El Tribunal Supremo ha anulado hoy la adquisición de acciones de Bankia con ocasión de la oferta pública de 2011 porque hubo error en el consentimiento al existir desfase entre las cifras del folleto que lo anunciaba y las reales.
La sentencia de la Sala de lo Civil del alto tribunal obligará a la entidad a devolver el dinero de dos suscriptores de su oferta pública de acciones y abre la vía a miles de nuevas reclamaciones.
Además ha rechazado que la causa penal pendiente ante la Audiencia Nacional pueda paralizar las reclamaciones individuales vía civil. Esto es un revés para la entidad que había paralizado que solo se tuviera en cuenta una de las dos vías.
La entidad tiene provisionados (reservados) 1.840 millones de euros para hacer frente a las posibles demandas por la salida a bolsa. Esto cubre prácticamente todo el tramo que se colocó en 2011 a inversores minoristas. La entidad descuenta que se tenga que devolver el dinero a los inversors institucionales que pusieron el otro 40% de la salida a bolsa.
La devolución del dinero no será inmediata más que para los dos matrimonios que pusieron las audiencias sobre las que ha emitido el fallo hoy el Alto Tribunal. La Audiencia Provincial de Oviedo y la de Valencia setencieron a favor de que se les devolvieran los poco más de 30.000 euros que habían invertido por considerar que la información reflejada en el folleto era “inveraz”.
Este proceso discurre paralelo al de la Audiencia Nacional que ya lleva tres años siendo investigada.