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La Policía sanciona a un profesor de su academia por negar el Holocausto y llamar “Begoño” a la mujer de Sánchez

Imagen de archivo de una promoción de policías al finalizar el acto de jura en la Escuela Nacional de Policía de Ávila

Alberto Pozas

2 de enero de 2025 22:24 h

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Un tribunal ha confirmado la sanción disciplinaria impuesta a un policía, profesor durante más de 20 años en la academia de Policía Nacional de Ávila, por usar sus clases para negar el Holocausto, difundir ideas conspiranoicas sobre el amaño de las elecciones en España o por llamar “Begoño” a Begoña Gómez, esposa del Presidente del Gobierno, dando así verosimilitud al bulo lanzado por distintos sectores de la extrema derecha sobre que la mujer de Pedro Sánchez es transexual.

Los jueces entienden que el agente, por cuyas clases han pasado cientos de policías nacionales en las últimas dos décadas, incurrió en dos faltas graves por apartarse del temario oficial y difundir su ideología aprovechando sus clases, anulando una tercera sanción por no usar la mascarilla cuando era obligatorio. El profesor, que llegó a ser acusado por sus compañeros de gestionar una cuenta de Twitter de perfil nazi, llevará su caso hasta el Tribunal Supremo.

Fuentes del caso y la documentación analizada por este periódico revelan que el agente sancionado lleva más de dos décadas impartiendo clase en la academia de Ávila, por la que cada año pasan más de 200 aspirantes a policía nacional que han superado la fase de oposición. Se trata de un agente de larga trayectoria, sin sanciones previas y hoja de servicios “muy relevante” que, en ese curso 2020/2021 en plena pandemia impartía la asignatura de Investigación a los futuros agentes.

La primera denuncia interna contra él no llegó de un alumno sino de dos profesores de la academia, también policías, poco antes del verano de 2021. Ambos apuntaban a su “comportamiento anómalo” unas semanas antes en el proceso de calificación de un trabajo de una alumna sobre el atentado de 2011 en el que el ultraderechista Anders Breivik acabó con la vida de 77 personas en la isla noruega de Utoya. Había propuesto una nota demasiado baja y, además, había discutido con la alumna porque, según este profesor, Breivik no era un terrorista de extrema derecha sino “un masón”. Este profesor, según declararon sus propios compañeros, era “una persona antisemita, con simpatías ideológicas por el partido nazi y su líder, además de ser ultracatólico”.

La Policía Nacional abrió un expediente y realizó diligencias en las que, sobre todo, tuvieron que declarar varios alumnos de la escuela de Ávila. El resultado fue una triple sanción por tres faltas graves que sumaban, entre todas, 35 días de suspensión para él. Una de ellas se produjo porque, según la Dirección General, “no impartió en el marco de sus clases de forma íntegra el programa oficial de la asignatura” de Investigación. La segunda llegó por el contenido de esas distracciones. La tercera, finalmente anulada, fue por no ponerse la mascarilla en clase.

Según el expediente disciplinario ahora ratificado en su mayor parte por un tribunal, este profesor dedicaba parte de sus clases del curso 2020/2021 a afirmar que las elecciones de EEUU estaban “amañadas”, que Joe Biden era “un pedófilo” y debía ser llamado “pedoyayo”, así como que las elecciones en España también habían sido amañadas a través de Correos. Algunas de estas afirmaciones son bulos recurrentes de la extrema derecha española. También aseguró que Michelle Obama, esposa de Barack Obama, y Begoña Gómez, esposa de Pedro Sánchez, son en realidad hombres. A esta última se refería como “Begoño”.

El genocidio nazi sobre los judíos en la Segunda Guerra Mundial, según se atribuye a este profesor, “no había existido” y se refería a él como “Holocuento” en sus clases. La pandemia de COVID-19 que en esos momentos azotaba todo el planeta era “una invención” y encargó a sus alumnos, futuros policías, un trabajo para demostrar que detrás de los CDR catalanes “se encontraba Rusia”. En ese momento, ese caso estaba bajo investigación en la Audiencia Nacional.

La triple sanción a este profesor ha llegado a manos del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que, tras un recurso, ha confirmado las dos relativas a la difusión de sus ideas e ideología durante sus clases, anulando la última sanción en la que se le acusaba de no llevar la mascarilla en el aula cuando era obligatorio. Fuentes del caso explican a elDiario.es que el formador presentará un recurso ante el Tribunal Supremo y que, después de cumplir su sanción, sigue impartiendo clases en la academia de Policía Nacional de Ávila.

“No es políticamente inocuo”

El proceso sancionador contra este formador de agentes arrancó a principios de 2022 coincidiendo con un grave conflicto interno entre distintos profesores de la academia de Policía Nacional de Ávila. Un juzgado de la ciudad investigaba entonces a la dirección del centro por supuestas irregularidades en algunas calificaciones de alumnos, un asunto que fue archivado a finales de año. En paralelo, el caso de este profesor y sus mensajes también se transformó en una causa por posible delito de odio que fue igualmente archivada.

Esa fue una de las alegaciones principales de este policía contra sus sanciones: que un juzgado no había visto ningún tipo de infracción penal. Incluso apuntó a contradicciones entre lo que unos testigos habían dicho en esa instrucción y lo que habían afirmado en la investigación policial interna. Los jueces del TSJM, según ha podido comprobar elDiario.es, rechazan este argumento. “Aquí lo que se analiza es el cumplimiento de los deberes docentes, la infracción del deber de neutralidad política o comportamientos políticamente determinados y ajenos a la neutralidad debida”, dicen los magistrados.

Que las afirmaciones de este policía negando el Holocausto ante sus alumnos o difundiendo bulos sobre la limpieza de las elecciones en España no fueran un delito, añaden, “no las valida a efectos disciplinarios”. Los jueces explican, incluso, que este agente “puede tener las opiniones políticas, filosóficas, jurídicas, éticas, religiosas o históricas que tenga a bien considerar como mejores. Ello no es objeto de sanción”. Se le sanciona, explican, por hacerlo en una clase para futuros policías: “Es un abuso de la situación de superioridad en beneficio propio y de esas ideas que se difunden aprovechando la obligación del auditorio que no le elige”.

La actuación de este profesor de la academia de Policía Nacional, añade el TSJM, implica “la utilización de un espacio público y por ello neutral, en la difusión de ideas con una carga político-ideológica contraria a la misma idea”. El contenido de sus ideas, además, “no es políticamente inocuo”. “No juzgamos si es mejor o peor, pero no es neutral. Ello supone una conculcación del deber de neutralidad política”, zanja el tribunal en una sentencia todavía recurrible.

“Todo obedece a un montaje”

A lo largo del proceso penal y disciplinario el agente criticó que buena parte de sus sanciones se basaban en el testimonio de unos pocos alumnos, en negar que hubiera recomendado a sus alumnos que no se vacunaran contra el coronavirus, o que se hubiera saltado el temario: “Lo que buscaba era fomentar el espíritu crítico de los investigadores en la búsqueda de fuentes de conocimiento”, afirmó. Sobre su visión de que Anders Breivik, autor de la matanza de Utoya, no era un extremista neonazi, defendió que él mismo había estado en Noruega y “disponía de información relevante que hacía que el trabajo en cuestión no fuera correcto y no se ajustara a la realidad”.

Sobre el perfil neonazi de Twitter que le atribuyeron algunos de sus compañeros profesores, el agente rechazó hacer comentarios. Sobre las acusaciones de haber intentado disuadir a sus alumnos de vacunarse contra el coronavirus negó esas afirmaciones “más allá de decirles que se informaran sobre lo que se metían en el cuerpo”.

Las alegaciones del agente, desestimadas en su mayor parte por los jueces, ilustran las malas relaciones entre algunos profesores de la escuela de Policía Nacional. “Todo obedece a un montaje por el cual se elaboró un informe arbitrario por un compañero y se seleccionaron a los testigos”, llegó a afirmar. También acusó a uno de sus compañeros de tener “conflictos personales” con él “derivados de sus actitudes machistas y sexistas respecto de las alumnas de la escuela”.

Una de sus sanciones fue por invertir tiempo de clase en difundir esas ideas, algunas próximas al discurso de la extrema derecha, y otra por dejar de dar el temario que tenía que impartir a los policías. Los jueces reconocen que es un “hecho desconocido” si el programa “se expuso de forma íntegra” al no saber si quedó algo por explicar. Pero como profesor, añaden, “tiene la obligación de atenerse a una programación y un contenido y no puede salirse del mismo. Dentro de esa programación podrá exponer lo que considere oportuno dentro de los contenidos del mismo y exponer las teorías, pero no salirse de ellos. No puede ignorar el programa”. “La libertad de cátedra, como todo derecho fundamental, no tiene un carácter absoluto”, zanja la sentencia.

Los jueces estiman una parte de sus argumentos y retiran una de las tres sanciones que le fueron impuestas: la relativa a no usar la mascarilla en las clases. El policía ha podido demostrar que tenía una dolencia que le impedía respirar bien y que eso es un “motivo fisiológico” para no llevar mascarilla cuando, en plena pandemia, era obligatorio. También explican que sus otras dos sanciones fueron proporcionadas teniendo en cuenta, detallan, que “nunca ha sido sancionado y tiene una hoja de servicios, condecoraciones y felicitaciones muy relevantes”, algo que “sin duda supone un atenuante muy relevante. Ello no le exime de responsabilidad, pero sí que debe ponderarse”.

El caso terminará en manos de la sala tercera del Tribunal Supremo. Fuentes de la defensa del agente insisten en que el archivo de la causa penal por delito de odio impide sancionarle por los mismos hechos y cuestionan, sobre todo, que el testimonio de unos pocos alumnos pueda servir para demostrar los hechos y que, además, no impartió todo el temario, algo que según su criterio no queda tampoco demostrado en la sentencia. Desde el Ministerio del Interior, como es habitual en torno a las sentencias, han rechazado comentar esta resolución judicial.

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