El Tribunal Supremo se enfrenta a una de las caras oscuras de YouTube esta semana. Los jueces de lo penal estudiarán en pleno en las próximas semanas la condena del youtuber conocido como 'ReSet', que en 2016 grabó en vídeo la humillación a la que sometió a una persona sin techo de Barcelona al darle galletas rellenas de pasta de dientes en plena calle. El youtuber ha pedido su absolución pero la Fiscalía también ha recurrido y ha insistido en un aspecto clave del caso: que no tenga que entrar en prisión pero que se le prohíba volver a subir un vídeo a YouTube durante los próximos cinco años.
El vídeo que estudiará la sala de lo penal del Tribunal Supremo llegó a YouTube en 2017. El acusado, apodado en esta red social como 'ReSet', acumulaba entonces más de un millón de seguidores en su canal y sus vídeos sumaban más de 124 millones de visitas. Ese día decidió aceptar un 'challenge' que le había planteado uno de sus seguidores: coger una galleta Oreo, cambiar la crema por pasta de dientes y dársela a “alguien en la calle”.
El 'youtuber' aceptó el reto y eligió a la víctima de la broma: un hombre de nacionalidad rumana con problemas de alcoholismo que vivía y mendigaba en las calles de Barcelona. Le dio un billete de 20 euros, le dio las galletas con pasta de dientes y comentó después: “La verdad es que se siente bien cuando ayudas a una persona”, dijo. También bromeó con la pobreza de su víctima: “Esto le ayudará a limpiarse los dientes, que creo que no se limpiará los dientes en un par de días o desde que se volvió pobre”, zanjó.
La víctima se comió las galletas con pasta de dientes, vomitó y tuvo malestar estomacal y sintió miedo, según contó al juez, por las posibles consecuencias de todo esto. La polémica no tardó en saltar en internet y 'ReSet' intentó contener la indignación que había provocado la humillación al sin techo: borró el vídeo, escribió varios mensajes justificando su “broma” y propuso a su víctima pasar una noche con él en la calle y grabar un vídeo. También le ofreció 300 euros a cambio de que no le denunciara.
Cinco años después, ReSet ha dejado de publicar vídeos regularmente en su canal de YouTube y según explicó él mismo ahora trabaja en un bar, aunque ha anunciado que volverá a generar contenido en esta red social a partir del próximo mes de febrero. Una vuelta que está en manos del Tribunal Supremo: este jueves los magistrados iban a estudiar el recurso del youtuber pidiendo la absolución pero también el de la Fiscalía, que ha solicitado que se le prohíba volver a subir vídeos a YouTube en los próximos 5 años. El asunto, según fuentes de la sala, ha sido relegado al próximo pleno a partir de la semana próxima por sobrecarga de asuntos.
El joven fue llevado ante la Justicia y, en un primer momento, el juzgado de lo penal 9 de Barcelona le condenó a 15 meses de cárcel y a indemnizar a la víctima con 20.000 euros, pero también le prohibió volver a YouTube durante cinco años. La magistrada aplicó los artículos del Código Penal que, por ejemplo, usan los jueces para evitar que un asesino resida en la misma ciudad que los familiares de sus víctimas.
Esta prohibición novedosa de subir vídeos a YouTube no pasó el filtro de la Audiencia Provincial de Barcelona. En octubre de 2019 los jueces confirmaron su condena pero le retiraron esa prohibición al entender que había delinquido en las calles de Barcelona, no en la red social propiamente dicha. Ese será uno de los aspectos clave en las deliberaciones del Tribunal Supremo: si confirman su condena y si, además, reponen la prohibición de formar parte de YouTube en el próximo lustro.
Según ha sabido elDiario.es, el joven ha recurrido su condena después de cambiar hasta tres veces de abogado, pero la Fiscalía también ha presentado su propio recurso. Fuentes del Ministerio Público explican que no han solicitado que la condena del youtuber aumente pero sí que el Supremo reconsidere la aplicación de los artículos 48.1 y 57.1 del Código Penal. Es decir, que además de confirmar su condena le prohíban estar en YouTube durante 5 años como dijo el juzgado de lo penal en un primer momento.
“A la gente le gusta el morbo”
Hasta el momento, ni el juzgado de lo penal ni la Audiencia de Barcelona han tenido dudas sobre el objetivo que tenía el youtuber con este vídeo: humillar a una persona pobre para aprovechar el morbo y ganar seguidores y, finalmente, dinero. Según las distintas sentencias del caso, éste y otros vídeos le reportaron unos beneficios de más de 2.100 euros en los tres primeros meses de 2017. Él mismo reconoció en el juicio que “hago cosas para dar show, a la gente le gusta el morbo”, según dijo en el turno de última palabra. “Si me meto con gente más musculosa me arriesgo a que me peguen”, añadió durante el juicio.
Su condena de 15 meses de cárcel por un delito contra la integridad moral no ha sido discutida por ninguno de los jueces que han estudiado el caso y no implica su entrada obligatoria en prisión al carecer de antecedentes penales. “Supone un trato degradante donde los haya”, dijo contundente el juzgado de lo penal en la primera sentencia del caso. Este tipo de delitos, añadió, “multiplican” la estigmatización de las personas que, como este hombre, viven en la calle sin ingresos.
Esa primera sentencia rechazó aplicarle una agravante de abuso de superioridad pero sí le prohibió volver a YouTube durante 5 años tal y como habían solicitado las acusaciones. “Se va a imponer al acusado la prohibición de acudir al lugar del delito, esto es, la red social de YouTube durante 5 años”, dijo la jueza. El Código Penal permite este alejamiento de un criminal del lugar del delito o donde residen sus víctimas, entre otros supuestos, en estos delitos contra la integridad moral.
La Audiencia Provincial de Barcelona no cuestionó su condena: “Supone un trato degradante que humilló a la víctima y le causó un indudable sufrimiento psíquico y físico”, dijo el tribunal. Pero sí retiró la prohibición de seguir subiendo vídeos a YouTube porque entendió que el lugar del delito no era internet sino las calles de Barcelona donde dio las galletas al sin techo: “El delito se cometió en la vía pública cuando entregó las galletas, la inserción y difusión de ese vídeo forma parte del agotamiento del delito. La red social YouTube no es el lugar en el que se ha cometido el delito”, dijo la Audiencia Provincial de Barcelona.
El Código Penal, además, habla explícitamente de prohibir que un criminal resida en la misma localidad donde cometió el delito o donde viven sus víctimas, pero según la Audiencia de Barcelona no se refiere a internet o una red social concreta. Interpretarlo así, dijo la sentencia recurrida, sería hacerlo “contra reo” y por tanto mucho más allá de lo que permite la Ley.
Este será uno de los debates de la sala de lo penal del Supremo para el pleno de las próximas semanas, con Juan Ramón Berdugo como ponente. El acusado ha solicitado su absolución pero la Fiscalía también ha recurrido en casación precisamente para que el Tribunal Supremo reconsidere la aplicación indebida de los artículos del Código Penal, el 57.1 y el 48.1, que en primera instancia llevaron a prohibir que 'ReSet' volviera a YouTube en los próximos 5 años.