La portada de mañana
Acceder
Sánchez rearma la mayoría de Gobierno el día que Feijóo pide una moción de censura
Miguel esprinta para reabrir su inmobiliaria en Catarroja, Nacho cierra su panadería
Opinión - Cada día un Vietnam. Por Esther Palomera

El recurso del PP no impedirá la exhumación de Franco ni la revertirá aunque el Constitucional le dé la razón

En el caso de que el PP cumpla con su anuncio y presente el recurso de inconstitucionalidad contra el decreto ley para exhumar a Franco que el Gobierno tiene previsto aprobar este viernes, el Tribunal Constitucional (TC) no podrá suspender cautelarmente esa normativa y, por tanto, el proceso del desentierro seguirá adelante. Incluso en el caso de que el Alto Tribunal al final del proceso diera la razón a los conservadores y anulara la decisión del Ejecutivo de Pedro Sánchez, la sentencia no implicaría la reversión del decreto, por lo que no forzaría a las autoridades a devolver los restos del dictador al Valle de los Caídos.

Constitucionalistas consultados por eldiario.es recuerdan que la Carta Magna solo contempla la suspensión cautelar de las disposiciones legales y reglamentarias cuando éstas han sido aprobadas por las comunidades autónomas y se han impugnado por el Gobierno. No así cuando las decisiones del propio Ejecutivo han sido recurridas ante el Constitucional por los órganos legitimados para ello, en este caso 50 diputados o senadores del PP.

Miguel Ángel Presno, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Oviedo, insiste en que el recurso de inconstitucionalidad “no implica la paralización de la aplicación” de un decreto ley. Y el profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Valladolid Juan María Bilbao explica que ese tipo de normas “entran en vigor” en cuanto se aprueban por el Consejo de Ministros y son publicadas en el Boletín Oficial del Estado, si bien “su vigencia está condicionada a su convalidación por el Congreso de los Diputados”, que debe realizarse de forma inmediata.

No obstante, ambos consideran que en el caso de la exhumación de Franco la impugnación planteada por los conservadores sí puede lograr una sentencia favorable del TC. Ven factible que el tribunal le dé la razón en que no se trata de “un caso de extraordinaria y urgente necesidad”. Esta última es una condición sine qua non que establece la Constitución para poner en marcha normativas a través de decretos leyes. “En este caso considero que no está motivada su urgencia”, asegura Bilbao, en la línea que defiende el partido de Pablo Casado pero también Ciudadanos y que ha hecho que ambas formaciones hayan anunciado que no votarán a favor de su convalidación en el Congreso.

“Una victoria moral, más que efectiva”

Si finalmente el Constitucional da la razón al PP “declararía la inconstitucionalidad del decreto ley y, por tanto, implicaría su anulación, pero no ordenaría la vuelta de los restos de Franco al Valle de los Caídos”, apunta Presno. “Las sentencias de este tipo simplemente declaran la nulidad de una normativa pero no suponen retrotraer las actuaciones puestas en marcha por la ley recurrida”, añade. “Se trataría más de una victoria moral que efectiva y supondría un toque de atención al Gobierno, al que podría acarrearle un coste político”, agrega Bilbao.

Este último reconoce que “unos y otros” partidos han “abusado” de la aprobación de los decretos leyes cuando han estado en la Moncloa. El propio Ejecutivo de Sánchez se defendía este jueves de las críticas que ha generado la metodología empleada para aprobar la exhumación de Franco recordando que “todos los gobiernos han hecho uso del decreto ley, ya que desde 1978 se han aprobado una media de 14 al año”. El “más prolífico”, apuntaba el Gobierno, ha sido el de Rajoy porque “en 2012 se aprobaron 29 normativas de este tipo; en 2013, 17; en 2014 también 17 y en 2015, 12.

Bilbao recuerda que tras la llegada de la democracia el Constitucional fue “tradicionalmente muy deferente” con los sucesivos gobiernos al abordar recursos de inconstitucionalidad planteados por la oposición contra sus decretos leyes. “Miraba a otro lado”, apunta, “cuando se planteaban dudas sobre la urgencia” que motivaba esas normativas.

La situación cambió en 2007 cuando el Alto Tribunal anuló el conocido como decretazo aprobado por el Gobierno de Aznar en 2002 para modificar el sistema de desempleo y que endureció el acceso al mismo, abarató de forma encubierta el despido y liquidó el subsidio agrario. El TC argumentó que el decreto ley no contenía ninguna medida urgente que justificara esa fórmula.

Las últimas decisiones del TC

Desde entonces el Constitucional ha anulado por las mismas razones media docena de normativas. Las dos últimas sentencias se conocían en diciembre de 2017 y consideraban que no concurrió una “situación de extraordinaria y urgente necesidad” para que el Gobierno hubiera empleado el decreto ley para aprobar la indemnización de 1.350,7 millones para las empresas promotoras del proyecto de almacén de gas de Castor –acordado por el Ejecutivo de Rajoy en 2014–, ni para poner en marcha algunos de los preceptos de la modificación del sistema de elección del presidente de RTVE –aprobado también por el Gobierno del PP, en 2012–.

En junio de ese mismo año el Constitucional también anulaba la amnistía fiscal de los conservadores aunque argumentando que vulneraba el artículo 86.1 de la Carta Magna, que prohíbe el uso del decreto ley para aprobar medidas que afecten “de forma relevante o sustancial” a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos recogidos en el Título I de la Constitución, como es el “deber constitucional de 'todos' de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos” (art.31.1), es decir, de pagar impuestos.

En todos los casos las sentencias del TC no tuvieron efectos prácticos porque los decretos leyes fueron después tramitados como proyectos de ley –posibilidad que contempla la Constitución– o sus artículos impugnados fueron modificados durante la negociación parlamentaria. Además, los analistas remarcan que el TC “no se suele dar prisa” a la hora de emitir sus sentencias sobre los recursos de inconstitucionalidad. Fuentes del propio tribunal reconocen que los trabajos se prolongan habitualmente durante “cuatro o cinco años”.

La impugnación del PP del decreto que permitirá la exhumación de Franco será por tanto más simbólica que práctica, ya que en ningún caso evitará que el dictador sea desenterrado del Valle de los Caídos 43 años después de su muerte.