El Ministerio de Sanidad, Asuntos Sociales e Igualdad ha regulado el procedimiento de donación de células y tejidos humanos con el fin de evitar que se puedan realizar peticiones para un paciente en particular.
Con esta regulación, publicada en el BOE, Sanidad impide que se lleven a cabo iniciativas como la conocida #MedulaParaMateo, que buscaba conseguir un donante para un bebé madrileño con leucemia, un caso que traspasó fronteras y que fue puesta en marcha en la red por los padres del niño tras conocer que las células de su hermano no eran compatibles para el trasplante pese a su consanguineidad.
Según ha publicado el BOE, Sanidad ha modificado el artículo del real decreto-ley de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud relativo a las normas de calidad y seguridad para la donación, la obtención, la evaluación, el procesamiento, la preservación, el almacenamiento y la distribución de células y tejidos humanos.
Además, ha aprobado las normas de coordinación y funcionamiento para su uso en humanos.
A partir de ahora, las entidades que pretendan desarrollar actividades de promoción y publicidad de donación de células y tejidos humanos deben solicitar la autorización de la autoridad competente de la comunidad autónoma en la que vayan a desarrollar la actividad o de la Organización Nacional de Trasplantes (ONT) cuando se supere el ámbito de la comunidad.
Posteriormente, la comunidad autónoma o la ONT deberán enviar una copia de las citadas solicitudes a la Secretaría de la Comisión de Trasplantes del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud para que éste órgano colegiado emita un informe.
El objetivo de la orden publicada en el BOE es regular el procedimiento por el cual la ONT autoriza las actividades de promoción y publicidad en apoyo de la donación de células y tejidos humanos cuando estas actividades superen el ámbito de una comunidad autónoma.
Además, Sanidad ha fijado unos requisitos para poder optar a la citada autorización.
Así, las entidades que quieran conseguir la citada autorización deberán ajustarse a los principios de voluntariedad, altruismo y desinterés, y deberán advertir de que ni el donante, ni ninguna otra persona física o jurídica, puede solicitar, ni percibir, contraprestación económica o remuneración alguna vinculada al objeto de este apartado.
La promoción y publicidad de la donación u obtención de tejidos deberá hacerse de forma general, sin buscar beneficio para personas concretas, debiendo evitar los llamamientos colectivos para la donación en favor de un paciente concreto.
Los contenidos de la publicidad e información a los ciudadanos en general y a los donantes en particular no serán falsos ni engañosos, y se basarán en evidencias científicas, según estipula Sanidad.