El Supremo ha revisado este miércoles a petición del fiscal la absolución de César Strawberry, cantante del grupo de rap-metal “Def con Dos”, exonerado de delitos de enaltecimiento del terrorismo y humillación a las víctimas que las acusaciones aseguraban que cometió a través de seis tuits y un retuit.
La abogada de César Strawberry ha solicitado que se confirme la sentencia absolutoria porque, según ha dicho, ya quedó acreditado en el juicio que su cliente “nunca había emitido un mensaje violento desde su perfil artístico”, César Strawberry.
La Audiencia Nacional le absolvió al considerar que los tuits que envió forman parte de su faceta artística y no pueden enmarcarse por ello en el llamado discurso del odio. Los encuadraba en un “marcado tono provocador, irónico y sarcástico”, ya que el cantante emplea recursos propios de las historias de terror y acción para envolver el mensaje de fondo“.
“Ha tenido que consultar para una letra”
La defensa ha constatado ante los cincos magistrados de la Sala presidida por Manuel Marchena que desde que le detuvieron por los mensajes publicados, existe un “efecto de desaliento y de censura que no debería producirse en un Estado de Derecho”. “Ha tenido que consultar para la letra de una canción”, ha agregado.
La letrada ha pedido a la Sala de lo Penal del Supremo, encargada de revisar la absolución de Montaña Lehmann, que no atienda a la solicitud del Ministerio Público de volver a practicar la prueba y condenarle por enaltecer el terrorismo y humillar a las víctimas. “No ha quedado acreditado que buscase defender a una banda terrorista ni humillar a sus víctimas”, ha añadido.
“Se busca modificar los hechos probados para modificar una condena de absolución”, ha afirmado la letrada, al mismo tiempo que ha recalcado que espera que alto tribunal no acepte la petición fiscal para evitar que se cree un “peligroso precedente”. Asimismo, ha recordado ante el alto tribunal que ya no se puede valorar la prueba.
Los argumentos del fiscal
En la vista pública que se ha celebrado este miércoles para revisar la sentencia absolutoria de la Audiencia Nacional, el representante del Ministerio Público se ha remitido a otras sentencias del alto tribunal y ha recordado que este órgano ya ha enfatizado que las frases de este tipo conllevan consigo un “cargo ofensiva a las victimas”.
La Fiscalía del Supremo considera que la sentencia de la Audiencia Nacional debe ser casada por “indebida inaplicación” del artículo 578.1 del Código Penal, que es el referido al delito de enaltecimiento. El Ministerio Público había pedido un año y 8 meses de cárcel para el músico durante el juicio celebrado en la Audiencia Nacional contra él el pasado 12 de julio.
La Audiencia Nacional no aplicó al caso del líder de Def con Dos la argumentación fijada sobre este tipo de mensajes por el Tribunal Supremo, que establece que el “discurso del odio” en Twitter no está amparado por la libertad de expresión.
Se trataba de la primera vez en la que el Tribunal Supremo se pronunciaba sobre este asunto al condenar a María Lluch Sancho por humillar a víctimas de ETA como Irene Villa y Miguel Ángel Blanco, haciendo uso de su cuenta de Twitter 'Madame Guillotine' (@melodalger).