ante el Supremo”.
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