El Tribunal Superior de Madrid ha decidido confirmar la condena de siete años y un día de cárcel impuesta a un hombre que abusó sexualmente varias veces de la mujer que trabajaba interna en su casa como empleada del hogar. Los mensajes y grabaciones demuestran que el condenado intentó evitar que la mujer le denunciara usando argumentos y amenazas racistas. “Nadie te va a creer si denuncias, tú eres negra e inmigrante ilegal y yo español”, dijo a su víctima durante uno de los episodios. Solo el Tribunal Supremo puede impedir ahora su entrada en prisión después de que la defensa del condenado haya anunciado un recurso de casación ante la sala segunda.
Los hechos, que fueron revelados por elDiario.es el pasado mes de abril, ocurrieron en Madrid entre abril y mayo de 2019. El acusado contactó con la víctima a través de un anuncio en internet en el que ofertaba sus servicios como empleada del hogar. Recién llegada de su Perú natal y sin ayuda para cuidar de sus hijos pequeños, la mujer aceptó trabajar en casa del acusado como interna en la capital. El primer abuso tuvo lugar poco después de empezar a trabajar. “Qué rica estás”, dijo el abusador mientras ella le servía la comida. Pocos días después, le volvió a hacer lo mismo, le quitó el móvil y el pasaporte y dijo: “Nadie te va a creer si me denuncias, eres negra e inmigrante ilegal y yo español”.
La mujer no podía abandonar la casa, no tenía pasaporte ni documentación y, además, era obligada a ducharse con la puerta abierta para que el acusado pudiera masturbarse. Los jueces que sentenciaron el caso en primera instancia no tuvieron dudas sobre lo que llevó a la víctima a someterse a este hostigamiento sexual. “Lo hizo dada su situación ilegal en España y temiendo perder el trabajo”, algo que el acusado “aprovechó en su beneficio”, según las sentencias del caso. Llegó a amenazas a la víctima con dejarla “tirada y sin dinero” en Fuengirola, durante un viaje de trabajo, si no bailaba desnuda para él. Ella lo hizo “mientras lloraba”.
El caso llegó a manos de la Policía cuando el acusado, el mes de mayo de 2019, abordó a la víctima cuando salía de la ducha mientras le decía “quiero olerte tu coño y que me chupes la polla”. La mujer, durante el forcejeo, consiguió llamar a la Policía y recibió a los agentes medio desnuda y descalza. Uno de los agentes hizo memoria durante el juicio y recordó que no era la primera vez que tenían que acudir a casa de este hombre por unos hechos similares.
La Audiencia Provincial de Madrid le impuso una condena de siete años y un día de cárcel por un delito de abusos sexuales y una multa de 540 euros por un delito leve de lesiones. Una condena que acaba de confirmar el Tribunal Superior de Justicia de la región tras rechazar el recurso del abusador. Esto implica que su única opción de evitar la entrada en prisión es llevar el caso hasta la sala de lo penal del Tribunal Supremo e intentar que revoque su condena que, al ser de siete años de prisión por un único delito, implicaría su entrada obligatoria en la cárcel.
Los jueces de la sala civil y penal, con María Ángeles Barreiro como ponente, rechazan por ejemplo el argumento de que algunas pruebas, como la grabación de algunos de estos abusos y sus conversaciones con el teléfono de la víctima, fueran nulas. “Los archivos contenidos en el dispositivo de memoria (pen drive) no son nulos, porque no se cuente con el archivo original y el dispositivo desde el que se produjo”, dice el TSJM. Añade también que “no se duda de la autenticidad e integridad de la grabación” como argumento para ratificar su condena.
Tampoco tienen dudas los jueces de que la mujer era pobre y atravesaba un gran estado de necesidad económica y que el acusado “se aprovechó de la situación de ser el empleador de ella” para, por ejemplo, exigir que bailara desnuda para él durante un viaje de trabajo a la provincia de Málaga. Además, los partes médicos reflejan la existencia de las mismas lesiones que ella denunció haber sufrido por parte del acusado durante los forcejeos.
La versión “absurda” del condenado
La Justicia, por tanto, descarta por segunda vez las múltiples versiones que el acusado ha ofrecido a lo largo del proceso. En un primer momento, dijo que el encuentro con la víctima fue casual en la glorieta de Cuatro Caminos y que ella había contactado con él posteriormente. Posteriormente, cambió su versión y aseguró que los dos mantenían una relación y que ella usó su teléfono para enviarse los mensajes sexuales a sí misma.
La Audiencia de Madrid calificó de “absurda” su versión exculpatoria y explicó que esa supuesta relación sentimental es “incompatible con la conversación grabada”. En comisaría, ante la Policía, afirmó que ella le mandaba mensajes íntimos pero que no podía enseñarlos porque “no sabía el número pin del móvil”. Esos supuestos mensajes nunca aparecieron.
Las distintas pruebas del caso revelan que esta no era la primera vez en que la Policía Nacional acudía a casa de este acusado por sucesos similares. Una vecina, que acompañaba en ese momento a la víctima cuando huyó de la casa, relató a uno de los agentes que no era la primera vez en que pasaba algo similar. Posteriormente, durante el juicio, otro de los policías que acudió a socorrer a la mujer contó también que era su segunda visita a la casa del acusado por unos supuestos abusos sexuales a una interna. Las sentencias no reflejan si este caso anterior también se tradujo en un proceso judicial.